Elecciones sindicales en Láchar – Peñuelas: VOTA SAT

Elecciones sindicales en Láchar – Peñuelas: VOTA SAT

Cartel general Láchar(2)

El 5 de septiembre, las trabajadoras y trabajadores laborales del Ayuntamiento de Láchar – Peñuelas, se juegan su futuro.

El martes 5 de septiembre, entre las 9 y las 12, 00 horas, el personal laboral del Ayuntamiento de Láchar, está llamado a votar en las elecciones sindicales convocadas y de las que saldrá el primer comité de empresa, órgano que no se había constituido hasta ahora y que será el que ostente la representación legal y unitaria de todos los trabajadores y trabajadoras de Láchar – Peñuelas, ante la empresa, que, en este caso, es el Ayuntamiento.

¿Cómo votar?

El martes 5 de septiembre, entre las 9 y las 12, 00 horas, los trabajadores deben acudir al salón de plenos, donde encontrarán dos mesas electorales con una urna en cada una de ellas: la de “técnicos” y la de especialistas”. Una vez comprobado que sus datos están en el censo (si no aparecen, se puede presentar una reclamación ante la mesa electoral), cada trabajador/a, elegirá una papeleta, la introducirá en un sobre y procederá a vota en la urna que le corresponda.

Entre las papeletas, podrás encontrar las de las candidaturas del SAT (Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras), UGT y CCOO, dándose el caso que esta última candidatura solo se presenta entre los “especialistas”, por no disponer de candidatos suficientes para presentar la candidatura de “técnicos”.

A partir de las 12, 00 horas, se cerrarán las urnas y la votación y se procederá al recuento de votos, del cual saldrá la composición de un comité de empresa formado por 5 miembros, que serán los encargados de negociar las condiciones laborales y ejercer el control sobre nuestros puestos de trabajo, los de todas y todos.

Es por ello, que no debemos votar a la ligera y debemos meditar nuestro voto, evitando que nadie nos coaccione en nuestra elección. Los trabajadores y trabajadoras tenemos derecho a elegir y nuestro voto es secreto, así que nadie sabrá cuál es nuestra decisión.

Las propuestas del SAT

El SINDICATO ANDALUZ DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS, cuyas siglas son SAT, es una central sindical andaluza de clase, anticapitalista, soberanista, internacionalista, feminista, ecologista, unitaria y asamblearia y como principal propuesta para estas elecciones, presentamos la de disponer de un convenio colectivo propio para el personal laboral del Ayuntamiento de Láchar – Peñuelas, donde se recojan todas nuestras funciones, derechos laborales y las peculiaridades propias de nuestro ayuntamiento.

Durante estos días pasados, la candidatura de la UGT ha estado difundiendo un cartel donde se dice que el comité de empresa no puede negociar ni firmar un convenio, cunado esta atribución es propia del comité y de las secciones sindicales.

Mentira(1)

Esta información difundida por la UGT es FALSA y no hay más que acudir al Estatuto de los Trabajadores para comprobarlo. Vamos allá:

Título III. De la negociación colectiva y de los convenios colectivos.

Artículo 87. Legitimación (para negociar un convenio).

Estarán legitimados para negociar:

1. En los convenios de empresa o ámbito inferior: el comité de empresa, delegados de personal, en su caso, o las representaciones sindicales si las hubiere.

Esta mentira, divulgada por la UGT, nos puede llevar a dos conclusiones: la primera es que son unos ineptos que no saben quién está legitimado para negociar un convenio, o, la segunda, que sería que no quieren que dispongamos de un convenio propio. Ambas son preocupantes…

Desde el SAT, os presentamos nuestras propuestas:

PROPUESTA PARA LAS ESCUELAS INFANTILES

Láchar elecciones, escuelas infantiles(3)

  • Por un convenio propio que recoja las peculiaridades de nuestro trabajo y nos asegure un salario digno y derechos.
  • Trabajadoras de apoyo con 8 horas, para optimizar el trabajo y una mejor organización del mismo
  • Reconocimiento de los trienios.
  • Que los días de asuntos propios, licencias y permisos, se cubran con sustituciones.

TRABAJADORES/AS DEL CASTILLO DE LÁCHAR

Castillo Láchar Elecciones(1)

  • Mejora de las condiciones laborales. Con una definición clara de nuestras categorías profesionales, así como de nuestros derechos y obligaciones.
  • Actualización de salarios con el IPC. Nuestros salarios deben estar vinculados al ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMO, con el reconocimiento, pago y cotización de horas extras y de la nocturnidad.
  • Como todas las trabajadoras/ es del Ayuntamiento de Láchar – Peñuelas, necesitamos disponer de un convenio propio que nos asegure unas óptimas condiciones laborales y derechos para todos

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TRABAJADORES QUE DESEMPEÑAN SUS FUNCIONES EN LA CALLE

Trabajo en la calle(1)

  • CONTRATOS QUE TIENDAN A LA ESTABILIDAD LABORAL. Más duraderos en el tiempo y con más derechos laborales.

  • PLAN DE PREVENCIÓN Y FORMACIÓN EN RIESGOS LABORALES. Creación del Comité de Salud Laboral. Formación y seguridad para todos en el trabajo.

  • ROPA DE TRABAJO A CARGO DEL AYUNTAMIENTO. La ropa de trabajo, homologada y de seguridad para cada una de las tareas que se realizan en exteriores, debe ser facilitada porel Ayuntamiento.

  • RESPETO ABSOLUTO A LA LEGISLACIÓN EN LAS SITUACIONES EXTREMAS. Con una jornada continuada y reducida en julio y agosto. En las olas de calor hay que suspender las tareas en exterior según lo previsto en la ley.

TRABAJADORAS DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO (SAD)

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  • ACABAR CON LAS PÉSIMAS CONDICIONES LABORALES QUE NOS HAN IMPUESTO. El VII Convenio de la Dependencia (firmado por CCOO y UGT) nos condena a cobrar salarios de miseria, apenas nos otorga derechos laborales y nos convierte en trabajadoras de «segunda clase».

  • FORMAR PARTE DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO. Como todas/os los trabajadores laborales del Ayuntamiento de Láchar – Peñuelas, necesitamos un convenio propio que nos reconozca derechos, salarios dignos, jornada de trabajo, etc.

  • RECONOCIMIENTO DE NUESTRO TRABAJO Y DE NUESTRA FUNCIÓN SOCIAL. El SAD es un derecho que tienen los ciudadanos y nosotras somos las encargadas últimas de que ese derecho sea real.

El respeto y reconocimiento de un TRABAJO ESENCIAL como el nuestro, es indispensable.

  • PREVENCIÓN Y VIGILANCIA DE NUESTRA SALUD y eliminación de riesgos laborales. La falta de una correcta prevención de riesgos es, precisamente, uno de los principales problemas que tenemos.

Debemos disponer de todos los recursos que sean necesarios para que tengamos la misma protección que cualquier otro trabajador de cualquier otro sector económico”.

Estas y, muchas más, sin nuestras propuestas para que, el próximo 5 de septiembre, nos votes.

Hora de avanSAT(2)

BARRIL SOLIDARIO DEL SAT, SÁBADO 17 DE JUNIO.

BARRIL SOLIDARIO DEL SAT, SÁBADO 17 DE JUNIO.
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Este próximo SÁBADO 17 DE JUNIO, DESDE LAS 13, 00 HORAS, celebramos un BARRIL SOLIDARIO (el último antes del Verano) en el BARETTO PARADISO (calle Real de Cartuja nº 50).
En estos barriles, realizamos una jornada de confraternización entre compañeras y compañeros y aprovechamos para comer y pasar un buen rato. El evento cuenta con los precios populares, la comida es gratis (la preparamos entre todas/os) y con la realización de estos actos contribuimos a la financiación del sindicalismo alternativo andaluz.
Si tienes niños, puedes traerlos también.
¡No te lo puedes perder!

1 de Mayo 2023 Galería fotográfica.

1 de Mayo 2023 Galería fotográfica.

Aquí ponemos a vuestra disposición este reportaje fotográfico de la manifestación de los sindicatos alternativos y combativos este 1º de Mayo.

(Fotos: SAT Granada).

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Desconvocada la huelga en los Hoteles Occidental y Barceló Granada Congress

Desconvocada la huelga en los Hoteles Occidental y Barceló Granada Congress

Desconvocada la huelga de camareras de pisos prevista en Semana Santa en los hoteles Occidental y Barceló Granada Congress.

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La huelga prevista y convocada para los días 6, 7 y 8 de abril próximos para las camareras de pisos de la empresa LINTON GREY, ha sido desconvocada tras el acuerdo alcanzado por las delegadas de personal de las trabajadoras de los hoteles Occidental y Barcón Granada Congress con la empresa.

Tras más de tres horas de negociación mantenida en dependencias del Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos (SERCLA) la parte social y la empresa LINTON GREY (Grupo OPERHOTELS), firmaron un acuerdo de carácter ejecutivo en virtud del cual se aplicará el 100% del Convenio de Hostelería de Granada a las trabajadoras, cuyas representantes legales han sido expresamente reconocidas como interlocutores válidos

Además de la aceptación de las condiciones laborales del Convenio provincial de la Hostelería de Granada, en el citado acuerdo se ha acordado explícitamente:

  1. Vacaciones:se disfrutarán de conformidad con el citado convenio y para el año 2023 se acuerda que los quince días de verano que se han comunicado se aumenten a 18 días naturales-

  2. Abono del plus de manutención: La empresa asume el compromiso de abonar et plus de manutención a partir de la nómina de abril de 2023 y abonará los atrasos derivados de este plus en la nómina de junio de 2023. Estos atrasos se abonarán con carácter retroactivo desde eldía de la fecha de alta en Seguridad Social por parte de Linton Grey S.L.

c) Cargas de trabajo: Empresa y Representación Legal de las Trabajadoras procederán a elaborar un estudio sobre la carga de trabajo en los centros de trabajo de Granada y, una vez realizado, se mantendrá una reunión vinculante para su definitiva aplicación.

d) Control horario: La empresa trasladará de forma mensual a las trabajadoras los partes de trabajo, así como el registro diario de jornada. Estos datos serán igualmente comunicados a la representación legal de las trabajadoras, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.

e) Las partes constituirán el Comité de Salud Laboral en el plazo de un mes desde la firma del acuerdo alcanzando el 30 de marzo del 2023.

Tras el acuerdo alcanzado, el Sector de Hostelería y Turismo del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT), felicita al conjunto de las trabajadoras de ambos centros hoteleros y, en especial, “a las compañeras del SAT que ostentan la representación legal de sus compañeras, las cuales han peleado de manera ejemplar hasta alcanzar un acuerdo que significa un hito más en la lucha de las camareras de pisos en el reconocimiento total y efectivo de sus derechos”.

Secretaría de prensa e información del SAT de Granada

(Más información en 693854017 y 690131067)

Se mantiene la convocatoria de huelga para los hoteles Occidental y Granada Congress

Se mantiene la convocatoria de huelga para los hoteles Occidental y Granada Congress

 La asamblea de trabajadoras de los hoteles Occidental y Granada Congress mantienen la convocatoria de huelga para Semana Santa.

La asamblea de trabajadoras del área de pisos y limpieza (camareras de pisos) en los hoteles Occidental y Barceló Granada Congress, tras asamblea celebrada en la tarde de hoy, mantienen la convocatoria legal de huelga prevista para los próximos 6, 7 y 8 de abril (jueves, viernes y sábado Santo).

La convocatoria afecta a la totalidad de camareras de pisos de los centros de trabajo citados y que desempeñan sus funciones para la empresa LINTON GREY SLU (Grupo OPERHOTELS), a través de la cual el Grupo Barceló subcontrata los servicios para una de las áreas capitales en el funcionamiento de cualquier establecimiento hotelero y cuyas trabajadoras pertenecen a un sector ampliamente cualificado.

A través del sindicato al que pertenecen la totalidad de las representantes legales de las trabajadoras en los centros de trabajo Hotel Occidental y Hotel Barceló granada Congress – Sindicato Andaluz de Trabajadores y trabajadoras, SAT – y “ante el reiterado incumplimiento de los acuerdos alcanzados entre Linton Grey y las trabajadoras en las reuniones realizadas el 21 de diciembre de 2022 y el pasado 23 de febrero del 2023”; las trabajadoras han solicitado la obligada mediación que establece el convenio de Hostelería de Granada antes de la celebración de los paros y que se llevará a cabo a través del SERCLA (servicio andaluz de resolución extrajudicial de conflictos) para lo que el próximo jueves 30 de marzo, a las 9, 00 horas, fecha y hora en las que están citadas ante el organismo mediador con la intención de alcanzar un posible acuerdo que evitelos paros programados.

Linton Grey, subrogó a finales del año 2022 los contratos de las trabajadoras y, desde entonces y según manifiestan las portavoces de la convocatoria; “ha venido incumpliendo constantemente el convenio de Hostelería, así como los acuerdos existentes con la anterior empresa (ALTERNA) que se encargaba de gestión de este servicio”.

Entre los puntos fundamentales que se desprenden de la convocatoria legal de huelga presentada ayer, se encuentran el abono de los pluses de manutención y transporte; el respeto a la dignidad de las trabajadoras y al horario de trabajo; el establecimiento de descansos y vacaciones en turnos rotativos y el establecimiento de una carga de trabajo razonable y que pueda ser realizada por las trabajadoras dentro de su jornada laboral.

Sector de Hostelería y Turismo del SAT de Granada.

(Más información en 693854017 y 690131067).Cartel de Huelga 6, 7 y 8 de abril(1)

Huelga para Semana Santa de las camareras de pisos en dos hoteles del Grupo Barceló en Granada.

Huelga para Semana Santa de las camareras de pisos en dos hoteles del Grupo Barceló en Granada.

Cartel de Huelga 6, 7 y 8 de abril(1)

La representación legal de las trabajadoras del área de pisos y limpieza (camareras de pisos) en los hoteles Occidental y Barceló Granada Congress, registraron ayer viernes 24 de marzo, la convocatoria legal de huelga para los próximos 6, 7 y 8 de abril (jueves, viernes y sábado Santo).

La convocatoria afecta a la totalidad de camareras de psiso de los centros de trabajo citados y que desempeñan sus funciones para la empresa LINTON GREY SLU (Grupo OPERHOTELS), a través de la cual el Grupo Barceló subcontrata los servicios para una de las áreas capitales en el funcionamiento de cualquier establecimiento hotelero y cuyas trabajadoras pertenecen a un sector ampliamente cualificado.

Linton Grey, subrogó a finales del año 2022 los contratos de las trabajadoras y, desde entonces y según manifiestan las portavoces de la convocatoria; “ha venido incumpliendo constantemente el convenio de Hostelería, así como los acuerdos existentes con la anterior empresa (ALTERNA) que se encargaba de gestión de este servicio”.

Entre los puntos fundamentales que se desprenden de la convocatoria legal de huelga presentada ayer, se encuentran el abono de los pluses de manutención y transporte; el respeto a la dignidad de las trabajadoras y al horario de trabajo; el establecimiento de descansos y vacaciones en turnos rotativos y el establecimiento de una carga de trabajo razonable y que pueda ser realizada por las trabajadoras dentro de su jornada laboral.

A través del sindicato al que pertenecen la totalidad de las representantes legales de las trabajadoras en los centros de trabajo Hotel Occidental y Hotel Barceló granada Congress – Sindicato Andaluz de Trabajadores y trabajadoras, SAT – y “ante el reiterado incumplimiento de los acuerdos alcanzados entre Linton Grey y las trabajadoras en las reuniones realizadas el 21 de diciembre de 2022 y el pasado 23 de febrero del 2023”; las trabajadoras han solicitado la obligada mediación que establece el convenio de Hostelería de Granada antes de la celebración de los paros y que se llevará a cabo a través del SERCLA (servicio andaluz de resolución extrajudicial de conflictos) la próxima semana”.

El próximo lunes 27 de marzo, a las 18, 30 horas, las trabajadoras celebrarán una asamblea en la sede del SAT para mantener un seguimiento del conflicto y de la convocatoria de huelga.

Sector de Hostelería y Turismo del SAT de Granada.

Despedida delegada sindical del SAT en empresa de Apartamentos Turísticos.

Despedida delegada sindical del SAT en empresa de Apartamentos Turísticos.

EL SAT DENUNCIA EL DESPIDO DE SU DELEGADA SINDICAL EN EMPRESA DE APARTAMENTOS TURÍSTICOS.

¡¡¡LAS CAMARERAS DE PISOS TENEMOS DERECHOS!!!(4)

La secretaría de acción sindical del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) denuncia ante la opinión pública el despido de su delegada sindical en ALHAMBRA SUITE QUESAGUI S.L.

La trabajadora fue despedida tras enviar una notificación a la empresa en la cual y, junto a la firma de todas las camareras de pisos del establecimiento de alojamiento, se ponía en conocimiento de la empresa una tabla reivindicativa y se manifestaba la intención de mantener una reunión con la empresa para dirimir soluciones a los numerosos incumplimientos del convenio colectivo y a la legislación laboral que se están produciendo por parte de la empresa.

Concretamente, en el escrito remitido por correo electrónico y mediante notificación postal fehaciente los días 9 y 10 de marzo , la delegada sindical exigía a al empresa el reconocimiento de la categoría profesional de “camareras de pisos” de cuatro trabajadoras contratadas como limpiadoras, así como el derecho a la compensación de los días festivos trabajados, el abono de salarios que se correspondan con lo determinado por el convenio colectivo, el derecho a la “desconexión digital” de las trabajadoras y otra serie de reivindicaciones mantenidas por las trabajadoras.

Tras la recepción de dicho escrito, la empresa procedió al despido fulminante de la delegada sindical, por lo que el Sector de Hostelería del Sindicato Andaluz, ya está preparando movilizaciones y concentraciones ante los tres centros de trabajo de la empresa en Granada, además de la defensa jurídica de la delegada “hasta la readmisión de la compañera despedida como represalia por ejercer su derecho a fundamental a la Libertad Sindical”.

ALHAMBRA SUITE QUESAGUI S.L., empresa con una antigüedad de cuatro años y cuyo administrador único es Manuel López Quesada, está dedicada a la explotación de apartamentos turísticos, compraventa y arrendamiento de inmuebles desde hace 4 años, explotando tres bloques de apartamentos turísticos en el casco histórico de la ciudad de Granada.

Sector de Hostelería y Turismo.

SAT Granada.

Manifestación contra los cortes de luz en la zona norte de Granada

Manifestación contra los cortes de luz en la zona norte de Granada

Manifestación este sábado contra los cortes de luz en la zona norte de Granada

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La plataforma granadina contra los cortes de luz ha convocado este sábado, 28 de enero, a las 12,00 horas, una manifestación que partirá desde los jardines del Triunfo para, con final en la Plaza del Carmen, protestar por los apagones que siguen afectando a la zona norte de Granada capital. Los promotores han promovido la adhesión de un total de 92 organizaciones, colectivos, asociaciones y sindicatos, entre ellos la Universidad de Granada, a un manifiesto en que inciden en que, en 2023, la ciudad acogerá un Consejo Europeo «en el que la cultura, la ciencia, la investigación y la transferencia tecnológica son sus estandartes», mientras, según recoge el texto, consultado por Europa Press, «cientos» de sus vecinos «siguen sufriendo cortes de luz evitables en sus domicilios». Apuntan que llevan «más de diez años con esta lucha» en que piden tanto a las administraciones públicas como a la compañía Endesa que «garanticen barrios con luz», y que este 2023 sea el año en  que se «dejen de sufrir» los apagones. Lo hacen «en coordinación y solidariamente con el resto de territorios que sufren esta vulneración de derechos», como pueden ser «Iznalloz, Pinos Puente, Almería, Sevilla, Badalona, Girona y Cañada Real en Madrid, entre muchos otros», partiendo de la base de que estos cortes de luz «no son incidencias puntuales, sino problemas estructurales que afectan a barrios repartidos por todo el territorio» estatal.

El derecho a la energía como derecho fundamental I

Primer artículo de dos en el que repasamos el derecho a la energía como un derecho humano, uno de los principales focos del reciente informe De la vulnerabilidad energética al derecho a la energía, de Ecologistas en Acción.

Ecologistas en Acción
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La idea de consagrar el derecho a la energía como un derecho fundamental es una manera de reforzar un derecho humano y básico al que tenemos derecho simplemente por el hecho de tener tal condición de seres humanos y de, consecuentemente, tener derecho a una vida digna independientemente de cualquier otra consideración relativa a la capacidad económica, condición social, raza, sexo, etc. Sobre todo si se tiene en cuenta que se trata de un derecho instrumental para el ejercicio de otros derechos fundamentales (como el derecho a la salud, a la educación, a la alimentación…) irrenunciables para nuestro desarrollo.

Cada día se alzan más voces que lo señalan como un derecho humano al que hay que consagrar en los textos de rango constitucional como derecho fundamental, lo que implica dotarlo de mayores garantías jurídicas para hacer efectivo su ejercicio.

Un ejemplo de ello tuvo lugar el 19 de abril de 2016 en México, cuando el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) y la Asamblea Nacional de Usuarios de la Energía Eléctrica (ANUEE) llevaron ante la Cámara de Diputados la propuesta de elevar a rango constitucional el derecho a la electricidad como un derecho humano. Se trataba de defender la prestación del servicio eléctrico no como una simple mercancía sino como un derecho social basándose en los numerosos tratados internacionales firmados por dicho Estado.

De acuerdo con García y Mundó (2014), existen diferentes instrumentos internacionales que hacen referencia de forma explícita o implícita al derecho humano a la energía.

Entre los instrumentos más destacados, las autoras señalan los siguientes:
●La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) de 1945 alude al nivel de vida adecuado que asegure a las personas la salud, la alimentación y la vivienda, entre otros elementos.
●La Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes (DUDHE), instrumento programático de la sociedad civil, surgido de la celebración del Foro Universal de las Culturas en Barcelona (2004) donde se destaca expresamente “el derecho de todo ser humano de disponer de agua potable, saneamiento y energía”.
●El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de 1966, que reconoce en su artículo 11 el derecho a una vivienda adecuada, lo que incluye los aspectos relativos al acceso a la energía para la cocina, iluminación y calefacción.
●La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDEM) de 1979, en cuyo artículo 14, punto h. insta a los Estados parte a adoptar medidas para eliminar la discriminación contra la mujer, señalando entre ellas la de “Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, transporte y las comunicaciones”.

Además, el derecho a la energía forma parte de los elementos tipificados como condiciones del derecho a una vivienda adecuada, establecidos en la Observación General nº 4 de Naciones Unidas de 1991. En particular, respecto a la disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura, asequibilidad y habitabilidad.

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Los derechos humanos son garantías jurídicas universales que protegen a los individuos y a los grupos no solo de las acciones sino también de las omisiones que interfieren con sus libertades y derechos fundamentales, concepto que ha ido y va evolucionando según lo que cada época la sociedad considera “dignidad humana”.

Cada día se alzan más voces que señalan el derecho a la energía como un derecho humano al que hay que consagrar en los textos de rango constitucional como derecho fundamental, lo que implica dotarlo de mayores garantías jurídicas para hacer efectivo su ejercicio.

Analizar la pobreza energética desde un enfoque de derechos humanos permite poner el foco no en las carencias y necesidades de las personas que la padecen para que el Estado las satisfaga, sino en los resultados de las medidas adoptadas por los titulares de las obligaciones de respetar, proteger y garantizar los derechos esenciales de las personas. Se trata de garantizar tales derechos de tal forma que en caso de no cumplir con el mandato puedan ser reclamados jurídicamente por sus titulares.


1.Las generaciones de derechos humanos

Una de las clasificaciones más utilizada para sistematizar la evolución de los derechos humanos ha sido la generacional. Pero la literatura no es pacífica en este ámbito, ya que se apuntan a tres, cuatro y hasta cinco generaciones de derechos humanos. Según la primera clasificación, las características los derechos humanos serían las siguientes:

Derechos de primera generación: Fueron los primeros en ser reconocidos. Esencialmente son los derechos civiles y políticos, tales como el derecho al sufragio universal, a la libertad de expresión, a la vida, a la integridad o a la libertad. Están vinculados al principio de libertad y su característica fundamental viene determinada porque exigen de los poderes públicos su inhibición y no injerencia en la esfera privada.
Derechos de segunda generación: Incluyen los llamados derechos económicos, sociales y culturales (derecho a la propiedad, a una vivienda digna, a un sistema de seguridad social…), están vinculados con el principio de igualdad y, a diferencia de los anteriores, exigen para su realización una efectiva intervención de los poderes públicos, a través de prestaciones y servicios públicos.
Derechos de tercera generación: Contemplan derechos heterogéneos, como el derecho a la paz, al medio ambiente, los derechos de los pueblos al desarrollo sostenible, el derecho a la libertad informática o los defendidos por el feminismo, entre otros. Estos derechos se vinculan con los valores relativos a la solidaridad e inciden en la vida de todos los seres humanos, por lo que precisan de la cooperación a escala universal para su realización.


2.La protección de los derechos sociales por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Por lo que se refiere a la primera generación de derechos, son los más antiguos y tutelados por todos los ordenamientos jurídicos democráticos, ya que su pretensión de fondo es que el Estado sea lo menos intervencionista posible, lo que conocemos como Estado mínimo. No suponen grandes inversiones del Estado, de modo que son los ciudadanos principalmente quienes procuran su bienestar.

Esto no ocurre con la segunda generación, en la que es necesaria la efectiva intervención de los poderes públicos. Por ello, los Estados han sido reticentes a recoger en sus ordenamientos jurídicos unos derechos que implican obligaciones exigibles por la ciudadanía. Esta falta de consagración normativa, al menos de forma vinculante, ha hecho que sea difícil la tarea de garantizarlos judicialmente. Por otra parte, es conocida la discusión sobre si la instrumentalidad de los derechos de segunda generación para la consecución de los derechos de primera generación. Para algunos autores ya no se sostiene esta artificiosa separación, pues sin derecho a una vivienda digna, difícilmente se puede lograr las libertades que propugna la primera generación de derechos, por ejemplo, el derecho a la intimidad.

Los Estados han sido reticentes a recoger en sus ordenamientos jurídicos unos derechos que implican obligaciones exigibles por la ciudadanía.

Los Derechos Humanos son interdependientes. Y en cuanto a su justiciabilidad, para Courtis y Abramovich (2002), todos los derechos generan obligaciones positivas y negativas para el Estado y todos los derechos tienen algún aspecto exigible judicialmente.

En este sentido, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, más conocido como la Convención Europea de Derechos Humanos (en adelante CEDH o Convenio), fue creado para garantizar a través de su Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en adelante TEDH o Tribunal) sobre todo derechos civiles y políticos. En las últimas décadas, ha mostrado una evolución y sensibilidad hacia justiciabilidad o tutela judicial de los derechos sociales al sentar reiterada jurisprudencia sobre la protección de estos con base en la infracción de determinados derechos civiles. En su jurisprudencia se ven cada vez más consideraciones sobre la situación de la pobreza y su estrecha vinculación con diversos preceptos del Convenio, especialmente con la conculcación de los artículos 3 (prohibición de tratos degradantes) y 8 (derecho al domicilio y a la vida privada y familiar). Ello ha supuesto la reconstrucción una teoría unitaria de los derechos a través de una interpretación creativa del CEDH más acorde con los nuevos tiempos.

Entre los casos sobre la pobreza sobre los que el TEDH se ha pronunciado podemos destacar las siguientes:
Caso Larioshina contra Rusia (2002): estableció que en determinadas circunstancias la insuficiencia de medios económicos para una vida digna (derivada de una pensión insignificante) podía constituir un trato degradante prohibido por el artículo 3 del Convenio.
Caso Wallowa y Walla contra la República Checa (2007): los servicios sociales, en el año 2000, mediante una orden judicial retiraron a los demandantes la custodia de sus cinco hijos, porque desde 1997 no disponían de una vivienda adecuada para la familia. El TEDH declaró que la capacidad de los padres y sus esfuerzos por mejorar su situación jamás habían sido puestos en cuestión. Tratándose estrictamente de un problema de carencia de recursos materiales, las autoridades nacionales podían haberlo resuelto mediante ayudas sociales, sin recurrir a la solución extrema de separar a los niños de sus progenitores, lo que fue una medida desproporcionada constitutiva de la violación del artículo 8 del CEDH.
Caso McCann contra Reino Unido (2009): El Tribunal, en el caso de un desahucio de una vivienda social, señaló que, puesto que la “pérdida de la propia vivienda es una de las formas más violentas de injerencia en la vida privada y el domicilio (artículo 8.1), la persona afectada debía poder cuestionar la proporcionalidad de la medida (…)” considerando que en el caso concreto se había vulnerado el artículo 8.

Como vemos, la tutela judicial de los derechos sociales es ya una realidad. Las tesis que niegan tanto su desconexión como su justiciabilidad ya no se sostienen.

En este sentido, no sería de extrañar que pudiera aparezca alguna nueva sentencia del TEDH donde se considere que la falta de servicios energéticos, es decir la privación del derecho a la energía, constituya un trato degradante (prohibido por el artículo 3 de l CEDH) o prive del derecho a la vida privada y familiar (recogido en su artículo 8).

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3.El derecho humano a la energía

En la Unión Europea (en adelante UE), el Comité Económico y Social Europeo en su Dictamen Por una acción europea coordinada para prevenir y combatir la pobreza energética de 2013 se estimó que la pobreza energética afectaba en esta parte del mundo a más de 50 millones de personas que tenían dificultades para abonar las facturas de la energía o veían limitado su acceso a la energía por bajos ingresos, viviendas con un pésimo aislamiento térmico, equipamientos con escaso rendimiento (calefacción, cocina o agua caliente) o elevados costes de la energía. Otras fuentes estiman que entre 50 y 125 millones de personas, o el 11 % de la población de la UE, se encuentran en situación de pobreza energética.

La pobreza energética afectaba en Europa a más de 50 millones de personas que tenían dificultades para abonar las facturas de la energía o veían limitado su acceso a la energía por bajos ingresos, viviendas con un pésimo aislamiento térmico, equipamientos con escaso rendimiento (calefacción, cocina o agua caliente) o elevados costes de la energía.

Según el estudio Pobreza Energética en España publicado por la Asociación de Ciencias Ambientales, en 2018 en España 6,8 millones de personas (el 15 % de la población) declararon tener dificultad para mantener su vivienda a una temperatura adecuada o retrasos en el pago de las facturas de energía y 900.000 personas (el 2 % de la población) dejaron de disponer de sus fuentes habituales de energía doméstica por dificultades económicas, tanto por no poder pagar dicha energía (autodesconexión) como por haber tenido algún tipo de corte en el suministro energético.

Además, se calcula que, para 8 millones de personas residentes (el 17 % de la población), los gastos en energía doméstica eran desproporcionadamente altos en relación a sus ingresos y que 5,4 millones (el 12 % de la población) declaraban gastos energéticos inusualmente bajos, lo que se conoce como pobreza energética escondida, o hidden energy poverty, porque no podrían afrontar unos gastos superiores.

En 2018 en España 6,8 millones de personas (el 15 % de la población) declararon tener dificultad para mantener su vivienda a una temperatura adecuada o retrasos en el pago de las facturas de energía y 900.000 personas (el 2 % de la población) dejaron de disponer de sus fuentes habituales de energía doméstica por dificultades económicas.

Ante estos datos crecientes y alarmantes sobre la pobreza energética, reclamar el derecho a la energía como un derecho humano y fundamental es urgente.

Tal derecho parte de la consideración de la energía como un bien común y no una mercancía, cuyos titulares son los individuos y los grupos. Se trata de un derecho que, como los de última generación, giran en torno a la solidaridad, que puede ser sincrónica, puesto que nuestras decisiones pueden afectar a otros y otras en el presente, y diacrónica, puesto que sin duda también afectarán a las generaciones futuras. Dicho derecho humano es compatible con un sistema político en el que los poderes públicos den cabida y se nutran de la participación de una sociedad informada y organizada como verdadera protagonista del cambio.

En cuanto a sus características, podemos decir que el agotamiento de los recursos fósiles, el escenario de crecimiento de consumo energético, la alta dependencia del exterior, el cambio climático y el gran aumento de la pobreza energética en los últimos años, nos hace configurarlo necesariamente como un derecho humano a una energía asequible, renovable o sostenible, fiable y moderna para todas y todos.

Estas características relacionan el derecho humano a la energía con otros derechos de última generación, a saber:
●Asequible porque se ha de poder adquirir a un precio razonable por razones de justicia social.
●Renovable o sostenible porque nos encontramos a nivel medioambiental en un punto sin retorno donde no podemos seguir quemando más combustibles fósiles sin poner en peligro el derecho al medio ambiente y el desarrollo sostenible de los pueblos.
●Fiable o segura no solo en cuanto a que se pueda garantizar el abastecimiento de energía a la sociedad (dado que el sistema se ha de concebir prácticamente en su totalidad como renovable y, por tanto, con recurso local y abundante) sino que, que no ponga en peligro otro derecho humano como es el derecho a la paz puesto en peligro por el uso de la energía nuclear.
●Moderna porque ha de asegurarse que las tecnologías utilizadas no pongan en peligro el derecho a la intimidad (uno de los aspectos protegidos por el derecho a la libertad informática).

Se trata de una pieza clave para la transformación del modelo energético actual junto con la necesidad de la reforma en profundidad de nuestro sistema energético (especialmente el eléctrico), la intervención efectiva en materia de eficiencia energética en el parque de viviendas más vulnerables y el impulso emancipador del autoconsumo.

La próxima semana continuaremos desarrollando la urgencia de reconocer este derecho.

Manifestación 25 N. Frente Feminista Sindical.

Manifestación 25 N. Frente Feminista Sindical.

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MANIFIESTO 25N (2022) DEL FRENTE FEMINISTA SINDICAL

Otro año más sigue siendo necesario que salgamos a la calle este 25N. Por ello, CGT, CNT, USE, USTEA y SAT, unidas y organizadas, denunciamos la violencia hacia las mujeres en todas sus formas.

La violencia de género no solo no se ha erradicado, sino que se ha recrudecido. Cuanto más avanza el Movimiento Feminista, más se revuelven el patriarcado y el capitalismo. Ya no solo nos asesinan por el hecho de ser mujeres, sino que nos niegan (según feminicios.net, ya son 76 asesinatos machistas cometidos por hombres en España en 2022). Y negar o pretender invisibilizar las violencias específicas que sufrimos, también es un tipo de violencia que se suma a las que venimos padeciendo históricamente en distintos ámbitos.

La justicia es patriarcal, revictimiza a las supervivientes haciéndonos pasar por un proceso en el que somos nosotras las juzgadas y analizadas; es una justicia machista que no cree sistemáticamente a las niñas y niños que denuncian maltratos y abusos, obligándolos en muchos casos a convivir con sus agresores y alejándolos de sus madres. Esta situación de vulnerabilidad de las mujeres y madres víctimas de violencia de género, se suma al calvario administrativo e institucional al que son sometidas ellas y sus familias, con juicios que se alargan años y falta de ayudas que, entre otras cosas, afectan a su salud mental y a su independencia económica.

Ante las injusticias del patriarcado y los debates centrados en el punitivismo, nosotras exigimos la reparación de las víctimas y sus familias, el reconocimiento de su dolor y sufrimiento, el acompañamiento psicológico y, por supuesto, las prestaciones económicas y la protección laboral necesarias para que el apoyo a quien ha sufrido violencia machista sea efectivo y no quede solo en un día en el calendario.

Por supuesto, también sufrimos discriminación y violencia en el ámbito laboral: los sectores más feminizados son los que salen siempre peor parados y especialmente en momentos de crisis. Todo esto por no hablar del acoso, del abuso de poder, de la brecha salarial, de los techos de cristal, de los suelos pegajosos, de las dobles o hasta triples jornadas, de la falta de conciliación, de la penalización en las pensiones por los trabajos no remunerados que desempeñamos las mujeres, y un largo etcétera que no acaba nunca y que es totalmente insostenible. Cada vez son más las mujeres que encuentran en el sindicalismo combativo el apoyo indispensable para salir adelante, para luchar por sus derechos y para mejorar sus condiciones.

Somos las mujeres las primeras empobrecidas, las primeras a las que el sistema arrincona y margina, para después explotarnos sexual y reproductivamente.

¿Dónde están las políticas públicas que compensen o impidan todas estas discriminaciones? Somos nosotras las que debemos organizarnos y luchar, pues mientras haya una sola mujer oprimida y violentada, nos encontrarán unidas y plantando cara al sistema capitalista y patriarcal.

Aquí estamos para gritar ¡NOS QUEREMOS VIVAS, LIBRES, COMBATIVAS Y SIN MIEDO!

MANIFIESTO 25N2022

CURSOS DE FORMACIÓN OTOÑO 2022.

CURSOS DE FORMACIÓN OTOÑO 2022.

Curso Formación Otoño 2022(3)

CURSOS DE FORMACIÓN OTOÑO 2022.

Dentro del programa de colaboración entre el Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) y la Fundación Rosa Luxemburgo. El SAT de Granada pone a disposición de sus afiliados, simpatizantes, secciones sindicales, etc. la participación en los CURSOS DE OTOÑO 2022. Estos cursos formativos son la continuación de los Cursos de Verano ya impartidos..

Los talleres de capacitación adaptarán el programa a sus realidades territoriales y del grupo de

participantes en particular, basándonos en el planteamiento de contenidos siguiente:

– Normativa laboral, social, REASS, de extranjería y recursos sociales aplicado al campo.

– Derecho sindical, EESS, estructura del SAT y estrategias organizativas y sindicales

– Historia del sindicato, reforma agraria y soberanía alimentaria.

– Andalucismo, género, interculturalidad, proyecto sindical y sociopolítico.

– Para este otoño se editará material formativo correspondiente a cada módulo y territorio, así como cartelería, folletos, vídeos y otro material para su utilización en las campañas y luchas sindicales.

Los CURSOS DE OTOÑO 2022, que se celebrarán el día 25 DE NOVIEMBRE en Granada (calle Cristo de la Yedra, 33 bajo) y en Motril el 11 NOVIEMBRE ( Camino de San Antonio, 17) ocuparán los siguientes contenidos:

  • Ayuda a Domicilio (SAD). En el curso a celebrar en Motril

  • Vigilancia sindical de contratos y respeto a los mismos

  • Normativa laboral y social aplicable desde enero (y marzo) del 2022.

  • Andalucismo, género, interculturalidad, proyecto sindical y sociopolítico del SAT.

  • Secciones Sindicales del SAT. Representación del sindicato y representación unitaria (elecciones sindicales).

Para inscripciones, podéis hacerlo aquí:

Los cursos se impartirán en:

  • GRANADA. (25 de noviembre a las 19, 00 horas)) Calle Cristo de la Yedra, 33 – bajo ( Local del SAT de Granada, Barrio de Cartuja).

  • MOTRIL. (11 de noviembre a las 19, 00 horas) Camino de San Antonio, 17- bajo ( Local del SAT de Motril, junto a la calle Ancha)

SAT Granada.

Unión Territorial.

Secretaría de Formación.