Riesgos Psicosociales en el trabajo y su prevención.

Riesgos Psicosociales en el trabajo y su prevención.

Riesgos Psicosociales en el Mundo del Trabajo.

«El empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva».

Artículo 19, Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

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¿Qué son?

La Psicosociología del trabajo, desde la perspectiva de la prevención de los riesgos laborales, es una disciplina que aborda las condiciones de trabajo psicosociales u organizativas, también llamadas factores psicosociales.

Esas condiciones de trabajo cuando son malas, deficientes y/o adversas, bien por un diseño inadecuado o bien por un desarrollo o implantación en la organización, interaccionan con las expectativas, necesidades, capacidades y/o actitudes de los trabajadores, impactan negativamente sobre su seguridad, salud y bienestar, convirtiéndose entonces en una fuente de riesgo que es preciso gestionar. Estos llamados factores de riesgo habrá que evaluarlos e intervenir sobre ellos mediante una adecuada planificación preventiva para eliminarlos, reducirlos y/o controlarlos.

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Evaluación de riesgos psicosociales

La evaluación de los factores psicosociales es una herramienta cuyo principal objetivo es aportar información que permita el diagnóstico psicosocial de una empresa o de áreas parciales de la misma, a fin de poder establecer actuaciones de mejora adecuadas a los riesgos detectados y al entorno en el que estas deban ser llevadas a cabo.

LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales art. 4.7.d , art. 15.1.g , Capítulo III

BOE-A-1995-24292-consolidado  LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (para descargar).

(Las obligaciones contenidas en el capítulo III de la LPRL son directamente aplicables al ámbito de los riesgos psicosociales)

¿Cuáles son los principales riesgos psicosociales en el trabajo?

Los riesgos psicosociales en el trabajo están originados por una deficiente organización y por un entorno social negativo. Pueden afectar a la salud física, psíquica o social del trabajador

Según la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) por sus siglas en inglés), los riesgos psicosociales en el trabajo son aquellos que están originados por una deficiente organización y gestión de las tareas y por un entorno social negativo. Los factores de riesgo psicosocial pueden afectar a la salud física, psíquica o social del trabajador.

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Principales factores de riesgo psicosocial en el trabajo

Según el INSTH, los principales factores de riesgo psicosocial tienen dos vertientes:

  • Factores organizacionales: afectan a la política y filosofía de la empresa, a su cultura y a las relaciones laborales.
  • Factores laborales: están relacionados con las condiciones del empleo, la concepción del puesto de trabajo y la calidad del mismo.

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Las 6 características de los riesgos psicosociales

Las características de los factores de riesgo psicosocial son:

1. Se extienden en el tiempo y en el espacio

Normalmente, los riesgos laborales están delimitados en torno a una acción concreta en un escenario particular. Sin embargo, los riesgos psicosociales se extienden y abarcan a un ámbito más amplio porque no se puede delimitar la cultura organizacional o el liderazgo en la empresa.

2. Son difíciles de medir o cuantificar

El ruido, la iluminación… cuentan con sus propios parámetros de medida utilizados por los técnicos de prevención de riesgos laborales. Pero, ¿cómo medir la cohesión social de la plantilla, la comunicación en la empresa? Existen sistemas adaptados a los riesgos psicosociales, pero no logran tal exactitud.

3. Se interrelacionan con otros riesgos

No podemos separar la dimensión física de la mental del ser humano. Ejemplo de ello es la interrelación entre unos mayores riesgos de sufrir un accidente cardiovascular si se está experimentando estrés.

4. Hay una escasa cobertura legal

Por ejemplo, la exposición a las vibraciones mecánicas en el puesto de trabajo está normalizada y prevista dentro de la legislación sobre prevención de riesgos laborales. Sin embargo, en cuanto a los riesgos psicosociales, los límites son difusos y, como consecuencia, las empresas no saben a qué atenerse (o eso dicen).

5. Entran en juego otros factores

La OIT añade un matiz importante: los riesgos psicosociales están modulados por la propia percepción del trabajador, así como por su experiencia personal.

6. Es complicado elaborar una estrategia de intervención

Para el resto de factores de riesgo, la intervención suele ser clara y casi siempre suele haber soluciones técnicas adaptadas a cada situación. Sin embargo, un clima hostil en la empresa afecta a la productividad del trabajador y a su propia salud y ¿cómo resolverlo si está en relación directa con la propia concepción y funcionamiento global de la empresa?

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Principales riesgos psicosociales

Derivado de lo anterior, es complejo clasificar los riesgos psicosociales, aunque sí parece haber consenso en torno a los siguientes:

  • El estrés: es el más global porque es una respuesta general a todos los factores psicosociales. La OSHA define el estrés como «un estado que se caracteriza por altos niveles de excitación y de respuesta y la frecuente sensación de no poder afrontarlos». Cuando esta situación se cronifica, se produce el desgaste profesional o burnout.
  • La violencia laboral: se refiere a la violencia ejercida desde una posición de poder contra una persona o un grupo en un ámbito relacionado con el trabajo. En general existen dos tipos de violencia: la física y la psicológica.
  • El acoso laboral: está estrechamente relacionado con un mal clima en la empresa y un comportamiento negativo entre compañeros de trabajo, incluidos los superiores o directivos.
  • El acoso sexual: existen dos principales tipos: el quid pro quo o chantaje sexual y el producido por un ambiente hostil.
  • La inseguridad contractual: se trata de una preocupación constante derivada de la inestabilidad del trabajo y de las condiciones cambiantes del mismo.
  • El conflicto familia-trabajo: se manifiesta con dos vertientes: familia-trabajo y trabajo-familia.

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¿Me pueden obligar a hacer cursos y formación fuera de mi jornada laboral?

Hay casos en los que el trabajador no se puede negar, pero la empresa tiene la obligación de compensar algunas situaciones.

 

Con respecto a la formación obligatoria, la empresa, efectivamente, basándonos en el poder de dirección y organización, puede obligar a sus empleados a asistir a cursos relacionados con las funciones del puesto de trabajo, y cuyo contenido forme parte de los cometidos y de la clasificación profesional de sus trabajadores.

Igualmente, en los casos en los que la formación que vayan a recibir los trabajadores sea en materia de prevención de riesgos laborales, al tratarse de una obligación exigida por la ley, los empleados no podrán negarse.

En concreto, el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que «el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva».

En ese sentido, en los supuestos en los que el trabajador se niegue a asistir, podrá ser sancionado por desobediencia, que en algunos supuestos y dependiendo del convenio aplicable, puede dar lugar a una falta grave tipificada con suspensión de empleo y sueldo.

No obstante, hay que señalar que, siempre que la empresa obligue a sus empleados a asistir a un curso de formación, o si dicha formación tiene por base la Ley de Prevención de Riesgos laborales, tanto la ley como nuestros tribunales entienden que el tiempo invertido en formación deberá computarse como horas efectivamente trabajadas.

En definitiva, la formación obligatoria deberá efectuarse preferiblemente dentro de la jornada laboral. En los supuestos en los que no resulte posible que se imparta dentro de la jornada laboral, las horas impartidas en la formación computarán como horas trabajadas y se deberán compensar bien con horas de descanso, bien deberán ser abonadas al trabajador como horas extras.

También, sí la actividad formativa no tiene lugar en la sede de trabajo del empleado, la empresa deberá asumir los costes ocasionados por asistir al curso como desplazamiento. De la misma manera, la empresa también deberá compensar el tiempo de desplazamiento y las horas en que el trabajador haya excedido su jornada, en los supuestos en los que el curso se alargue más allá de su horario.

Por último, cuando la formación no es obligatoria, sino que es el propio trabajador quien voluntariamente y sin imposición de la empresa, pretende realizar una actividad formativa, en ese caso dicha actividad formativa deberá efectuarse fuera de la jornada laboral, y de realizarse durante la jornada laboral, deberá ser con consentimiento de la empresa y la empresa le podrá exigir al trabajador, posteriormente la recuperación de las horas invertidas en formación.

CURSOS DE FORMACIÓN OTOÑO 2022.

CURSOS DE FORMACIÓN OTOÑO 2022.

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CURSOS DE FORMACIÓN OTOÑO 2022.

Dentro del programa de colaboración entre el Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) y la Fundación Rosa Luxemburgo. El SAT de Granada pone a disposición de sus afiliados, simpatizantes, secciones sindicales, etc. la participación en los CURSOS DE OTOÑO 2022. Estos cursos formativos son la continuación de los Cursos de Verano ya impartidos..

Los talleres de capacitación adaptarán el programa a sus realidades territoriales y del grupo de

participantes en particular, basándonos en el planteamiento de contenidos siguiente:

– Normativa laboral, social, REASS, de extranjería y recursos sociales aplicado al campo.

– Derecho sindical, EESS, estructura del SAT y estrategias organizativas y sindicales

– Historia del sindicato, reforma agraria y soberanía alimentaria.

– Andalucismo, género, interculturalidad, proyecto sindical y sociopolítico.

– Para este otoño se editará material formativo correspondiente a cada módulo y territorio, así como cartelería, folletos, vídeos y otro material para su utilización en las campañas y luchas sindicales.

Los CURSOS DE OTOÑO 2022, que se celebrarán el día 25 DE NOVIEMBRE en Granada (calle Cristo de la Yedra, 33 bajo) y en Motril el 11 NOVIEMBRE ( Camino de San Antonio, 17) ocuparán los siguientes contenidos:

  • Ayuda a Domicilio (SAD). En el curso a celebrar en Motril

  • Vigilancia sindical de contratos y respeto a los mismos

  • Normativa laboral y social aplicable desde enero (y marzo) del 2022.

  • Andalucismo, género, interculturalidad, proyecto sindical y sociopolítico del SAT.

  • Secciones Sindicales del SAT. Representación del sindicato y representación unitaria (elecciones sindicales).

Para inscripciones, podéis hacerlo aquí:

Los cursos se impartirán en:

  • GRANADA. (25 de noviembre a las 19, 00 horas)) Calle Cristo de la Yedra, 33 – bajo ( Local del SAT de Granada, Barrio de Cartuja).

  • MOTRIL. (11 de noviembre a las 19, 00 horas) Camino de San Antonio, 17- bajo ( Local del SAT de Motril, junto a la calle Ancha)

SAT Granada.

Unión Territorial.

Secretaría de Formación.

Calor y accidentes laborales.

Calor y accidentes laborales.

Accidentes laborales

El calor intenso incide en la siniestralidad laboral 

• Es necesario extremar las precauciones y el estricto cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas.
• La prevención no es un coste, es una inversión, por lo que el sindicato exige a las empresas que establezcan protocolos para evitar este tipo de riesgos.
• Las administraciones públicas y a la Inspección de Trabajo deben aumentar la vigilancia en el cumplimiento de la normativa y los convenios colectivos para prevenir estos riesgos laborales

Las altas temperaturas pueden poner en serio riesgo la salud de estas personas, ya que pueden sufrir un accidente laboral. Por ello, el sindicato pide extremar las precauciones y el estricto cumplimiento de la normativa por parte de las empresas, en lo relativo a la prevención de riesgos laborales. Insta especialmente al cumplimiento de la jornada intensiva de verano para aquellas actividades que se desarrollan al aire libre.

Según los datos del Ministerio de Trabajo, en el año 2017 sólo se registraron 90 accidentes por calor e insolación, 2 de ellos fueron mortales. Unos datos que reflejan una clara infranotificación de este tipo de accidentes que debe ser corregida, para que se puedan prevenir.

El SAT insiste en la necesidad de tomar todas las medidas oportunas que eviten que se produzcan accidentes de trabajo. Para ello, es importante que los trabajadores y trabajadoras estén formadas e informadas sobre los riesgos existentes en sus puestos de trabajo, así como de las medidas preventivas que se han de aplicar. La prevención no es un coste es una inversión, por lo que exigimos a las empresas que establezcan protocolos para evitar este tipo de riesgos.

Además, el SAT exige a las administraciones públicas y a la Inspección de Trabajo que extremen la vigilancia en el cumplimiento de la normativa y los convenios colectivos en relación con la prevención de estos riesgos laborales.

Recuerda:

Alcanzando los 40,6 °C, un golpe de calor puede causar la muerte en un 25% de los casos

• El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) define el estrés térmico por calor como “la carga de calor que los trabajadores reciben y acumulan en su cuerpo y que resulta de la interacción entre las condiciones ambientales del lugar donde trabajan, la actividad física que realizan y la ropa que llevan”.

Las altas temperaturas son un peligro para la salud porque nuestro cuerpo, para funcionar con normalidad, necesita mantener invariable la temperatura en su interior en torno a los 37 °C.  Cuando la temperatura central del cuerpo supera los 38º, ya se pueden producir daños a la salud y a partir de los 40,6 º la muerte.

• La exposición al calor puede causar diversos efectos sobre la salud, de diferente gravedad, tales como erupciones en la piel, edema en las extremidades, quemaduras, calambres musculares, deshidratación, agotamiento, etc. Pero, sin duda, el efecto más grave es el golpe de calor, que se da cuando la temperatura corporal supera los 40,6º, siendo mortal entre el 15 % y 25 % de los casos.

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Para evitar estas situaciones se han de adoptar una serie de medidas preventivas:

• En caso de trabajos a la intemperie, las gorras y las cremas de protección son fundamentales y han de ser facilitadas por el empresario.
• Hidratarse continuamente y realizar descansos a la sombra. Cuando la temperatura corporal aumenta, nuestro organismo trata de reducir los niveles térmicos mediante reacciones como la sudoración. La cantidad de agua que pierde el cuerpo humano es importante, por tanto, mantener el cuerpo hidratado es clave para controlar la temperatura.
• Reducir la exposición al sol en horas en las que hace más calor. Para ello es recomendable adaptar los horarios de trabajo para realizar la mayor carga de trabajo durante las horas en las que las temperaturas del ambiente no son tan elevadas.

Ante un golpe de calor:

• Colocar al trabajador en una zona a la sombra y en un ambiente frío.
• Desvestirlo. Se recomiendan duchas con agua fría (15-18 °C). El agua no debe estar a una temperatura inferior.
• Si el trabajador está consciente, suministrarle agua fría para beber. Si está inconsciente, colocarlo en posición de seguridad, recostado sobre un lateral de su cuerpo, con la cabeza ligeramente ladeada, el brazo inferior atrás, extendido, el superior flexionado hacia adelante y arriba y las piernas flexionadas, más la superior que la inferior.  Otra posibilidad es cubrir el cuerpo con toallas húmedas, cambiándolas con frecuencia y, preferiblemente, en combinación con un ventilador.
• Contactar con un médico y llevar al paciente al hospital lo más pronto posible. A menudo, pueden precisar oxígeno, la administración de suero por vía intravenosa y, algunas veces, medicación.

Algunas de las medidas que deben adoptarse ante las elevadas temperaturas:

  • Proporcionar agua potable en las proximidades de los puestos de trabajo.

  • Planificar las tareas más pesadas en las horas de menos calor, adaptando, si es necesario, los

horarios de trabajo. Hacer más pausas de lo habitual y en lugares frescos.

  • Procurar vestir con ropas amplias, de tejido ligero y colores claros. Proteger la cabeza con gorra o sombrero,

  • Aumentar la frecuencia de las pausas de recuperación.

  • Habilitar zonas de sombra o locales frescos para el descanso de los trabajadores.

  • Evitar el trabajo individual, favoreciendo el trabajo en equipo para facilitar la supervisión mutua de los trabajadores.

  • Informar a los trabajadores sobre los riesgos relacionados con el calor, sus efectos y las medidas preventivas y de primeros auxilios que hay que adoptar.

Centros de trabajo: Adopción de medidas ante la ola de calor

  • Las condiciones ambientales de los centros de trabajo no deben suponer un riesgo para la

seguridad y la salud de sus trabajadores. A estos efectos, en los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse las siguientes condiciones:

  • La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o

similares debe estar comprendida entre los 17 y los 27 grados.

  • Si los trabajadores/as realizan trabajos en movimiento (en almacenes, cadenas de

montaje…), la temperatura de los locales debe estar comprendida entre los 14 y los 25

grados.

Basta de muertes

Si en los centros de trabajo la temperatura es superior a las indicadas, se deberán adoptar

medidas con carácter obligatorio, Por ejemplo:

  • Aparte de instalar sistemas de aire acondicionado o ventiladores, coloque cortinas para

reducir el calor que entra por las ventanas. Esta medida puede adoptarse en oficinas o

despachos

  • En un almacén o un centro de trabajo en el que los trabajadores realicen tareas en

movimiento, habilitar una zona de descanso y con fuentes o garrafas de agua a

disposición de sus trabajadores. La clave es que los afectados se puedan ir hidratando durante su jornada.

  • En todos los casos, pactar jornadas intensivas de trabajo de modo que se evite prestar

servicios en las horas de más calor (al mediodía y primera hora de la tarde).

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Trabajar con calor: ¿qué dice la legislación laboral al respecto?

La temperatura que haya en el lugar de trabajo es importante, ya que el bienestar térmico de los trabajadores es fundamental para el desempeño de sus funciones y para su salud. Durante estos meses de verano es necesario saber que el exceso de calor o el estrés térmico pueden provocar problemas de salud o agravar enfermedades ya existentes (cutáneas, cardiovasculares, gastrointestinales, dolencias respiratorias, epilepsia, insuficiencia renal…). En este artículo te contamos qué estipula la legislación laboral sobre trabajar con calor

 

Durante los días de calor especialmente intenso, el cuerpo humano se ve obligado a hacer un esfuerzo extra para tratar de mantener una temperatura normal (rondando los 37º). Cuando éste supera los 38º grados comienzan los problemas de salud. Por otra parte, las posibilidades de que se produzcan accidentes laborales se ven incrementadas en situaciones de estrés térmico. Es por ello por lo que las compañías deben incrementar y fomentar las medidas y conductas preventivas y seguir los consejos de las autoridades sanitarias.

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Esto establece la legislación laboral para los casos de calor excesivo

Hay una serie de normas a cumplir para evitar que se produzcan accidentes laborales o que los trabajadores desarrollen problemas de salud a causa de calor excesivo en su lugar de trabajo:

  • Los trabajadores/as no deben estar expuestos de manera continuada o frecuente a corrientes de aire que superen una velocidad de 0,25m/s en ambientes no calurosos, los 0,5 m/s en ambientes calurosos (si se trata de trabajos sedentarios) o 0,75 m/s en empleos no sedentarios. En el caso del aire acondicionado, el límite es de 0,25 m/s en trabajos sedentarios y de 0,35 m/s en los demás casos.
  • En los lugares de trabajo cerrados en los que se lleve a cabo empleos sedentarios la temperatura debe estar comprendida entre los 17º y los 27º. Sin embargo, la temperatura en lugares en los que se realicen trabajos ligeros (no sedentarios) entre 14º y 25º. Por otra parte, la humedad relativa deberá estar entre el 30% y el 70% excepto en aquellos lugares en los que haya riesgo por electricidad estática, en cuyo caso el mínimo será de 50%.
  • Por otra parte, también es obligatorio que haya agua fresca disponible para los trabajadores en el lugar de trabajo, según establece el El Real Decreto 486/1997 en su Anexo V.
  • En caso de que sea necesaria, habrá que proporcionar ropa de trabajo ligera, transpirable y de colores claros.
  • La empresa debe informar a sus empleados sobre los riesgos de la exposición al calor y sobre las medidas preventivas, haciendo especial hincapié a aquellos trabajadores que puedan correr mayores riesgos por razón de estado de salud o edad.
  • En caso de que el trabajo se desempeñe al aire libre:
    • La compañía deberá proporcionar de manera gratuita Equipos de Protección Individual: sombrero o gorra, protección solar, gafas de sol…
    • Procurar que el trabajo se realice a la sombra o en interiores (y reducir la temperatura de los mismos).
    • Vigilar que todos los empleados estén aclimatados en función del esfuerzo físico requerido.
    • Contar con lugares de descanso a la sombra y frescos.
    • Permitir los descansos cuando sean necesarios.
    • Modificar la organización y los procesos de trabajo evitando el excesivo esfuerzo físico y evitando las horas más calurosas del día (estableciendo turnos).

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Trabajar con calor: jornadas especiales de trabajo

En cuanto a las jornadas especiales de trabajo, el Real Decreto 1561/95 establece que si la exposición a condiciones ambientales (frío, humedad, calor, lluvia, toxicidad…) constituya un riesgo especial para la salud y sin que sea posible la reducción del riesgo adoptando ciertas medidas, se deberán reducir los tiempos de exposición a dichas condiciones ambientales sin reducción de salario.

Si el convenio colectivo no recoge la manera en la que reducir la exposición a los riesgos ambientales, la empresa y sus empleados deberán llegar a un acuerdo. En caso de que éste no se produzca Inspección de Trabajo deberá elaborar un informe y será la Autoridad Laboral quien establezca los términos.

Curso de Formación Sindical 2021. Motril

Curso de Formación Sindical 2021. Motril

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CURSO MOTRIL 2021

Días en que se imparte: 27, 29 de septiembre y 1 de octubre 2021.

Horario: 18’00 a 21’30 horas. (3 horas y 20 minutos por jornada).

Lugar: Local del SAT de Motril (Camino de San Antonio, 17– 18600 Motril).

Lunes 27 de septiembre :

  1. Historia del Movimiento Obrero.
  2. Derechos laborales básicos. (Paco Cabello).

Miércoles 29 de septiembre :

  1. El contrato de trabajo, la nómina, pago de salarios, etc
  2. Convenio del Campo.
  3. Convenio del Manipulado.
  4. Recursos Sociales ( Néstor Salvador).

Viernes 1 de octubre: Extranjería. (Antonia Franco )

(Durante los tres días se impartirá dinámica de grupos: asambleas, elecciones de representantes).

Recursos: – Carpeta con fotocopias y material didáctico más manual encuadernado de las fichas técnicas y documentos de los cursos.

Proyecciones audiovisuales y pizarra.

Apoyo y traducción en lengua francesa (Irene Bueno).

Merienda, té y refrescos en cada sesión.

Ayuda para el transporte.

Docentes y coordinadores:

  • Organización y logística: Antonio Barrera y Luis Manuel Campos.
  • Apoyo en lengua francesa y pedagogía: Irene Bueno.
  • Abogados/ Relaciones laborales: Antonia Franco, Fran Vázquez, Javier Galech.
  • Docente/formador de formadores: Paco Cabello. (Secretario de acción sindical SAT Granada).
  • Docentes: Antonia Franco (licenciada en Derecho, miembro de Emergencia Frontera Sur) y Néstor Salvador ( Doctor en Historia, militante del SAT).

«Acceso a la investigación académica y pensamiento crítico: Perspectivas militantes»

«Acceso a la investigación académica y pensamiento crítico: Perspectivas militantes»

El próximo jueves 4 de junio a las 18:00 horas tendremos el taller «Acceso a la investigación académica y pensamiento crítico: Perspectivas militantes» organizado desde la sección sindical del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as en la Universidad de Granada. 
Se realizará en formato de video-conferencia y se expondrán algunas claves, consejos e información valiosa para los estudiantes de Grado , Máster y Doctorado con intereses en la investigación académica militante desde una perspectiva crítica. 
Se expondrán las principales vías de acceso a la investigación académica, claves para escoger y construir líneas de investigación, diseño de estrategias de colaboración entre ciencias sociales y movimientos sociales. Además se expondrán algunas experiencias de investigación militante y de acceso a becas y programas universitarios de investigación.
En enlace de la video conferencia se mostrará unas horas antes de la sesión en el grupo de telegram y Facebook «Descolonizar Andalucía». Para más información y dudas para conectarse a la sesión se pueden consultar en el WhatsApp 660093716.
¡Os esperamos el próximo jueves 4 de junio a las 18:00!
¡Instrúyanse, conmuévanse, organícense!

SAT Granada.

Sección Sindical Universidad de Granada

Curso de Mediadores Sindicales para Campo y Manipulado ( Abierto el plazo de inscripción ) .

Curso de Mediadores Sindicales para Campo y Manipulado ( Abierto el plazo de inscripción ) .

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Hasta el día 29 de septiembre está abierto el plazo de inscripción para el curso de Mediadores Sindicales del SAT que se impartirá entre el 1 y el 5 de octubre en el local del SAT de Granada (de 18’00 a 21’00 horas cada día).

El curso es, básicamente, un curso de sindicalismo orientado a trabajadores en general y especialmente a los que trabajan en el Campo y en el Manipulado (almacenes y alhóndigas). En el cartel que figura como ilustración disponéis del correo electrónico y teléfono para inscribiros. El curso es presencial y con un contenido audiovisual y de casos prácticos.

PROGRAMA DEL CURSO DE MEDIADORES SINDICALES
Granada del 1 al 5 de octubre
de 2018.
Lunes 1
Movimiento sindical y sindicalismo agrario en Andalucía. El SOC
–SAT y lucha
de los jornaleros migrantes en Andalucía.
Néstor Salvador (Licenciado en Historia y militante del SAT).
Martes 2
Técnicas de facilitación de grupos. Práctica de dinamización de asambleas y
reuniones.
Daniel Galdeano (profesor de filosofía y militante del SAT Granada).
Miércoles 3
Derechos Laborales Básicos (I). Estatuto de los Trabajadores y Convenios
Colectivos del Campo y Manipulado (almacenes).
El contrato de trabajo. Casos prácticos.
Paco Cabello, sindicalista del SAT.
Jueves 4
Derechos Laborales Básicos (II). La nómina, el finiquito, el despido. Casos
prácticos.
Paco Cabello, sindicalista del SAT.
Viernes 5
Otra forma de trabajo no asalariado: cooperativismo y economía social.
La perspectiva de género en la organización.
Delia McGrath, responsable de formación SAT Granada y Paco Cabello.
Las clases se imparten entre las 18’00 h y 21’00 horas.

TALLER DE FORMACIÓN DE MEDIADORES SINDICALES (Motril, 17 de mayo a 1 de junio 2018).

TALLER DE FORMACIÓN DE MEDIADORES SINDICALES (Motril, 17 de mayo a 1 de junio 2018).

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Conforme al programa y temario que presentamos a continuación, se van a desarrollar entre el 17 de mayo y el 1 de junio el TALLER DE MEDIADORES SINDICALES.

CONTACTOS E INSCRIPCIÓN: SAT. Unión Comarcal Costa-Alpujarra.

satalpujarras@gmail.com

Teléfono: 690651046

Local: SAT-Motril. Calle Doctor Tercedor, 10 – bajo. Barrio La Fabriquilla.

Organizan: SAT y Rosa Luxemburg Stiftung (Brussels Office).

PROGRAMACIÓN

  • JUEVES 17 de Mayo18.00/21h

Movimiento sindical en Andalucía. Agricultura, Migración y Trabajo Rural.

El Soc-Sat, La Vía Campesina y la Soberanía Alimentaria.

  • VIERNES 18 de Mayo18.00/21h

Derecho Laboral (I). Conceptos Básicos. Estatuto de los Trabajadores.

Derechos y deberes. Contratos de trabajo y Nóminas. Casos prácticos.

  • JUEVES 24 de Mayo18.00/21h

Recursos y derechos sociales (salud, educación, vivienda y otros).

La Perspectiva de Género en la organización y en la acción sindical.

  • VIERNES 25 de Mayo18.00/21h

Derecho Laboral (II). Despidos, calificación y efectos. Finiquito.

Reclamaciones de Cantidad y defensa frente a los despidos. Casos Prácticos.

  • JUEVES 31 de Mayo18.00/21h

Derechos básicos en materia de Inmigración y Extranjería.

Técnicas de facilitación de Grupos, dinamización de asambleas y reuniones.

  • VIERNES 1º de Junio18.00/21h

Derecho Laboral (III). Representación sindical y negociación colectiva.

Los Convenios del Campo y del Manipulado de Granada.

  • DOMINGO 10 de Junio11 horas

Evaluación colectiva del taller. Conclusiones y Plan de Trabajo.

Entrega de Diplomas y Fiesta de clausura.

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SAT-SOC

LA ASAMBLEA: UNA HERRAMIENTA DE ORGANIZACIÓN DE LA CLASE TRABAJADORA Taller de formación sindical (Motril, 1 de diciembre de 2017)

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I. ¿Por qué la asamblea?
a) Decidimos nosotr@s, trabajadores y trabajadoras
La base de la lucha sindical debe ser la asamblea. En la medida en que la
asamblea va perdiendo poder, el sindicato dejará de representar los intereses de
los trabajadores y las trabajadoras. La patronal prefiere negociar con unos pocos
dirigentes, burocratizados y alejados de las asambleas. A estos dirigentes, cuando
no responden al mandato de las asambleas, se les puede corromper, sobornar. A la
asamblea de trabajadores y trabajadoras, no. La asamblea es la garantía de que la
organización sindical (dentro de una empresa, en un pueblo, en una comarca, etc.)
responda a los intereses de la clase trabajadora.
b) Participamos en pie de igualdad: tod@s somos una misma clase
Nuestro poder como clase social es un poder colectivo, que sólo lo podemos
ejercer colectivamente. Un@ sól@ de nosotr@s no tiene poder frente al
empresario; pero tod@s junt@s podemos parar la producción, en los invernaderos,
en las fábricas, en los bares y restaurantes, etc. Unid@s podemos hacer que la
sociedad cambie. Pero para actuar unid@s, necesitamos organizarnos
colectivamente, ponernos de acuerdo. La asamblea es la forma de pensar y actuar
colectivamente, como miembros de una misma clase social. En la asamblea tod@s
participamos con voz y voto, y el voto de nadie vale más que el de los demás.
c) Construimos la solidaridad
Pero no basta con tomar acuerdos colectivamente y llevarlos a cabo. Debemos
aprender a ver los problemas de cada trabajador/trabajadora como nuestros
problemas: eso es la solidaridad de clase. Sin solidaridad, es fácil que nos dividan.
En la asamblea, generamos vínculos de solidaridad entre miembros de una misma
clase social. Porque, al hablar cada cuál de sus problemas y preocupaciones, el
resto se puede reconocer en sus palabras. Así, tod@s nos reconocemos como
iguales, como compañeros de trabajo, y de lucha.
II. ¿Cómo convocar la asamblea?
a) Orden del día, fecha, hora y lugar
Para garantizar que todo el mundo va a poder participar en la asamblea en pie de
igualdad, hay que asegurarse del orden del día, la fecha, la hora y el lugar de la
asamblea son conocidos con total claridad por las personas interesadas. El orden
del día son los puntos que se van a tratar, y se presentan en el orden que se van a
tratar. El orden del día que aparece en una convocatoria siempre es provisional,
porque antes del inicio de la asamblea pueden surgir otros temas importantes que
tratar. A continuación, un ejemplo de orden del día:
1. Posición del SOC-SAT ante la firma del nuevo Convenio Colectivo del Campo
2. Asuntos varios
El punto de Asuntos varios se debe incluir al final del orden del día en todas las
asambleas. En él se suelen tratar asuntos sobre los que no hace falta tomar un
acuerdo, pero que es importante que se conozcan.
b) Difusión
Debemos asegurarnos de que la convocatoria (con orden del día, fecha, hora y
lugar) llega a todas las personas a las que nos queremos dirigir). Por ejemplo, si es
una asamblea de la Unión Local del SOC-SAT, deberá llegar a toda la afiliación; o
si es una asamblea del campo de Albuñol, deberá llegar a todas las personas que
trabajan en el campo de Albuñol, estén afiliadas o no. Para eso, podemos utilizar
correos electrónicos, whatsups, carteles para pegar en los espacios públicos, etc.
c) ¿A quién se convoca y cómo?
Pero a veces las convocatorias no funcionan, a pesar de que se ha hecho un
trabajo bueno de difusión. Esto puede deberse a que a quienes estamos
convocando no le interese el asunto de la asamblea. En ese caso, debemos seguir
trabajado para que es@s compañer@s vean porqué es importante acudir a la
próxima asamblea. Pero, otras veces, la convocatoria fracasa porque no hemos
utilizado los medios de difusión y el lenguaje adecuados para comunicarnos con las
personas a las que queremos convocar. Por ejemplo, si hay una parte de la gente
que trabaja en el campo de Albuñol que no tiene acceso diario a internet, y nuestra
convocatoria sólo la hacemos por correo electrónico, sin darnos cuenta estamos
excluyendo a esas personas de la convocatoria, porque no podrán acceder a ella.
Otro ejemplo puede ser si no tenemos en cuenta la lengua en que hablan las
personas a las que nos dirigimos; si hay un grupo de compañer@s en el pueblo
que no habla español, y la convocatoria la hacemos sólo en español, estamos de
nuevo excluyendo a ese grupo de compañer@s. Recuerda porqué es importante la
asamblea: necesitamos la voz de todos y todas, necesitamos la solidaridad de
todos y todas. Sólo así, podremos actuar como una misma clase social

 

asamblea 1

 

III. ¿Cómo funciona la asamblea?
a) Se constituye la mesa
La mesa se constituye al inicio de la asamblea. La mesa está integrada por
alguien que toma acta de los acuerdos de la asamblea, alguien que da turnos
de palabra y, si es necesario, alguien que modere la discusión y ponga orden.
Tomar actas es fundamental para que quede constancia de lo que ha acordado
la asamblea. Eso evita que después pueda haber confusiones (sean
intencionadas o no) sobre lo que hemos acordado, ya que siempre podremos
acudir al acta para comprobar lo que se había dicho. Dar turno de palabra y
moderar es necesario para que la asamblea funcione bien y se puedan llegar a
conclusiones. Si la asamblea es un caos, quienes participen sentirán que están
perdiendo el tiempo. Hay que evitar que esto pase. Además, quien modera
debe velar porque la participación sea equilibrada. Si alguien habla mucho,
mientras hay otros compañeros que no hablan nada, quien modera debe pedirle
al compañero que habla mucho que sea más breve para que el resto pueda
participar. De lo contrario, los acuerdos de la asamblea no recogerán la visión
del conjunto, y eso generará división.
b) Se establece el orden del día definitivo
Después de constituir la mesa, se establece el orden del día definitivo.
Primero, se lee el orden del día provisional (el que había sido incluido en la
convocatoria); luego, se pregunta si alguien quiere incluir algún punto sobre
algún tema importante que haya surgido a última hora. Tras las
modificaciones, si las ha habido, se lee el orden del día definitivo. Por
ejemplo, imagina que el orden del día provisional era:
1. Posición del SOC-SAT ante la firma del nuevo Convenio Colectivo del
Campo
2. Asuntos varios
Pero alguien quiere incluir este punto: Despido de un compañero en la finca de
Fulanico. Entonces, se incluye en el orden del día definitivo, que quedaría así:
1. Posición del SOC-SAT ante la firma del nuevo Convenio Colectivo del
Campo
2. Despido de un compañero en la finca de Fulanico
3. Asuntos varios
c) Discusión y votación sobre cada punto
Una vez establecido el orden del día provisional, se comenzará a tratar
punto por punto, siguiendo el orden del día. El moderador lee cada punto.
Luego, se da paso a la discusión, donde cada cual manifiesta su posición al
respecto. Se acaba tomando un acuerdo de manera democrática; si es
necesario, se vota a mano alzada para tomar la decisión.
d) Escuchar, pedir la palabra, hablar
Por último, para que la asamblea funcione y todos podamos hablar y
escuchar lo que tienen que decir los demás, es muy importante que cada
participante respete el turno de palabra de los demás, sin interrumpir de
ningún modo. Si quieres hablar, debes pedir turno de palabra levantando la
mano, y esperar a que desde la mesa se te de turno. Aunque el moderador
debe velar porque la asamblea transcurra con orden, cada cual somos
responsables de que la asamblea funciones debidamente. La asamblea
somos tod@s.

Nuevo taller del SAT de Mediadores Sindicales en Motril ( 3 de noviembre al 1 de diciembre).

Nuevo taller del SAT de Mediadores Sindicales en Motril   ( 3 de noviembre al 1 de diciembre).

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En los próximos cinco viernes (comprendidos entre el 3 de noviembre y el 1 de diciembre) se van a celebrar en Motril unos cursos de formación para sindicalistas agrarios.

El temario y contenido de los cursos incluye historia del movimiento obrero andaluz, historia de las luchas jornaleras, derecho laboral,  derechos básicos en extranjería e inmigración, negociación colectiva; así como técnicas de facilitación de grupos, organización de asambleas y, por último, recursos sociales (salud, educación, etc.) y perspectiva de género en la lucha sindical y social.

La gran acogida y atención que han tenido los cursos por parte de los trabajadores y trabajadoras agrícolas, probablemente necesitarán de una reedición de estos cursos para el año que viene. De momento, la inscripción está prácticamente completada.

Los cursos, organizados por el SAT y la Fundación Rosa Luxembrg Stiftung (Brussels Office), se desarrollan los próximos viernes de 18 a 21’00 horas en el local del SAT de Motril (La Fabriquilla de Ideas, calle Doctor Tercedor nº 10 de Motril).

Os adjuntamos el programa completo.

TALLER DE FORMACIÓN DE MEDIADOR@S SINDICALES

MOTRIL – 3 NOVIEMBRE/1 DICIEMBRE –

La Escuela de formación de mediador@s sindicales se propone apoyar y favorecer la autonomía, la integración y la mejora de las condiciones sociales y laborales de los trabajador@s rurales y sus familias, en Andalucía.

Objetivos de los Talleres

  • Capacitación teórica y práctica de trabajador@s rurales autóctonos y migrantes en sindicalismo, asociacionismo, derechos básicos, recursos sociales y dinámicas de mediación y dinamización de grupos.

  • Promoción de la defensa individual y grupal de los derechos civiles, sociales y laborales de la población jornalera a través de la auto-organización, la intervención social y la intermediación.

  • Formación de equipos locales de mediador@s y multiplicador@s sindicales y sociales en el medio rural, en distintas zonas agrícolas de Andalucía.

PROGRAMACIÓN

* Viernes 3 de Noviembre.

– 18/21h – Movimiento sindical y sindicalismo agrario en Andalucía. El Soc-Sat. Organización y luchas de los jornaler@s migrantes en Andalucía.

– Agricultura, Migración y Trabajo Rural en Europa.

La Vía Campesina y la Soberanía Alimentaria.

* Viernes 10 de Noviembre.

– 18/21h – Derecho Laboral (I).Conceptos Básicos. Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes. Contratos de trabajo. Modalidades.

– Derecho Laboral (II). Despidos, calificación y efectos. Nóminas y Finiquito. Reclamaciones de Cantidad. Casos Prácticos.

* Viernes 17 de Noviembre.

– 18/21h – Derecho Laboral (III). Negociación colectiva. Los Convenios del Campo y del Manipulado de Granada.

– Derechos básicos en materia de Inmigración y Extranjería.

* Viernes 24 de Noviembre.

– 18/21h – Recursos y derechos sociales (salud, educación, vivienda y otros).

– La Perspectiva de Género en la organización y en la acción sindical.

* Viernes 1 de Dicembre.

– 18/21h – Técnicas de facilitación de Grupos y gestión emocional. Práctica de dinamización de asambleas y reuniones amenas y eficaces.

– Evaluación colectiva del taller. Conclusiones y Plan de Trabajo.