¡No la criminalización de las protestas sindicales!

¡No la criminalización de las protestas sindicales!

no a la criminalización de la protesta social

CUATRO TRABAJADORES SE ENFRENTAN A CINCO AÑOS DE CÁRCEL POR PARTICIPAR EN UN CONFLICTO SINDICAL.

Cuatro trabajadores, entre ellos tres militantes del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) se enfrentan este martes 30 de mayo a sendas acusaciones por parte de la Fiscalía y de la Junta de Andalucía a causa de haber participado en un acto reivindicativo de carácter sindical y que se enmarcó dentro de una campaña por la readmisión de una operaria de la limpieza de la sede de la Delegación de Turismo en Granada de la Junta de Andalucía.

Mientras que la Fiscalía solicita un año y tres meses de prisión, la denunciante Junta de Andalucía pide la pena de 5 años y tres meses, basándose en la comisión de delitos tales como “desórdenes públicos, amenazas y coacciones”, entre otros y con diversas agravantes que trufan el corolario de penas descrito por el letrado del gobierno autónomo referido.

Los hechos por los que han sido denunciados y, finalmente, procesados los trabajadores y trabajadoras, se enmarcan dentro de uno de los múltiples actos realizados en la campaña, de más de un año de duración, que mantuvo el sindicato SAT para conseguir la readmisión de su delegada sindical en la delegación de Cultura del Territorio de Granada, la cual fue despedida por Gustavo Adolfo Rodríguez, a la sazón y por aquellas fechas, delegado territorial del organismo referido.

Tanto a delegada sindical, Vanesa Sánchez Martín , como su hermana María José y los responsables del Sindicato Andaluz, Néstor Salvador y Paco Cabello, se enfrentan a las penas descritas ante el Juzgado de lo Penal n.º 3 de Granada, a las 9, 30 horas en los juzgados de La Caleta.

Para Paco Cabello, acusado en el sumario y secretario de acción sindical del SAT de Granada, “el proceso al que nos enfrentamos constituye un intento más de criminalizar al movimiento sindical alternativo para acallar las protestas y las justas reivindicaciones de trabajadoras que, como Vanesa, se atreven a alzar la voz contra las injusticias y los despidos arbitrarios”.

En el mismo orden de cosas, Cabello ha manifestado que “la designación de figuras como la de Gustavo Adolfo Rodríguez como delegado territorial de Turismo, basadas en el imperio de la partidocracia, constituyen prácticas muy cercanas al nepotismo en las administraciones públicas y da como resultado acusaciones impropias y la búsqueda de criminalizar a los trabajadores que defienden sus derechos”.

Desde fuentes del Sindicato Andaluz, se confía en que “todas las acusaciones presentadas, tanto por la Fiscalía como por el letrado de la Junta, se verán aclaradas y desmotadas en el juicio oral previsto, con el resultado de la absolución de todos los acusados”.

Granada, 29 de mayo del 2023.

SAT Granada.

Secretaría de Prensa e Información

(Más información en el 693854017)

Homenaje a Cipriano Martos (Huétor Tájar, 3 de junio).

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Cipriano Martos Jiménez (Huétor Tájar, 9 de diciembre de 1942 – Reus, 17 de septiembre de 1973), fue un obrero y sindicalista andaluz activo militante antifranquista. Murió víctima de las torturas que padeció durante el interrogatorio al que fue sometido en un cuartelillo de la Guardia Civil por el teniente Braulio Ramo Ferreruela.

En 1973 fue detenido por la Guardia Civil en su lugar de trabajo por haber participado en un reparto de propaganda y realizado pintadas en la localidad de Igualada (Barcelona). Su detención se realizó como parte de una redada en la que también fueron detenidos Pascual Carrilero y Rafael Falcón, trabajadores de Reus, y Mª Teresa Feliu, Joan Miró, Ignasi Carnicer, Joaquim Masdéu y Joan Domingo, de La Selva del Camp (Tarragona).

Después de dos días de intensos interrogatorios y torturas sin delatar a nadie, el 27 de agosto la Guardia Civil le hizo beber el denominado «cóctel de la verdad», una corrosiva combinación de ácido sulfúrico y gasolina. El mismo día y ante su estado gravísimo, los responsables de su muerte lo llevaron al Hospital de San Juan de Reus, donde fue atendido por varios médicos. Ligeramente recuperado, el 29 de agosto lo presentaron delante del juez, que no pudo tomarle declaración debido a la gravedad de sus lesiones. El 17 de septiembre de 1973, diecinueve días después, con el aparato digestivo destruido, Cipriano murió, entre terribles padecimientos, a causa de una hemorragia interna, según consta en la partida de defunción.

Durante los veinte días que Cipriano Martos pasó agonizando en el hospital, en la sala de beneficencia, estuvo vigilado en todo momento por la Guardia Civil. Su madre y uno de sus hermanos intentaron verlo, pero se lo impidieron los sicarios de la ley; las súplicas de la madre fueron respondidas con insultos y patadas. Martos fue enterrado en secreto el 20 de septiembre de 1973 en una fosa común del cementerio de Reus, propiedad del Ayuntamiento. Allí, el PCE (m-l) le erigió una losa de mármol. Apenas unas líneas en la prensa clandestina y alguna referencia en medios internacionales salvaron a Cipriano del olvido más absoluto.

En 2014, Antonio Martos, uno de los hermanos de Cipriano, interpuso una querella por este asesinato ante un juzgado argentino a cargo de la juez María Romilda Dervini y el 30 de agosto de 2016, por orden de dicha juez, el juzgado n.º 4 de Sabadell tomó declaración a Antonio Martos en el marco de la “querella argentina contra los crímenes del Franquismo”.

En 2018 el historiador Roger Mateos publicó un detallado trabajo sobre la tragedia de Cipriano Marcos titulado Caso Cipriano Martos: vida y muerte de un militante antifranquista (Barcelona, Editorial Anagrama).

El 22 de febrero de 2023 se dio a conocer que los análisis de ADN y antropológicos realizados al cuerpo número 41 de la fosa 11-67 norte del cementerio de Reus, exhumado el 10 de enero del mismo año, confirmaban que se trata de Cipriano Martos.

Este sábado 3 de junio, desde las 10, 00 horas y en la CASA DE LA CULTURA de Huétor Tájar, se celebrará la ceremonia de inhumación de sus restos (Se ha cambiado el primer lugar previsto por amenaza de lluvia).

Desde la Unión Territorial del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT), invitamos a todos los y las trabajadoras conscientes a que participen en el citado homenaje.

Finalmente, los restos de Cipriano volverán a su pueblo, del que fue arrancado por la falta de un futuro en Andalucía y la tierra del Poniente Granadino, con su levedad, le resarcirá de las fatigas pasadas.

Verdad, Justicia y Reparación.

Por la Unión Territorial del SAT de Granada.

El portavoz.

Paco Cabello.

(El acto está convocado por la Asamblea Andaluza Memorialista, Verdad, Justicia y Reparación y el SAT).

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Las Pastelerías EL SOL no respetan los derechos de los trabajadores.

Las Pastelerías EL SOL no respetan los derechos de los trabajadores.

EL SOL NO RESPETA LOS DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS(2)

CONCENTRACIÓN LUNES 22 DE MAYO A LAS 10, 00 HORAS (Alhamar, 23).

La, ya muy veterana, pastelería El Sol (fundada en 1917 y con diversos establecimientos en Granada), no respeta los derechos de sus trabajadores y trabajadoras.

Falta de respeto en cuanto a los descansos semanales y su turnicidad, pago por debajo del convenio, a lo que se suma el no compensar los días festivos trabajados, no avisar de los turnos de trabajo semanales hasta unas horas antes, etc. forman parte del largo corolario de incumplimientos por parte del propietario de la empresa, Luis Castillo Fernández.

Pese a todo esto, hay trabajadoras que se rebelan y exigen sus derechos a través de la sección sindical del SAT en la empresa y, estas, son amenazadas y castigadas de mil y una formas.

Es por ello que el próximo lunes 22 de mayo vamos a comenzar a concentrarnos ante las diversas sucursales de la empresa, exigiendo que se respete la ley, se termine con los abusos y se acaben las amenazas.

¡ Trabajo sí, pero con derechos!

¡ Basta de abusos!.

¡Basta de caciques y de incumplidores!

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Listado de sucursales de Pastelerías El Sol

Alhamar 23

C/ Alhamar 23, Granada

+34 958 258 127

Constitución 22

Avda. Constitución 2, Granada

+34 858 959 675

Puerta real

Puerta Real 2, Granada

+34 958 262 560

Alhóndiga

Plaza Campo Verde 1, Granada

+34 627 283 372

Mujer trabajadora: tres nuevos supuestos por I.T.

Mujer trabajadora: tres nuevos supuestos por I.T.

El 1 de junio entrarán en vigor tres nuevos supuestos de incapacidad temporaltd p { background: transparent }h3 { margin-top: 0.25cm; margin-bottom: 0.21cm; background: transparent; page-break-after: avoid }h3.western { font-family: «Liberation Serif», serif; font-size: 14pt; font-weight: bold }h3.cjk { font-family: «DejaVu Sans»; font-size: 14pt; font-weight: bold }h3.ctl { font-family: «Noto Sans Devanagari»; font-size: 14pt; font-weight: bold }h4 { margin-top: 0.21cm; margin-bottom: 0.21cm; background: transparent; page-break-after: avoid }h4.western { font-family: «Liberation Serif», serif; font-size: 12pt; font-weight: bold }h4.cjk { font-family: «DejaVu Sans»; font-size: 12pt; font-weight: bold }h4.ctl { font-family: «Noto Sans Devanagari»; font-size: 12pt; font-weight: bold }p { margin-bottom: 0.25cm; line-height: 115%; background: transparent }a:link { color: #000080; so-language: zxx; text-decoration: underline }strong { font-weight: bold }em { font-style: italic }

El próximo 1 de junio de 2023 entran en vigor tres nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal: baja por reglas incapacitantes, aborto (interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo) y situación de IT a partir de la semana 39 de embarazo.

¿En qué consiste cada medida y quién pagará la prestación?

Las medidas se establecen dentro de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Son en concreto las siguientes:

Baja por menstruación incapacitante

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Se crea una incapacidad temporal especial en caso de menstruación incapacitante secundaria.¿Qué se entiende por menstruación incapacitante secundaria? La Ley la define como “la situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada”.

Se trata de la menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, o dificultad en la salida de sangre menstrual de cualquier tipo, pudiendo implicar síntomas como dispareunia, disuria, infertilidad, o sangrados más abundantes de lo normal, entre otros.

«Se trata de la menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis» (Foto: E&J)

El apartado 4 del artículo 144 de la LGSS pasará a tener la siguiente redacción:«La obligación de cotizar continuará en la situación de incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa, incluidas las situaciones especiales de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo, sea voluntaria o no, y gestación desde el día primero de la semana trigésima novena; en la de nacimiento y cuidado de menor; en la de riesgo durante el embarazo y en la de riesgo durante la lactancia natural; así como en las demás situaciones previstas en el artículo 166 en que así se establezca reglamentariamente.Se modifica el art. 173 de la LGSS para incluir (entre otros cambios) la siguiente redacción:«En la situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria prevista en el párrafo segundo del artículo 169.1.a) el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo».Hay que recordar en este sentido que actualmente, en caso de baja por IT, los tres primeros días de la baja (a salvo de lo que disponga el convenio colectivo) corren a cuenta del trabajador (es decir, que la empresa los puede descontar del sueldo). Por tanto, se configura como una situación especial de IT puesto que estará cubierta desde el día uno de la baja.

IT especial por aborto

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Se establece una situación especial de incapacidad temporal en caso de interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo.La prestación por incapacidad temporal se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.Entre otros, se añaden dos nuevos párrafos a la letra a) del apartado 1 del artículo 169 de la LGSS y se modifica el apartado 2, que quedan redactados como sigue:«1. Tendrán la consideración de situaciones determinantes de incapacidad temporal:(..) Tendrán la consideración de situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas en que pueda encontrarse la mujer en caso de menstruación incapacitante secundaria, así como la debida a la interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo, sin perjuicio de aquellos supuestos en que la interrupción del embarazo sea debida a accidente de trabajo o enfermedad profesional, en cuyo caso tendrá la consideración de situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales.Por su parte, se modifica el artículo 173 de la LGSS, que quedará redactado como sigue:(…) «En la situación especial de incapacidad temporal por interrupción del embarazo prevista en el mismo párrafo segundo del artículo 169.1.a), (….) el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja».

IT especial a partir de la semana 39 de embarazo

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Se considerará situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la de gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena (39) de embarazo.Así se establece en la modificación del art. 169.1 de la LGSSSe establece lo siguiente (modificación del art. 173 de la LGSS):En la situación especial de gestación desde el día primero de la semana trigésima novena de gestación, el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

«El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo» (Foto: E&J)

El subsidio se abonará mientras el beneficiario se encuentre en situación de incapacidad temporal.No obstante, en la situación especial de incapacidad temporal a partir de la semana trigésima novena de gestación, el subsidio se abonará desde que se inicie la baja laboral hasta la fecha del parto, salvo que la trabajadora hubiera iniciado anteriormente una situación de riesgo durante el embarazo, supuesto en el cual permanecerá percibiendo la prestación correspondiente a dicha situación en tanto ésta deba mantenerse.

Otra novedad: el 1 de abril entra en vigor el nuevo sistema de partes de baja por IT

Nuevas bajas por IT a partir del 1 de junio de 2023

Baja por menstruación incapacitante

Baja por aborto (interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo)

Baja a partir de la semana 39 de embarazo

Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, entre otros.

Se considera como “incapacitante” aquella situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada.

Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la debida a la interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo.

En caso de supuestos en que la interrupción del embarazo sea debida a accidente de trabajo o enfermedad profesional, tendrá la consideración de situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales.

 

Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes en caso de gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena de embarazo.

 

 

El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo.

 

La incapacidad temporal se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo,

La empresa deberá abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

 

El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.

La empresa deberá abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja .

El subsidio se abonará desde que se inicie la baja laboral hasta la fecha del parto, salvo que la trabajadora hubiera iniciado anteriormente una situación de riesgo durante el embarazo, supuesto en el cual permanecerá percibiendo la prestación correspondiente a dicha situación mientras ésta deba mantenerse.

Se modifican los arts. 144.4, 169, 172 y 173 de la LGSS con efectos desde el 1 de junio de 2023.

A lo anterior se suma que el próximo 1 de abril entra en vigor el nuevo sistema de gestión de los partes de baja por incapacidad temporal que supone, entre otros, el fin de la obligación de los trabajadores de entregar el parte de baja a su empresa.La norma establece estas cuatro novedades (RD 1060/2022, de 27 de diciembre):

        1. El trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja

Las personas trabajadoras ya no tendrán que entregar el parte de baja y/o de alta a sus empresas.

        1. Comunicación entre empresa y Administración

Los actuales medios electrónicos permiten la puntual comunicación a la empresa, directamente por la administración, de la expedición de los partes médicos. Por tanto, se realizará la comunicación directa entre empresa y la Administración.

        1. Revisiones médicas

En cualquiera de los procesos de IT, el médico podrá fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al indicado en cada caso.

        1. Procesos en curso

El RD se aplicará a los procesos que a fecha 1 de abril (fecha de entrada en vigor) se encuentren en curso si no han superado los 365 días de duraciónEn este sentido, la Seguridad Social ha aclarado (vía boletín del Sistema RED) que cuando entre en vigor la medida, la forma que tendrán las empresas de recibir los datos relativos a los partes médicos de IT será a través de los Ficheros INSS Empresas -FIE y FIER- que permiten conocer a diario a cada empresa la situación de sus trabajadores respecto de las prestaciones de Seguridad Social que puedan generar.Además, las empresas únicamente deberán remitir al INSS los datos económicos (bases de cotización, CCC, etc.) en los partes de baja y, siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa vía FIE/FIER. BNR 2/2023.Se suprime, por tanto, la obligación de las empresas de transmitir información al INSS en los sucesivos partes de confirmación y de alta que el Servicio Público de Salud o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social pueda expedirle al trabajador durante su proceso de IT.

Nuevos modelos de partes de baja

La Orden ISM/2/2023, de 11 de enero establece los nuevos modelos de aprtes de baja y alta aplicables a partir del 1 de abril de 2023.

Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

    Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 356 de su duración (BOE de 5 de enero de 2023)

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.Orden ISM/2/2023, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración

¡SALGAMOS A LA CALLE A REIVINDICAR UN SALARIO DIGNO!

¡SALGAMOS A LA CALLE A REIVINDICAR UN SALARIO DIGNO!
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¡SALGAMOS A LA CALLE A REIVINDICAR UN SALARIO DIGNO!
Con una inflación interanual del 6,1% en 2021 y del 5,9% en 2022, CCOO y UGT han firmado un acuerdo con los empresarios para una subida del 4% en 2023, del 3% en 2024 y del 3% en 2025.
CCOO y UGT llevan más de un año anunciando movilizaciones para obligar a la patronal a aumentar los salarios, pero, una vez más, han firmado un pacto con unas subidas inferiores a la inflación y que ni siquiera obliga a los empresarios a respetar estas subidas.
Una nueva traición a la clase trabajadora, ya que no termina con la recuperación de
poder adquisitivo por el que estos «sindicatos» decían luchar el pasado 1° de mayo.

La patronal y CCOO.UGT han alcanzado un preacuerdo por el que se recomienda una subida general mínima de los salarios para los próximos tres años. Este aumento pactado por Unión General de Trabajadores (UGT), Comisiones Obreras (CCOO) y Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) sería del 4% en 2023 y del 3% para los años 2024 y 2025.

Además, se añade una cláusula de revisión con alzas de hasta el 1% adicional en caso de que la inflación supere estos incrementos. El pacto, en cualquier caso, debe ser ratificado por los órganos de gobierno de los agentes sociales el próximo lunes. Con estas negociaciones, lo que se busca es un nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). Un documento suscrito por empresarios y sindicatos, que sirve de guía para que empresas y comités de España negocien las subidas salariales.

La subida acordada por patronal y sindicatos se encuentra bajo los mínimos que pedían los representantes de CCOO y UGT. Estos solicitaban un incremento del 13,84% de 2022 a 2024: un 5% para el pasado año, un 4,5% para 2023 y un 3,75% para 2024. Además de esto, unas cláusulas de revisión que dependerían de la situación económica de las empresas, que sería medida basándose en la evolución de su margen de beneficios.

1 de Mayo 2023 Galería fotográfica.

1 de Mayo 2023 Galería fotográfica.

Aquí ponemos a vuestra disposición este reportaje fotográfico de la manifestación de los sindicatos alternativos y combativos este 1º de Mayo.

(Fotos: SAT Granada).

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1 de Mayo: Juntas pasamos a la acción.

1 de Mayo: Juntas pasamos a la acción.

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Otro primero de mayo, otra jornada de luchas y reivindicaciones.
Nuestro lema de este año pide unidad para pasar a la acción y romper con todo aquello que
nos aboca a una vida de miseria y precariedad; a una vida de violencias contra la clase
trabajadora en su conjunto, especialmente cruel contra las mujeres y contra las personas
migrantes.
En esta unión, tenemos unos objetivos concretos que lograr, un horizonte de lucha que nos
marca el camino a seguir para avanzar juntas, unidas. Y no queremos conformarnos con
defender lo conseguido por las luchas previas, queremos llegar más allá.
Nos unimos para que Granada sea una ciudad en la que merezca la pena vivir, donde las
vecinas no tengan que ser expulsadas de sus barrios vendidos al turismo. Nos unimos por
una Granada verde, que cuide sus ríos, sus árboles, su Vega y en la que políticos y
empresas no especulen con el suelo que pisamos y que urgentemente clama que lo
protejamos. Estamos juntas por una Granada que defienda sus servicios públicos, que
desde años están siendo vendidos al mejor postor. Sumamos nuestro grito a las sanitarias y
granadinas que llevan meses haciendo huelga para defender la sanidad de todas; lo
sumamos a la comunidad educativa que pide menos ratios en las aulas para defender la
calidad en la enseñanza de nuestras niñas y niños, a las del personal laboral de todas las
administraciones dependientes de la junta, que conviven diariamente con la falta de
personal y condiciones de precariedad, a las reivindicaciones, en definitiva, de unos
Servicios Sociales Públicos, dignos y de calidad; a las luchas de las trabajadoras de la
hostelería, de las camareras de piso y de los trabajadores y trabajadoras del Campo de Granada, que diariamente sufren en sus sectores las diversas caras de la explotación
empresarial, . Nos unimos por una Granada orgullosa de la diversidad de la clase
trabajadora, que encuentra en ella fuerza y motor de cambio frente a quien nos quiere de
vuelta a los armarios. Estamos juntas por una Granada feminista, pues es de sobra
conocido que los momentos de crisis, nos golpean más duramente a las mujeres. Juntas
por una Granada que acoja a quien venga de fuera y por supuesto, una Granada en la que
no le falte luz a ningún barrio.
Desde los sindicatos de base CGT, CNT, SAT y USTEA trabajamos para que la clase
trabajadora no demos un paso atrás, y así lo demuestran nuestras pequeñas y grandes
victorias sindicales.
Queremos defendernos de las violencias que genera la mercantilización de nuestras vidas.
Las violencias que generan la falta de vivienda, la degradación de los servicios públicos, el
aumento de los precios, la crisis climática, o la violencia en su estado más puro: la que
encarna la guerra.
Queremos ser parte de un proceso colectivo que permita a cada individuo desarrollarse de
forma libre y plena. Queremos tener nuestro trabajo, nuestro futuro, en nuestras manos, ser
las dueñas de nuestras vidas y disfrutarlas alejadas de la lógica mercantil del capitalismo.
Y para eso debemos estar unidas
¡Juntas, pasamos a la acción!
Unidas en la lucha de la clase trabajadora

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Renta 2022: en qué casilla de la renta se pone la cuota sindical

Renta 2022: en qué casilla de la renta se pone la cuota sindical

Renta 2022: en qué casilla de la renta se pone la cuota sindical

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/campana-renta-2022/calendario-campana-renta-2022.html

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Cómo añadir las cuotas sindicales en la declaración de la renta

Para añadir los pagos a sindicatos, sirven los recibos bancarios como justificantes, aunque es habitual recibir un certificado con la totalidad del pago efectuado. Hay que poner la cantidad a deducir en el espacio reservado a “Cuotas satisfechas a sindicatos” del IRPF dentro del apartado gastos deducibles de los “Rendimientos del trabajo”.

Recuerda que Hacienda, por defecto, no indica la cantidad abonada a los sindicatos en el borrador, por lo que es más sencillo de añadir.

Casilla en la que se añaden los pagos a sindicatos

La casilla en la que se añaden los pagos realizados a sindicatos es la casilla 14: Cuotas satisfechas a sindicatos.

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Vídeo: Cómo añadir las cuotas sindicales en el IRPF

En este vídeo de la Agencia Tributaria puede verse cómo añadir las cuotas sindicales en la declaración de la Renta. Aunque sea del ejercicio 2021, no ha cambiado la casilla.

26 de abril Elecciones Sindicales PDI (UGR). Programa del SAT.

26 de abril Elecciones Sindicales PDI (UGR). Programa del SAT.

LÍNEAS PROGRAMÁTICAS BÁSICAS DEL SAT-PDI

PINCHA AQUÍ PARA DESCARGAR Líneas programáticas básicas del SAT – PDI

por una universidad 100%pública(6)

1. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD SIN PRECARIEDAD LABORAL

Desde el SAT luchamos por mejorar las condiciones laborales, especialmente del sector del PDI más precarizado, algo que pasa, entre otras cosas, por acabar con la discriminación salarial que viene sufriendo el PDI laboral temporal, ¡a igual trabajo, igual salario! Como medidas prioritarias consideramos que:

– TODO el personal laboral temporal (predoctorales, profesorado asociado y profesorado sustituto interino) tiene derecho a la retribución de TODOS los complementos salariales: trienios, quinquenios y sexenios. Esta situación no es arbitraria, responde al acuerdo llegado entre las universidades y los sindicatos mayoritarios en el convenio colectivo del personal docente e investigador de 2008, convenio en el que se acordó dejar fuera de dichos complementos al personal laboral temporal, algo que se ha ganado ya en el juzgado y que la UGR continúa sin reconocer.

– Deben convocarse de nuevo los complementos autonómicos. Es sangrante que haya PDI que no haya tenido la oportunidad de solicitarlos, generándose así una clara desigualdad salarial.

– No puede descontarse la cuota patronal del sueldo bruto de los investigadores (caso de los contratos Margarita Salas). La cuota patronal debe ser asumida íntegramente por la UGR.

– El sueldo del PAD debe equipararse al de PCD y TU. A igual trabajo, igual salario. De igual forma exigimos la equiparación salarial de los distintos contratos postdoctorales de similares requisitos y dedicación.

– El PDI interino y asociado debe tener un salario correspondiente a la figura de máximo rango de PDI a la que esté acreditado. Además, debe aplicarse también el complemento de doctorado.

– Debe mejorarse el proceso de contratación de personal sustituto para acabar con los abusos del plan de sustitución. Una baja de larga duración debe conllevar, necesariamente, la contratación de personal sustituto y no hacer recaer su carga docente en el resto de personal del departamento. Asimismo, es necesario contar con una bolsa de personal de sustituciones previamente evaluado para poder agilizar los procesos de sustitución.

– Debe permitirse al PSI participar en proyectos de investigación para no mermar así el desarrollo de su carrera investigadora.

– Hay que acabar con los abusos de la figura de PSI: Todas las plazas de PSI que actualmente están cubriendo necesidades docentes estructurales (que no son sustituciones reales) deben salir a concurso de PCD o TU con una plaza fija.

– Promoción por acreditación: El paso de una categoría a otra debe ser considerada como promoción interna (automática con la acreditación correspondiente), y no dotación de nuevas plazas.

– Espacios de trabajo dignos: No podemos permitir que se contrate a personal investigador (pre o postdoctorales) y no se les asigne siquiera un espacio de trabajo ni de las herramientas necesarias para desempeñar su labor. La UGR tiene que garantizar un espacio de trabajo digno y unas herramientas de trabajo eficaces (ordenadores, infraestructura…) para todo el personal contratado.

– Reivindicaremos el pago de horas extraordinarias al PDI que tenga que trabajar en sábado por exámenes o cualquier otra actividad.

– Lucharemos por impulsar el plan propio y las medidas de estabilización y promoción de la investigación que en él se contemplan.

2. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD FEMINISTA

Seguimos con un alto grado de ‘techos de cristal’ en la UGR, pero también de ‘pies de barro’. Desde el SAT luchamos por una Universidad netamente feminista, por lo que:

– Exigimos un plan de conciliación de obligado cumplimiento para todos los departamentos. La conciliación laboral no puede dejarse en manos de la buena voluntad de la dirección de los departamentos o decanatos de turno. El personal con personas a su cargo tiene que tener prioridad en la elección de horarios y estos han de modificarse si así lo solicitan.

– Seguimos luchando por la creación de escuelas infantiles públicas y salas de lactancia en los campus de la UGR como así tienen en otras universidades andaluzas, elemento básico para la conciliación.

– Establecimiento de plazos temporales concretos para la investigación y resolución de las denuncias de acoso. No pueden mantenerse en el mismo espacio laboral/docente a quien denuncia una situación de acoso y a la persona acosadora. La defensa de la víctima debe ser prioritaria.

– Reivindicamos también un plan de formación en igualdad obligatorio para toda la plantilla que se incorpore a la UGR así como del personal contratado ya existente.

3. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD 100% PÚBLICA

Desde el SAT nos oponemos a la mercantilización de la educación y defendemos una Universidad 100% pública, gratuita y al servicio de la Universidad.

– Lucharemos para recuperar los servicios privatizados que no sirven sino para generar aún más precariedad laboral: sangrante es la reciente privatización de los servicios de limpieza condenando precisamente al eslabón más débil de nuestra Universidad a unas condiciones laborales peores.

– Queremos una Universidad 100% pública, lo cual implica que todos los servicios necesarios sean también públicos: reprografía, cafeterías, comedores, ludotecas, limpieza, informática.

– Fuera los bancos de la Universidad: El espacio de la UGR debe estar al servicio de la comunidad universitaria y de la sociedad, no de las entidades bancarias privadas que sólo buscan el lucro particular.

Echemos a los bancos de la Universidad y recuperemos nuestros espacios.

4. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD 100% DEMOCRÁTICA

Queremos una Universidad democrática, crítica, implicada en la sociedad y activa.

-Reducción y limitación de los cargos de libre designación rectoral. Este tipo de cargos crea una administración cada vez más clientelar e ineficaz, además de tener un alto coste económico.

– Que la Universidad vuelva a ser un espacio abierto a la sociedad y el tejido asociativo de Granada. Basta de negar aulas o exigir tasas para ceder espacios a las asociaciones granadinas para organizar charlas o mesas redondas. Basta de quitar tablones de anuncios y de exigir sellos decanales para poder pegar carteles.

Queremos una universidad crítica, dinámica, con un estudiantado activo y participativo, y una universidad orientada y volcada a la sociedad, no a la empresa. Pero ello no es posible si se limita y dificulta el debate crítico, si no se permiten pegar carteles, si la universidad le da la espalda a toda iniciativa que no pueda (o esté dispuesta) a pagar elevadas tasas para alquilar aulas como viene sucediendo en los últimos años.

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Desconvocada la huelga en los Hoteles Occidental y Barceló Granada Congress

Desconvocada la huelga en los Hoteles Occidental y Barceló Granada Congress

Desconvocada la huelga de camareras de pisos prevista en Semana Santa en los hoteles Occidental y Barceló Granada Congress.

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La huelga prevista y convocada para los días 6, 7 y 8 de abril próximos para las camareras de pisos de la empresa LINTON GREY, ha sido desconvocada tras el acuerdo alcanzado por las delegadas de personal de las trabajadoras de los hoteles Occidental y Barcón Granada Congress con la empresa.

Tras más de tres horas de negociación mantenida en dependencias del Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos (SERCLA) la parte social y la empresa LINTON GREY (Grupo OPERHOTELS), firmaron un acuerdo de carácter ejecutivo en virtud del cual se aplicará el 100% del Convenio de Hostelería de Granada a las trabajadoras, cuyas representantes legales han sido expresamente reconocidas como interlocutores válidos

Además de la aceptación de las condiciones laborales del Convenio provincial de la Hostelería de Granada, en el citado acuerdo se ha acordado explícitamente:

  1. Vacaciones:se disfrutarán de conformidad con el citado convenio y para el año 2023 se acuerda que los quince días de verano que se han comunicado se aumenten a 18 días naturales-

  2. Abono del plus de manutención: La empresa asume el compromiso de abonar et plus de manutención a partir de la nómina de abril de 2023 y abonará los atrasos derivados de este plus en la nómina de junio de 2023. Estos atrasos se abonarán con carácter retroactivo desde eldía de la fecha de alta en Seguridad Social por parte de Linton Grey S.L.

c) Cargas de trabajo: Empresa y Representación Legal de las Trabajadoras procederán a elaborar un estudio sobre la carga de trabajo en los centros de trabajo de Granada y, una vez realizado, se mantendrá una reunión vinculante para su definitiva aplicación.

d) Control horario: La empresa trasladará de forma mensual a las trabajadoras los partes de trabajo, así como el registro diario de jornada. Estos datos serán igualmente comunicados a la representación legal de las trabajadoras, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.

e) Las partes constituirán el Comité de Salud Laboral en el plazo de un mes desde la firma del acuerdo alcanzando el 30 de marzo del 2023.

Tras el acuerdo alcanzado, el Sector de Hostelería y Turismo del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT), felicita al conjunto de las trabajadoras de ambos centros hoteleros y, en especial, “a las compañeras del SAT que ostentan la representación legal de sus compañeras, las cuales han peleado de manera ejemplar hasta alcanzar un acuerdo que significa un hito más en la lucha de las camareras de pisos en el reconocimiento total y efectivo de sus derechos”.

Secretaría de prensa e información del SAT de Granada

(Más información en 693854017 y 690131067)