El SAT de GRANADA ANTE EL CONFLICTO CON INNERIA CLEANING SERVICE S.L.

El SAT de GRANADA ANTE EL CONFLICTO CON INNERIA CLEANING SERVICE S.L.

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EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE SAT GRANADA ANTE EL CONFLICTO CON INNERIA CLEANING SERVICE S.L.

El Sector de Hostelería y Turismo del sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) de Granada, ante el conflicto que mantienen USTEA-Actividades Diversas y Unión Kellys Granada con INNERIA, desea manifestar lo siguiente, para el conocimiento de los y las trabajadoras del Sector y para la Opinión Pública en general:

  1. El SAT quiere hacer público su apoyo a la compañera y, solidariamente, al resto de las camareras de pisos de MACIÀ HOTELES (Granada) y del resto de trabajadoras que deben sufrir el trato cotidiano con INNERIA.

  2. Conocemos bien a la empresa y desde el Sector Nacional del SAT hemos mantenido (y mantenemos) conflictos y serias discrepancias a lo largo y ancho de Andalucía con esta empresa que es una de las que en el Sector se conocen como “cárnicas”.

  3. Exigimos, en el mismo sentido que se manifiesta USTEA-Actividades Diversas, que finalice inmediatamente la campaña antiobrera y discriminatoria que desde INNERIA se emprendió hace meses contra la representante de las trabajadoras en MACIÀ Hoteles.

  4. Del mismo modo, hacemos responsables al Grupo Macià Hoteles S.L. que se está valiendo del incumplimiento del convenio y de la actitud anti sindical de INNEA para seguir con el suma y sigue en sus beneficios. Tan responsable es la hotelera como la empresa “cárnica” INNERIA.

  5. Que el acuerdo firmado el 19 de abril del 2020 por CEHAT 1(patronal hotelera), CCOO y UGT solicitando al Gobierno propuestas para proteger al sector del alojamiento turístico español ante la crisis ha sido otro fiasco más en el cual las promesas de mantenimiento y mejora del empleo han quedado en agua de borrajas, como todo lo que firman esta patronal y sus sindicatos, todos ellos cómplices por igual de la precarización y abusos en un sector productivo que cuenta con numerosas ayudas y subvenciones públicas.

  6. Por todo lo expresado y sin entrar en más consideraciones, de momento, el Sector de hostelería del SAT de Granada se sumará a la concentración del próximo viernes 1 de octubre, así como a las sucesivos actos que se planifiquen para llevar el TRABAJO DIGNO Y CON DERECHOS a las camareras de pisos de Grupo Macià Hoteles S.L. y de INNERIA y el RESPETO A LA LIBERTAD SINDICAL, derecho que actualmente Macià e INNERIA conculcan.

  7. Igualmente, el SAT de Granada ya ha puesto en conocimiento de su Sector Nacional el conflicto por si fuera necesario extender la campaña de solidaridad y el conflicto por toda Andalucía.

Dado en granada, el 28 de septiembre del 2021.

1 CEHAT es la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos

índice

SAT Granada.

Sector de Hostelería y Turismo.

Curso de Formación Sindical 2021. Motril

Curso de Formación Sindical 2021. Motril

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CURSO MOTRIL 2021

Días en que se imparte: 27, 29 de septiembre y 1 de octubre 2021.

Horario: 18’00 a 21’30 horas. (3 horas y 20 minutos por jornada).

Lugar: Local del SAT de Motril (Camino de San Antonio, 17– 18600 Motril).

Lunes 27 de septiembre :

  1. Historia del Movimiento Obrero.
  2. Derechos laborales básicos. (Paco Cabello).

Miércoles 29 de septiembre :

  1. El contrato de trabajo, la nómina, pago de salarios, etc
  2. Convenio del Campo.
  3. Convenio del Manipulado.
  4. Recursos Sociales ( Néstor Salvador).

Viernes 1 de octubre: Extranjería. (Antonia Franco )

(Durante los tres días se impartirá dinámica de grupos: asambleas, elecciones de representantes).

Recursos: – Carpeta con fotocopias y material didáctico más manual encuadernado de las fichas técnicas y documentos de los cursos.

Proyecciones audiovisuales y pizarra.

Apoyo y traducción en lengua francesa (Irene Bueno).

Merienda, té y refrescos en cada sesión.

Ayuda para el transporte.

Docentes y coordinadores:

  • Organización y logística: Antonio Barrera y Luis Manuel Campos.
  • Apoyo en lengua francesa y pedagogía: Irene Bueno.
  • Abogados/ Relaciones laborales: Antonia Franco, Fran Vázquez, Javier Galech.
  • Docente/formador de formadores: Paco Cabello. (Secretario de acción sindical SAT Granada).
  • Docentes: Antonia Franco (licenciada en Derecho, miembro de Emergencia Frontera Sur) y Néstor Salvador ( Doctor en Historia, militante del SAT).

CLECE NO CUMPLE . LAS TRABAJADORAS/ES SÍ

CLECE NO CUMPLE .  LAS TRABAJADORAS/ES SÍ

El miércoles 22 de septiembre, en el Juzgado de lo Social n°4, a las 10 ‘ 30 horas, está señalada la vista por el Conflicto Colectivo que las compañeras y compañeros de la sección sindical del SAT en CLECE (empresa concesionaria del servicio de limpieza de los Hospitales de Granada) mantienen desde hace años y que se sustancia en que CLECE se niega realizar tal labor pese a que la legislación en Materia de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral, así lo indica.
A saber:

«LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Medidas Higiénicas (artículo 7.- Real Decreto 664/1997): En todas las actividades en las que exista riesgo para la salud o seguridad de los trabajadores como consecuencia del trabajo con agentes biológicos, el empresario deberá adoptar las medidas necesarias para:
-Prohibir comer, beber o fumar en las zonas de trabajo de riesgo.
– Proporcionar a los trabajadores prendas de protección adecuadas.
– Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados que incluyan productos de limpieza ocular y antisépticos para la piel.
– Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso
-Que los trabajadores dispongan de diez minutos libres, considerados como jornada laboral, para el aseo personal antes de la comida y otros diez antes de abandonar el trabajo.
-Que la ropa de trabajo y de calle sean guardadas en lugares separados (específicamente se requiere dos taquillas, no siendo válida una taquilla con separación para la ropa de trabajo y de calle, puesto que el Real Decreto señala que el trabajador deberá guardar la ropa de trabajo y los EPI’s “…en lugares que no contengan otras prendas”).

-El empresario se responsabilizará del lavado de la ropa, aun cuando ello sea contratado por empresa externa quien utilizará recipientes cerrados y etiquetados. Se prohíbe expresamente a los trabajadores llevar la ropa a casa para su lavado»

Pero así son estas empresas como CLECE, mientras más dinero tienen más intolerantes se vuelven. Además de una política de personal muy represiva (hemos visto hace unas semanas el despido de una compañera en Almería), CLECE SA están poniendo en riesgo tanto a las trabajadoras/es de la limpieza como al resto de granadinos, ya que las compañeras se ven obligadas a tener que llevar la ropa sucia y contaminada para lavarla en casa en el transporte público, en sus propios vehículos o andando por las calles
¡NO NOS VAN CALLAR!
¡NOSOTRAS Y NOSOTROS ESTAMOS A PIE DE TAJO Y SIEMPRE COMPROMETIDOS EN LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS!
 
 
SAT Granada.
Sección Sindical de la Ciudad Sanitaria Virgen de las Nieves.

Baja por maternidad 2021-2022: duración, solicitud y tributación

Baja por maternidad 2021-2022: duración, solicitud y tributación

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La baja por maternidad es una prestación clave para que las madres puedan adaptarse a su nueva condición y recuperarse de los rigores del parto, entre otras cosas.

Este derecho ha ido evolucionando con el tiempo y actualmente está igualado a la baja por paternidad bajo el nombre de “Ayuda para el Nacimiento y Cuidado del Menor”. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber al respecto en 2021 y los cambios que pueden llegar en 2022.

¿Qué es y quiénes pueden solicitarla?

La baja por maternidad es una ayuda que el Estado concede a través de la Seguridad Social a las trabajadoras por el nacimiento de un hijo o hija o la adopción de niños menores de 6 años o menores de 18 años con discapacidad.

La prestación por maternidad es un derecho de empleadas y autónomas y no existe diferencia en la duración ni en la cuantía para ambas.

Para poder acceder a ella hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar afiliada y dada de alta en la Social.

  • Haber cotizado un periodo mínimo que dependerá de la edad.

    • A las menores de 21 años no se les exige cotización alguna. Podrán cobrar la prestación por maternidad si cumplen con el resto de condiciones.

    • Las mujeres entre 21 y 25 años en el momento del parto o adopción deberán haber cotizado un mínimo de 90 días en los 7 años anteriores a la baja y sumar por lo menos 180 días cotizados en toda su vida laboral.

    • Las mujeres 26 años o más tendrán que acreditar un recorrido laboral mayor. En concreto, tendrán que haber cotizado 180 días en 7 años antes de la baja y más de 360 días en toda su vida laboral.

    • Estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad, algo especialmente importante para las trabajadoras autónomas que pidan la prestación por maternidad.

¿Qué pasa si no cumples con estos requisitos? En ese caso podrás acceder al subsidio no contributivo por maternidad, que es de 42 días naturales desde el parto y paga el 100% del IPREM o 17,92 euros al día en 2021.

 

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La baja por maternidad y el paro

¿Se puede cobrar la baja por maternidad durante el paro? Esta es una situación que puede darse. Si estás cobrando el paro y te tienes que coger la baja por maternidad, se suspenderá la prestación por desempleo y empezarás a cobrar la prestación por maternidad.

Sólo si lo que estás cobrando es un subsidio por desempleo podrás compaginar ambas.

En ambos casos hay que informar a la Seguridad Social del cambio de situación.

 

¿Cuánto dura la prestación por maternidad?

La duración de la baja por maternidad en 2021 es de 16 semanas o 4 meses que se dividen entre una parte obligatoria y otra voluntaria.

Por ley es obligatorio coger, como mínimo 6 semanas después del parto de forma ininterrumpida. Esta es la forma que tiene el Estado de asegurarse que la madre puede guardar el reposo que necesita.

Las 10 semanas restantes se pueden disfrutar dentro de los 12 meses siguientes al parto en periodos semanales, sólo si ambos trabajan los dos progenitores.

La baja por ser madre se puede ampliar 1 semana por cada hijo a partir del segundo o en caso de hijos con discapacidad.

¿Es posible coger la baja durante el embarazo?

Sí, en el caso de la baja por parto se puede anticipar el periodo de descanso hasta 4 semanas antes del nacimiento según la fecha estimada por el Servicio Público de Salud.

Para los embarazos de riesgo existe una prestación específica que se activa antes del parto. Esta prestación de riesgo durante el embarazo está disponible para autónomas y trabajadoras por cuenta ajena.

Conoce aquí el Calendario de embarazo: fechas claves que debes conocer.1

(1Al final del escrito tenéis el calendario de embarazo.)

 

En el caso de las adopciones sólo se podrá anticipar la baja para las adopciones internacionales. Como con el embarazo, se puede iniciar hasta 4 semanas antes de la adopción.

Ampliación de la baja por embarazo en 2022

Uno de los últimos anuncios del Gobierno ha sido su intención de aumentar la duración de la baja por maternidad en 2022 hasta los 6 meses o 24 semanas.

El nuevo permiso que planea el Ejecutivo también cambia los requisitos para acceder a la prestación. Los planes pasan por crear una baja universal, de forma que no haya que cotizar ningún periodo de tiempo para acceder a él.

Además, también se pretende hacerla compatible con otras prestaciones.

 

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¿Cuánto se cobra con la prestación por maternidad?

La prestación por maternidad de la Seguridad Social es un subsidio del 100% de tu base reguladora, que es lo que la empresa cotiza por ti. Es decir, cobrarás tu nómina durante los 4 meses de baja igual que si estuvieses trabajando salvo casos excepcionales.

¿Y las trabajadoras por cuenta propia? ¿A cuánto la prestación por maternidad de las autónomas? Como con las empleadas, la cantidad a cobrará será por la que coticen. Si cotizan por la base mínima de 289 euros al mes, cobrarás 944,4 euros por cada mes de baja.

¿Quién paga la prestación por maternidad y cuándo lo hace?

La Seguridad Social es la encargada de abonar la baja por maternidad.

Lo más habitual es que el pago se realice el primer día hábil de cada mes.

¿Cómo tributa la prestación por maternidad?

¿Hay que pagar impuestos por el dinero de la baja por maternidad? No, esta prestación es una de las rentas exentas en la declaración de la renta.

Esto quiere decir que ese dinero no se tendrá en cuenta ni se incluirá en el IRPF. Así lo dictaminó en Tribunal Supremo en 2019 en contra del criterio de Hacienda.

¿Cómo y dónde se solicita la baja por maternidad?

La prestación por maternidad se pide en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

  • El trámite se puede hacer de forma 100% online a través de su sede electrónica o en las oficinas. En este último caso es necesario pedir cita previa.

  • Documentación: A la cita o de forma online habrá que aportar el DNI, el libro de familia y el certificado de la empresa donde se refleja el día de la baja laboral.

  • Excepciones: La única excepción son los trabajadores del Mar, que deben solicitar la baja por embarazo en el Instituto Social de la Marina.

El INSS dispone de 30 días para responderte después de pedir la baja, aunque lo normal es que lo haga antes y cobres la prestación al mes siguiente de haber dado a luz.

 

La baja por maternidad y el permiso de lactancia

El permiso de lactancia es independiente de la baja por maternidad. Se trata de un permiso que paga la empresa y no la Seguridad Social o la Mútua.

Este permiso, que ahora se llama “Cuidado del hijo lactante” te permite ausentarte del trabajo una hora al día para dar de mamar al pequeño hasta que cumpla los 9 meses de vida. Así la madre podrá llevar a cabo la lactancia materna sin preocupaciones laborales.

El periodo de lactancia se puede disfrutar a razón de una diaria o dividirlo en fracciones de media hora cada jornada. También es posible recudir la jornada en media hogar o acumular las horas para conseguir días enteros libres o hasta una quincena juntando todas las horas disponibles.

Este permiso hay que solicitarlo directamente en la empresa, que no puede negarse a concederlo.

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A partir de la confirmación del embarazo vas a realizar un buen número de pruebas y consultas que tienen como objetivo llevar a cabo un seguimiento exhaustivo del mismo. Este es el calendario de embarazo que debes conocer con las principales pruebas médicas.

Lo primero que debes saber sobre las pruebas relacionadas con el embarazo es que no todas van a realizarse en todos los casos. Las hay más comunes y otras que dependerán de cómo evolucione la gestación.

Para facilitar que tengas acceso a toda la información, vamos a agrupar las pruebas más habituales y los plazos en los que se suelen desarrollar. Los profesionales médicos de tu seguro de salud te marcarán los plazos, pero hay una serie de hitos que se cumplen con pocas variaciones. Vamos a conocerlos.

 

 

 

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Calendario de embarazo

Para ello separaremos por un lado las pruebas que se realizan de manera regular a lo largo de todo el embarazo de aquellas que se realizan en momentos puntuales del mismo. De esta manera podrás hacer una consulta rápida y ubicar de manera clara las pruebas que se corresponden al momento del embarazo en el que te encuentres.

Para entender mejor este calendario de embarazo, ten en cuenta qué pruebas van variando según el momento.

  • En el primer trimestre, generalmente, son pruebas exploratorias que tratan de determinar cómo ha comenzado tu embarazo y cómo se va a desarrollar.

  • Durante el segundo trimestre, las pruebas se orientan a la confirmación de un desarrollo correcto del embarazo y el seguimiento del mismo.

  • Y por último, durante el último trimestre del embarazo, las pruebas se orientan hacia el parto, a la salud del bebé y a las posibles complicaciones que pudieran surgir en el momento de dar a luz.

Pruebas durante todo el embarazo

En todas tus visitas ginecológicas

Control de tensión, Control de Peso

Pruebas Trimestrales

Analíticas orina y sangre Ecografía- Doopler (si es necesario)

Pruebas Puntuales

Ecografía inicial

Entre las semanas 6 y 11

Screening Bioquímico

Entre las semanas 9 y 11

Biopsia Corial

Entre las semanas 10 y 12

Ecografía Translucencia nucal

Entre las semanas 10 y 14

Triple Screening

Entre las semanas 14 y 16

Alfafetoproteína

Entre las semanas 14 y 16

Cordoncentesis

Sobre la semana 16

Fetoendoscopia

Sobre la semana 16

Amniocentesis.

Entre las semanas 16 y 18

Ecografía de alta resolución

Sobre la semana 20

Test O´Sullivan

Entre las semanas 24 y 28

Ecografía

Entre las semanas 28 y 37

Cultivo vaginal

Desde la semana 35

Monitorización fetal

A partir de la semana 40

 

¿ Pensiones públicas o privadas?

¿ Pensiones públicas o privadas?

por iaioflauta

Disfrutar de una pensión de jubilación digna permite vivir adecuadamente en el tramo final de la vida, pero los  poderes públicos  lo están convirtiendo en un problema.

Los sistemas de pensiones no son iguales en todos los países.

En muchos países no existen pensiones de jubilación. En EEUU existen solo pensiones privadas. En otros países conviven sistemas de privados de pensiones. En España, la Constitución de 1978 estableció que el Estado proveería a los trabajadores y trabajadoras una pensión de jubilación digna.

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¿Qué es una pensión de jubilación?

Una pensión es una remuneración o pago recibido al cesar la actividad laboral por jubilación o incapacidad laboral, así como por viudedad, orfandad o discapacidad.

¿Quién proporciona nuestra pensión de jubilación?

La pensión es proporcionada por los sistemas públicos de Seguridad Social de cada nación (los trabajadores en activo cotizan para pagar a los inactivos) o por los ahorros de los trabajadores (gestionados por entidades privadas como bancos o aseguradoras financieras).

¿Qué tipos de pensiones existen?

Las pensiones pueden ser de dos tipos: publicas o privadas.

Las pensiones privadas reciben el nombre de sistemas de capitalización

Las pensiones públicas reciben el nombre de sistemas de reparto.

Pensiones privadas o sistemas de capitalización.

El “sistema de capitalización” defiende que cada trabajador deposite sus cotizaciones mensuales o anuales en entidades financieras privadas.

Estas empresas privadas de distinto tipo (bancos privados, aseguradoras, …), todas con ánimo de lucro, tratarán siempre de que los ahorros aumenten progresivamente depositándolos en fondos de inversión.

Este sistema privado de pensiones supone que eres capaz de dejar tus ahorros en manos del mayor sistema de especulación internacional: el sistema de compra y venta de activos financieros.

Si tienes un empleo estable durante toda tu vida laboral, no caes enfermo, no adquieres discapacidad laboral, no te despiden jamás, no hay crisis económicas recurrentes, el mercado financiero siempre está al alza, entonces, cuando pasen los años, al jubilarte, los ahorros se habrán capitalizado de tal forma que se te garantizará un sueldo mensual que proporcionará una vida digna superior a la vida con una pensión pública.

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Pensiones privadas del sistema de capitalización

¿Son fiables los planes de pensiones privados?

Puedes ampliar la información acudiendo al análisis de la rentabilidad de estos fondos de inversión del diario El Confidencial:

Ocho de cada diez fondos de pensiones no pudieron cubrir el coste de la vida en España, ya que, de los 335 planes de capitalización individual comercializados en los últimos 15 años, 278 han generado pérdidas de poder adquisitivo, incapaces de alcanzar la subida de la inflación del 37,6% durante esos 15 años.

Pensiones públicas o sistemas de reparto

El “sistema de reparto” se basa en el principio de solidaridad intergeneracional.

Los trabajadores actuales cotizan a la seguridad social para mantener el sistema público de pensiones de las personas jubiladas (por edad, enfermedad, discapacidad, invalidez, …).

El Estado, como entidad sin ánimo de lucro personal, deposita las cotizaciones y las va repartiendo entre los jubilados tratando de que los ahorros aumenten progresivamente proporcionando una vida digna con una pensión pública.

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Pensiones públicas del sistema de reparto

¿Son fiables los planes de pensiones públicos?

La crisis económica (crisis financiera, déficit público, aumento del desempleo, reducción de cotizaciones) ha golpeado todos los pilares del Estado  de  Bienestar que han sufrido recortes graves en la calidad de sus prestaciones:

-recortes en Sanidad Pública

-recortes en Educación Púbica

-recortes en las pensiones publicas.

Las pensiones han sido recortadas:

-Se ha aumentado la edad de jubilación a 67 años.

-Se ha inventado un «factor de sostenibilidad» que relaciona la cuantía de la pensión con la esperanza de vida.

-Se ha inventado un «índice de revalorización de las Pensiones» para que  las pensiones no suban por encima del IPC.  https://www.youtube.com/embed/gaXhQrtQOt8?feature=oembed&start&end&wmode=opaque&loop=0&controls=1&mute=0&rel=0&modestbranding=0

UGR: NUEVO LOCAL DEL SAT EN EL COMPLEJO ADMINISTRATIVO TRIUNFO

UGR: NUEVO LOCAL DEL SAT EN EL COMPLEJO ADMINISTRATIVO TRIUNFO

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NUEVO LOCAL DEL SAT EN EL COMPLEJO ADMINISTRATIVO TRIUNFO

               Después de unos largos meses sin disponer de un espacio adecuado debido a la pérdida de los locales de los que disponía este sindicato en el edificio V Centenario a causa de una reforma de las instalaciones, por fin tenemos ese anhelado espacio para poder atender y recibir en condiciones dignas a los y las trabajadoras de la UGR.

 La Gerente de la UGR nos expresó en su momento la intención de buscar un espacio alternativo para el SAT tras la perdida de los antiguos locales, cosa que hasta ahora no se había producido, aunque sabemos que se mantuvieron conversaciones con  miembros del comité de empresa como Miguel Ángel Gámez (Coalición CTI-SAT actual presidente del comité) o Paulino Cebrián  para buscar alternativa en el local usado por el comité, agradecemos a ambos la buena disposición en la búsqueda de soluciones satisfactorias y la solidaridad demostrada con este sindicato.

…..y aún cuando Gerencia no se ha comunicado con nosotros directamente para informarnos de que se iba a realizar una  obra de acondicionamiento este verano, hemos sabido a la vuelta de las vacaciones por los compañeros de CTI que teníamos nuevo local con el que suplir la perdida de nuestros espacios en el edificio V Centenario, y es por ello que estamos enormemente agradecidos a CTI y a Manuel Hidalgo que personalmente ha intervenido en la cuestión, pero sobre todo queremos resaltar la altura y solidaridad que los compañero han demostrado.

Finalmente, el sindicato SAT puede tener un espacio digno donde seguir trabajando. En breve acabaremos con la instalación de muebles, material de oficina y equipamiento informático.

   Mil gracias de nuevo a todas los personas que han hecho posible que podamos contar con un espacio digno de trabajo

SECCIONES SINDICALES SAT-UGR P.A.S LABORAL 639287176 – P.D.I. – P.A.S FUNCIONARIO 652580109

Tlf. corporativo: 77942 Dirección electronica: sat@ugr.es  Dirección web: https://satgranada.org/category/universidad-de-granada
Complejo Administrativo Triunfo. Cuesta del hospicio s/n, 18071 Granada.

Ayuda a Domicilio: Fuente Vaqueros, prosigue la lucha por un empleo estable y de calidad.

Ayuda a Domicilio:  Fuente Vaqueros, prosigue la lucha por un empleo estable y de calidad.

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La lucha del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) por la estabilidad en el empleo de las trabajadoras del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) prosigue de manera exitosa. Una vez más, una trabajadora consigue romper la dinámica de abusos y contratación fraudulenta por parte de una administración pública como es la realizada por el consistorio de Fuente Vaqueros.

Ante la demanda presentada por el SAT contra el Ayuntamiento de Fuerte Vaqueros, el tribunal de lo Social número 3 de Granada dictó sentencia el pasado 6 de septiembre reconociendo la relación laboral de otra trabajadora como personal laboral con contrato indefinido del ayuntamiento de la Fuente.

Se da el hecho de que la trabajadora -con una relación laboral y sin interrupción de diez años con el ayuntamiento a base de contratos “por obra o servicio” desde el 17/08/2009 – por lo que la sentencia establece que:

«Como tiene declarado nuestro Tribunal Supremo, el legislador ha mostrado su decidida preferencia por el contrato indefinido como instrumento jurídico eficaz destinado a dar garantía de estabilidad al trabajador y en este sentido, el Estatuto de los Trabajadores, en su art. 15, establece una presunción a su favor y la sanción consistente en una novación de los contratos temporales celebrados en fraude de Ley, que se transforman en indefinidos (Sentencia del Tribunal Supremo de 23-10-1984 entre otras), admitiendo asimismo el propio art. 15 E. T. y como excepción, la temporalidad tan sólo en aquellos casos específicos que en el precepto citado se enumeran, debiendo subrayarse que la contratación temporal precisa el cumplimiento puntual de los requisitos que la normativa que la autoriza exige y que, de no concurrir tales condiciones, la contratación temporal resulta proscrita por nuestro ordenamiento, tanto cuando se emplea de forma directa y manifiestamente contraria a la ley por no basarse en las causas legalmente previstas, como cuando se ampara en una de dichas causas sin real y efectiva existencia que justifique la temporalidad del contrato, lo que conduce a equiparar dicha situación con la primera de las descritas, pues tampoco en este caso existe causa de la contratación temporal».

También estima el Tribunal que :

«Sentado lo anterior, los argumentos que da el Ayuntamiento para justificar la temporalidad de los contratos no pueden ser tenidos en cuenta pues con independencia de la alegada falta de competencia del Ayuntamiento en materia de ayuda domicilio y de la normativa en materia de financiación de dicho servicio cuya gestión ha asumido deforma directa en virtud del Convenio de colaboración entre la Diputación de Granada y los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y las Entidades Locales Autónomas de la provincia de Granada para el desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio previsto en la Orden de 15 de noviembre de 2007 por la que se regula este servicio en la comunidad autónoma de Andalucía, lo cierto es que la actividad para la que viene siendo contratada la actora constituye la ordinaria o habitual de la Corporación y lo único temporal es la persistencia del convenio y la forma de financiación, que no la obra o servicio, lo que conlleva a estimar que ningún óbice existe para que el Ayuntamiento hubiese acudido a la contratación indefinida pues se trata de la prestación de un servicio atribuido a la competencia de los Municipios, como se deduce del artículo 25.2.e) de la LEY 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (EDL 1985/8184)».

Desde el Sector de Ayuda a Domicilio del SAT nos felicitamos por una sentencia que estima en su totalidad la demanda interpuesta por el Sindicato Andaluz y, en consecuencia, declara que el vínculo laboral existente entre la demandante y la Corporación Local demandada es de duración indefinida no fija.

SAT Granada.

Sector del Servicio de Ayuda a Domicilio

 

 

1487240125_641388_1487240227_noticia_normalALGUNAS REIVINDICACIONES DEL SAT RESPECTO A LA AYUDA A DOMICILIO.

Teniendo en cuenta la labor que desempeñan los /as profesionales del Servicio Ayuda a Domicilio para la sociedad en su conjunto y prestando sus servicios para una parte de la ciudadanía más vulnerable, lo que se les exige para poder realizarlo, con profesionalidad y vocación, es por lo que consideramos y reivindicamos:

1. Una nueva orden orden de regulación del Sad; atendiendo a las necesidades reales de las personas prestatarias, incrementado las horas de los servicios(son dependientes que necesitan más tiempo para poder realizar una actividad y los auxiliares también para poder prestar un servicio de calidad y sin riesgos físicos o psíquicos para ambos).

2.Blindaje de la ley 39/2006 de 14 de diciembre, al considerarse un derecho subjetivo en su artículo 1.

3. Municipalización o remunicipalización, al ser un servicio de titularidad pública, su gestión también lo debería ser. Mecanismos para ese control y exigir el cumplimiento de los derechos laborales de sus trabajadores.

4. No licitaciones a empresas incumplidoras y/o sancionadas. Respetar y cumplir el Convenio colectivo del sector respecto por ej:

a) Sueldos, trienios, complementos salariales, de peligrosidad, penosidad, ante agentes biológicos (covid_19),químicos, psíquicos, físicos. Prevención de Riesgos laborales.

5. Reconocimiento de Enfermedades profesionales,( por las diferentes tareas de cargas, realizadas mayoritariamente por solo una persona sin ayudas técnicas)

6 .Edad de jubilación a los 62 años, por el tipo de trabajo realizado.

7. Revisión salarial anual.

8. Estabilidad y conciliación laboral en el empleo.( No se puede hacer con jornadas fraccionadas en 3 periodos, como marca el reglamento por ej de la Diputación de Granada. Y en el convenio colectivo 2.

9. Formación continua para los trabajadores.

10. Establecer una jornada laboral mínimo 37 h/s.. por la pecularidad del trabajo a desarrollar. Evitaría costes a la Seguridad Social y a empresas por I.T.

11. Equiparación con el sector de la Sanidad .

CONSTITUIDAS LAS SECCIONES SINDICALES DEL SAT EN HORTOVENTAS Y EUROCASTELL- GRUPO LA CAÑA.

CONSTITUIDAS LAS SECCIONES SINDICALES DEL SAT EN HORTOVENTAS Y EUROCASTELL- GRUPO LA CAÑA.

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El Sindicato Andaluz de Trabajadores Y Trabajadoras (SAT) ha constituido sendas secciones sindicales en dos de las más importantes empresas del agro granadino: HORTOVENTAS y EUROCASTELL- GRUPO LA CAÑA.

La Sociedad Agraria de Transformación HORTOVENTAS, es una empresa a través de la cual – de manera agrupada y más o menos cooperativa- se concentra la producción de los agricultores de la zona y donde se manipulan, envasan y distribuyen numerosos productos agrícolas del Llano de Zafarraya. En Hortoventas se producen y distribuyen verduras tales como Tomate, Alcachofa, Judía, Coliflor, Pimiento, Cebolleta, Lechuga, Repollo, Calabacín, etc. La empresa se haya ubicada en Ventas de Zafarraya, en el poniente granadino en un peculiar enclave rodeado de montañas y de la especial configuración que rodea la zona y su altitud, se produce un micro-clima que hace muy especiales los productos agrícolas que allí crecen.

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Tras el nombre de EUROCASTELL CAÑA S.L., con un capital social de 128.876,00 € y liderado por Antonio García Puerta, se encuentra uno de los gigantes en la industria de la manipulación , envasado y distribución de productos agrícolas del campo granadino, disponiendo dicha empresa de centros de manipulado en los municipios de Motril, Castell de Ferro -Gualchos Y El Ejido (Almería).

Con otras numerosas instalaciones y fincas repartidas no sólo por la zona litoral granadina, ya existía una presencia del SAT dentro de la empresa, pero han sido los compañeros y compañeras del centro de trabajo de Ugíjar (La Alpujarra) los primeros en dar el paso en la constitución de una Sección Sindical que, como en el caso de la otra empresa, servirá para que se vaya desarrollando un órgano sindical genuinamente obrero en el seno de las citadas instalaciones.

Las condiciones laborales ( y en algunos casos de las propias instalaciones) son verdaderamente penosas, acompañadas por el más penoso y caduco convenio colectivo de aplicación en el sector, el cual debiera producir vergüenza entre sus negociadores y aplicadores (Organizaciones Empresariales, Asociación Alhondiguistas de la Provincia de Granada, FAECA y UGT) y el clientelismo y el compadreo entre patrones y “sindicatos” (aquí CCOO también tiene lo suyo) no contribuyen a que se vea una mejoría – más bien al contrario- en el sector.

Como decíamos más arriba, desde la base de la constitución de secciones sindicales por parte de sindicatos andaluces, combativos y alternativos a los Pin y Pon del sindicalismo español, es como se levantan los muros de un sólido movimiento obrero que organice, sepa articular las luchas e imponer las justas reivindicaciones de trabajadoras y trabajadores del sector y que buena falta hacen.

Entre Hortoventas y Erocastell- Grupo la Caña se supera la cifra de 4.000 trabajadores contratados directamente por las propias empresas y tanto a nivel del Poniente Granadino, el primero, como a nivel provincial, el segundo, estamos hablando de dos de los grandes de la industria de la horticultura de nuestra tierra, tierra que explotan sin más miramientos del mismo modo que hacen con sus empleados.

¡ Mucho ánimo y solidaridad para con nuestros compañeros y compañeras!

¡ La lucha es el único camino!

¡ Llego la hora, al campo con derechos!

Convenio del manipulado

Calendario Laboral

«Pinchando» arriba puedes consultar y descargar el Convenio del Sector y el calendario laboral del 2019 ( no hay otro publicado)