1º DE MAYO, EL SAT CONVOCA Y CONCURRE EN LA MANIFESTACIÓN DE LOS SINDICATOS ALTERNATIVOS.

1 DE MAYO DOMINOŚEl Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) convoca y participa junto a USTEA Y CGT en la manifestación que tradicionalmente convocan el sindicalismo alternativo en la capital granadina y que, este año, parte a las 12’00 horas desde la Plaza de Fontiveros en el barrio del Zaidín.

Con el lema “recuperemos los derechos sociales y laborales”, las centrales CGT, USTEA y SAT vuelven a ofrecer una convocatoria alternativa al modelo sindical institucionalizado y caduco de CCOO-UGT. Junto a los tres sindicatos convocantes participarán en la marcha numerosas organizaciones, sectores productivos y empresas en conflicto y lucha, un bloque feminista, la Asamblea Interprofesional y las Marchas de la Dignidad, teniendo todas ellas un papel protagonista y participación real en la convocatoria.

La manifestación finalizará en la Fuente de las Batallas tras recorrer las calles Andrés Segovia, Poeta Manuel de Góngora, Acera del Darro y Fuente de las Batallas (Plaza del Campillo), donde se leerá un comunicado consensuado entre todas las organizaciones participantes e intervendrán representantes de los trabajadores y trabajadoras de empresas en lucha.

Granada, 30 de abril del 2016.

Paco Cabello.

Portavoz Territorial de Granada.

Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT).

El SAT de Granada y la candidatura al Consejo Ciudadano de PODEMOS.

El SAT de Granada y la candidatura al Consejo Ciudadano de PODEMOS.

votoandalucia

Ante las noticias aparecidas en numerosos medios de comunicación relativas a uno de los candidatos a la secretaría general de PODEMOS, desde el Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) hemos de hacer las siguientes precisiones:

1º.- En noticia aparecida en varios medios desde el día 18 de abril figura que el candidato “Antonio Folgoso, afiliado en 2011 al Sindicato Andaluz de Trabajadores en el año 2011”. Esta afirmación por parte de los emisores de la nota informativa es inexacta por incompleta y sesgada.

2º.- Antonio Folgoso mantuvo una relación contractual como abogado para el SAT y estuvo afiliado al sindicato. De la primera se desvinculó unilateralmente tras dos años y, de la misma manera y con posteridad, se dio de baja como afiliado del sindicato el 21 de enero de 2016. Por lo tanto: Antonio Folgoso no está afiliado al SAT.

3º.- Entendemos la necesidad de esta aclaración para contribuir a la limpieza de los “currículos políticos” de los aspirantes a cargos públicos..

4º.- Desde el SAT, organización sindical ampliamente implantada en Andalucía y con un largo historial de lucha por la dignidad y los derechos de los trabajadores/as, abogamos por la completa SOBERANÍA de nuestra tierra como única manera de superar el atraso, marginación y ninguneo que sufrimos los andaluces y andaluzas. Con todos aquellos que marchen por esta senda caminaremos juntos,

Esperando la difusión de la presente nota, aprovechamos para enviaros un saludo.

Granada, 23 de abril del 2018.

Sindicato Andaluz de trabajadores y Trabajadoras (SAT).

Portavoz territorial.

Paco Cabello.

EL SAT Y EL FRENTE DE ESTUDIANTES CONVOCAN UNA CONCENTRACIÓN CONTRA LA PRIVATIZACIÓN DE SERVICIOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

EL SAT Y EL FRENTE DE ESTUDIANTES  CONVOCAN UNA CONCENTRACIÓN CONTRA LA PRIVATIZACIÓN DE SERVICIOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

Hospital Real

 

Desde el Sindicato Andaluz de Trabajadores t Trabajadoras (SAT) y el Frente de Estudiantes exigimos al equipo de Gobierno de la Universidad de Granada, que atienda a la serie de conflictos que hay abiertos tanto en el sector de los trabajadores, como en el de Profesorado interino, como del estudiantado.

Ante el proceso de funcionarización en la UGR, el Sindicato Andaluz de Trabajadores exigimos una consulta con garantías para el personal laboral de la Universidad de Granada. Estamos seguros de que la mayoría ellos de están en contra de la funcionarización.

 Al PAS no nos supone ninguna mejora, además perdemos todos los derechos que hemos ido adquiriendo a través del tiempo con nuestra experiencia laboral.

 Esto se hace con la complicidad de la mayoría del Comité de Empresa y nosotros visualizamos que se está atentando en contra de los derechos de las personas que nos eligieron en las elecciones.

 También se nos niegan documentos en los cuales podamos visualizar que mejoras dice el equipo de gobierno que va a haber, por ejemplo, echamos de menos un proyecto de promociones o como va a estabilizar a las personas que llevan haciendo sustituciones tanto tiempo en la UGR.

 Por tanto, desde el Sindicato Andaluz de Trabajadores/as y desde el Frente de Estudiantes exigimos:

      1. Información en profundidad y consulta del proceso. Trasparencia absoluta, visibilización de los términos del proceso y desarrollo una consulta a todo el personal laboral de la Universidad de Granada  

     2. Que la llamada “funcionarización” no signifique PRIVATIZACIÓN.  Funcionarizar no debe ser en ningún caso proceso de externalización.

     3. Consolidar el modelo de contratación de personal laboral. Empleo público y de calidad para una Universidad pública y de calidad

  Además del compromiso en torno a estas demandas exigimos que haya un compromiso por escrito de las condiciones en que se va a materializar el proceso.

Por todo lo expuesto convocamos a toda la comunidad universitaria y en especial al PAS Laboral, a una concentración y asamblea informativa, mañana  viernes 27 de Abril a las 13H, en la puerta del Hospital Real (Avenida del Hospicio s/n).

SAT Granada.

Secretaría de prensa.

(Más información 660093716, Javier Fernández)

 

Derechos laborales de la mujer en el embarazo y la maternidad

Derechos laborales de la mujer en el embarazo y la maternidad

¿Si me quedo embarazada estoy obligada a informar a mi empresa?

Por ley no estás obligada a informar a tu empresa cuando estás embarazada. Sin embargo es aconsejable comentarlo a la empresa con tiempo, principalmente por si es necesario un cambio de horario o una reubicación en tu puesto de trabajo por riesgo. También es bueno que informes a tu empresa cuanto antes por si tienes que solicitar permiso para revisiones médicas en el horario laboral, etc. Esta comunicación no debe suponer ningún problema y te facilitará las cosas en tu día a día.

Si una vez comunicado te sientes presionada por tu empresa, puedes informar de ello a tu representante sindical o la Inspección de Trabajo. La ley te ampara y si te estás sintiendo discriminada por estar embarazada puedes denunciarlo y pedir ayuda a un abogado laboral especializado en estos casos.

¿Puedo pedir permiso en horario laboral para las revisiones médicas?

Tanto las revisiones médicas como las clases de preparación al parto son permisos retribuidos. Sí que puedes pedir permiso para acudir y no te pueden quitar parte de tu salario por ir durante tu horario laboral. Aunque deberás justificarlo a la empresa y ausentarte sólo el tiempo indispensable.

Embarazo de riesgo

Cuando te enfrentas a un embarazo de riesgo se deben tomar varias medidas. Tu empresa debe seguir algunas acciones tal y como marca La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Deberá adaptar las condiciones de trabajo para evitar el riesgo, modificando tus horarios, reduciendo tu jornada laboral o de otras formas.

Si aún así el riesgo no desaparece, tu empresa debe asignarte un puesto válido para tu estado dentro de tu misma categoría profesional o equivalente. Si con esto no se arregla el problema, deberá darte un puesto acorde a tu situación aunque no sea dentro de tu categoría o grupo profesional, pero siempre conservando tu salario. Como última opción, si todo lo anterior no evita el riesgo, podrá darte la baja por embarazo de riesgo. El médico debe darte un informe donde especifique que corres riesgo en el puesto que desempeñas, desde ese momento tu contrato queda suspendido. En el periodo de baja por riesgo en el embarazo tienes derecho a percibir la prestación económica de la Seguridad Social, con el 100% de la base reguladora, esto se dará mientras continúe la situación de riesgo y hasta el día de inicio de la baja por maternidad. Si tu embarazo es de riesgo incluso fuera del trabajo debes pedir la incapacidad temporal.

Despido durante el embarazo o finalización de contrato

Como con cualquier otro trabajador, la empresa puede despedirte en cualquier caso aunque estés embarazada, en permiso de lactancia o con reducción de jornada. El despido puede darse por otros motivos ajenos al embarazo o maternidad. Estando o no embarazada debes cumplir con tu trabajo, si cometes alguna falta grave en el trabajo el hecho de estar embarazada no tiene nada que ver y el despido puede darse de manera legal.

Otra cosa es que el despido tenga como causa el embarazo, entonces sería un despido por motivos discriminatorios. En este caso no es un despido legal y podrás tomar medidas judiciales. Si ganas, y el despido no está justificado, será nulo (el despido no se ajusta a la legislación) y la empresa deberá readmitirte y pagarte todos los salarios no abonados desde la fecha del despido. Si no quieres ser readmitida, puedes optar a una indemnización previo acuerdo de las partes.

Tampoco es legal despedir a una madre durante la baja maternal o la lactancia, aunque la empresa puede alegar otras causas contempladas en el estatuto de los trabajadores. Si no estás de acuerdo con las causas alegadas y consideras que el motivo es ilegal, puedes llevar a juicio a tu empresa. En este caso deberá demostrar que las causas alegadas para el despido son legales, será el juez el que dictamine si son motivos de peso para el despido y si dichos motivos están demostrados.

El Estatuto de los Trabajadores contempla además algunas situaciones de protección para las mujeres embarazadas, los embarazos de riesgo, las enfermedades derivadas de dichos embarazos y para las madres o los padres que disfrutan de un permiso. Expone que se declararán nulos los despidos a estas personas en estas situaciones. Reiteramos que esto es así cuando el motivo del despido sea el embarazo o la baja, si no es la causa principal o hay otras causas, la ilegalidad del despido tendrá que demostrarse en un juzgado.

¿Qué pasa cuando el despido es por finalización de contrato o el contrato es por obra y servicio?

Si tu contrato finaliza o estás en periodo de prueba, la empresa puede decidir libremente no renovarte o no contratarte y acabar con la relación laboral, da igual si estás embarazada o con permiso. Si tienes un contrato por obra y servicio, te despiden y consideras que la causa del despido no es la finalización de la labor por la cual se te contrató, puedes llevarlo por la vía judicial y reclamar la nulidad de dicho despido. La empresa debe demostrar que la obra por la que se te contrato ha finalizado, si no lo consigue tendrá que readmitirte o indeminizarte.

Es cierto que también podemos encontrarnos frente a un ‘contrato temporal celebrado en fraude de ley’, esto se da cuando se van haciendo contratos temporales entre sociedades de una misma empresa dedicadas a una misma actividad. Si puedes confirmar que siempre has trabajado en el mismo puesto de trabajo a pesar de los diferentes contratos y que la relación de trabajo con la empresa es indefinida, puede ser que el hecho de no renovarte quede invalidado. En tal caso y confirmando que el despido es de carácter discriminatorio, el despido sería nulo y también deberían readmitirte o, en caso de acuerdo, indemnizarte. Lo mismo ocurre si demuestras que el motivo de no pasar un periodo de prueba es estar embarazada, es una discriminación y se están vulnerando tus derechos fundamentales.

Baja de maternidad para trabajadoras autónomas

Si eres trabajadora por cuenta propia también tienes derecho a cogerte la baja por maternidad o embarazo de riesgo. Tendrás que solicitar a la Seguridad Social la baja por riesgo, la prestación es equivalente al 100% de tu base reguladora. Deberás presentar la solicitud junto con un informe médico y la prestación durará hasta que puedas reincorporarte o hasta que empiece la prestación por maternidad. Esto no es compatible con la prestación por incapacidad temporal.

En relación a la baja por maternidad, si eres autónoma podrás optar a ella si has cotizado 180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda tu vida laboral (para mujeres de más de 26 años). Si tienes entre 21 y 26 años tienes que haber cotizado 90 días en los últimos 7 años y si tienes menos de 21 no es obligatorio que hayas cotizado nada.


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La baja por maternidad 2018: prestaciones, solicitud y cuantías

Toda la información que necesitas saber en relación a las prestaciones por maternidad que se conceden durante el permiso de descanso legalmente establecido por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento.

El periodo de descanso al que tienen derecho todas las madres y padres cuando se produce el nacimiento, adopción, tutela o acogimiento de un hijo, se conoce como baja por maternidad. Durante este periodo, la Seguridad Social contempla, entre otras, la prestación por maternidad, una ayuda económica que pretende cubrir los ingresos que los trabajadores dejan de percibir durante las semanas de descanso.

1. ¿En qué consiste la prestación por maternidad?

La prestación por maternidad es el subsidio que gestiona la Seguridad Social que trata de compensar la pérdida de ingresos del trabajador a consecuencia del permiso de descanso por el nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento, ya que durante ese periodo, el contrato de trabajo queda en suspenso e interrumpe la actividad laboral durante un tiempo.

El derecho a la prestación por maternidad nace el mismo día en el que el trabajador inicia el periodo de descanso

Actualmente, este permiso de descanso por maternidad, puede ser disfrutado también en parte por el padre, tal y como veremos a continuación.

Cuantías

Las cuantías a percibir por la prestación por maternidad se corresponden con el 100% de la base reguladora que tenga establecida el trabajador para la prestación por incapacidad temporal por contingencias comunes.

Si el periodo de descanso se disfruta por los dos progenitores, la prestación estará determinada por la base reguladora de cada uno de ellos en la fecha en que inician el descanso.

2. Beneficiarios de la prestación por maternidad

Pueden ser beneficiarios de la prestación por maternidad, también conocida como subsidio por maternidad, todos los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena o autónomos, que disfruten del periodo de descanso por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento, siempre que reúnan los requisitos exigidos.

Si el permiso de descanso lo disfrutan ambos progenitores, podrán ser los dos beneficiarios de la prestación si acreditan los requisitos necesarios cada uno de ellos.

3. Requisitos de cotización del subsidio por maternidad

Para poder ser beneficiario del subsidio por maternidad es necesario que el trabajador se encuentre afiliado a la Seguridad Social y en alta o en situación asimilada y cumpla con los requisitos de cotización.

Según la edad del trabajador, el periodo de cotización mínimo necesario para poder acogerse a la prestación por maternidad será distinto y varía de forma gradual, tal y como podemos ver en la siguiente tabla:

Edad del trabajador Periodo de cotización mínimo
Menores de 21 años
  • No se exige periodo mínimo
De 21 años y menores de 26 DOS OPCIONES

  • 90 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso

o

  • 180 días a durante toda la vida laboral del trabajador
Mayor de 26 años DOS OPCIONES

  • 180 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso

o

  • 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral

 

En los casos de parto, la madre que no reúna los requisitos de cotización mínimos, podrá acogerse a la maternidad no contributiva, conocida como el subsidio no contributivo por maternidad. En ese caso, la cuantía a percibir se corresponderá con el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM, que para el año 2018 se sitúa en 17.75 euros diarios (532,51 euros mensuales) con carácter general.

4. La duración del permiso de baja por maternidad

La duración del permiso de baja por maternidad es de 16 semanas ininterrumpidas que se amplia en dos semanas más en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple.

Además, se sumarán dos semanas más en los casos de discapacidad por cada hijo.

Con carácter excepcional, podrá ampliarse este periodo hasta un máximo de 13 semanas adicionales si el recién nacido tiene que ser hospitalizado después del parto.

La madre podrá ceder al padre 10 de las 16 semanas correspondientes al permiso de maternidad

Estos periodos de descanso por baja maternal, pueden ser compartidos por el padre y la madre de forma simultánea o sucesiva con la excepción de las seis primeras semanas que deben ser disfrutadas siempre por la madre.

¿Cuándo se inicia el periodo de descanso?

El momento en el que se incia el periodo de descanso por maternidad, junto con el cobro de la prestación,  varía según el supuesto que lo haya originado:

Nacimiento

La maternidad biológica se inicia:

  • En el momento del parto
  • Hasta 10 semanas previas al parto por prescripción médica

Adopción o acogimiento

El permiso de maternidad comienza a partir de la resolución judicial que determina la adopción o el acogimiento.

En los casos de adopción internacional, podrá iniciarse el periodo hasta cuatro semanas antes de la resolución.

En el momento en el que se incia el periodo de descanso, ya se tiene derecho al cobro de la prestación por maternidad.

5. Plazos y solicitud de la prestación por maternidad

El plazo para solicitar la prestación por maternidad se inicia a partir del día siguiente al comienzo del permiso de baja maternal y prescribe a los cinco años.

La prestación por maternidad la gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS o el Instituto Social de la Marina ISM en el caso de Trabajadores del Mar.

Para tramitar el subsidio, los interesados deberán presentar el Modelo oficial de Solicitud junto con la documentación siguiente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social:

Documentación necesaria

En todos los supuestos

  • Españoles: Documento Nacional de Identidad DNI de los solicitantes
  • Extranjeros: Número de Identificación de Extranjero NIE junto con el pasaporte o documento equivalente de su país.

Además de los documentos de identificación, será necesario adjuntar al Modelo de Solicitud

Por nacimiento

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud en los siguientes casos:
    • Cuando el descanso se inicie antes del parto.
    • Si fallece el hijo antes de nacer y ha permanecido al menos 180 días en el seno materno.
  • Libro de familia
  • Si parte del periodo de descanso es cedida al padre, deberá cumplimentarse la hoja número 5 del Modelo de Solicitud.

Por adopción o acogimiento

  • Resolución judicial que reconozca la adopción, tutela o acogimiento
  • Certificado de IMSERSO u órgano autonómico competente en los casos de discapacidad de menores mayores de 16 años.
  • Libro de familia
  • Hoja número 5 debidamente cumplimentada del modelo de solicitud cuando el padre disfrute simultáneamente o sucesivamente parte del permiso de maternidad.

Las solicitudes se resolverán en el plazo máximo de 30 días.

6. La baja maternal cobrando el paro

Es posible que la madre esté percibiendo la prestación por desempleo en el momento en que inicia el permiso por maternidad, ya sea antes o después del parto.

¿Qué ocurre en estos casos?

Si la madre está cobrando el paro mientras se produce la baja por maternidad, en el momento en el que tiene lugar se suspende de forma automática la prestación por desempleo y será el Instituto Nacional de la Segurdidad Social quien se encargue de abonar la prestación por maternidad.

Durante el periodo en el que se está percibiendo la prestación por maternidad, no se consumen días del paro.

Una vez finaliza el periodo de descanso y el cobro del subsidio por maternidad, la trabajadora debe solicitar en su oficina de empleo, la reactivación del paro, que podrá volver a percibir en el plazo de quince días hábiles sin que se produzca alteración alguna en el importe ni la duración que tuviera pendiente.

¿Y si no tuviera derecho a cobrar el paro?

Si no tuviera derecho al paro una vez finaliza el cobro de la prestación por maternidad, se abre igualmente un plazo de quince días hábiles para solicitar los subsidios por desempleo a los que tenga derecho acogerse.

7. La baja por maternidad en los autónomos

El permiso por maternidad o baja maternal también se contempla para los trabajadores autónomos, y con carácter general, tienen el mismo derecho a percibir la prestación por maternidad en iguales condiciones con algunas particularidades:

  • Es necesario que el trabajador esté afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en el RETA y al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad.
  • Los periodos mínimos de cotización serán los mismos que para el resto de trabajadores.
  • La cuantía será equivalente al 100% de la base reguladora por la que esté cotizando para la prestación por incapacidad temporal.
  • Se deberá seguir cotizando como autonómo durante la baja maternal.

8. ¿La prestación por maternidad está exenta del IRPF?

La prestación por maternidad no está exenta del IRPF y tributa como rendimientos del trabajo.

¡Concentración ante el Rectorado de la Universidad! (27 de abril a las 13’00 horas)! ¡Por una Universidad pública y democrática! ¡Por una consulta ante el proceso de funcionarización!

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Desde el Sindicato Andaluz de Trabajadores y desde el Frente de Estudiantes exigimos al equipo de Gobierno de la Universidad de Granada, que atienda a la serie de conflictos que hay abiertos tanto en el sector de los trabajadores, como en el de Profesorado interino, como del estudiantado.

Ante el proceso de funcionarización en la UGR, el Sindicato Andaluz de Trabajadores exigimos  una consulta con garantías para el personal laboral de la Universidad de Granada. Estamos seguros de que la mayoría ellos de  están en contra de la funcionarización.

 Al PAS no nos supone ninguna mejora, además perdemos todos los derechos que hemos ido adquiriendo a través del tiempo con nuestra experiencia laboral.

 Esto se hace con la complicidad de la mayoría del Comité de Empresa y nosotros visualizamos que se está atentando en contra de los derechos de las personas que nos eligieron en las elecciones.

 También se nos niegan documentos en los cuales podamos visualizar que mejoras dice el equipo de gobierno que va a haber, por ejemplo echamos de menos un proyecto de promociones o como va a estabilizar a las personas que llevan haciendo sustituciones tanto tiempo en la UGR.

Por tanto desde el Sindicato Andaluz de Trabajadores/as y desde el Frente de Estudiantes exigimos:

  1. Información en profundidad y consulta del proceso. Transparencia absoluta, visibilización de los términos del proceso y desarrollo una consulta a todo el personal laboral de la Universidad de Granada.
  2. Que la llamada “funcionarización” no signifique PRIVATIZACIÓN.  Funcionarizar no debe ser en ningún caso proceso de externaliazación.
  3. Consolidar el modelo de contratación de personal laboral. Empleo público para una Universidad pública y de calidad.

 Además del compromiso en torno a estas demandas exigimos que haya una compromiso por  escrito  de las condiciones en que se va a materializar el proceso.

Sección sindical  SAT-UGR

Sindicato Andaluz de Trabajadores/as

Frente de Estudiante

Sindicalismo en la Universidad Neoliberal.

UGR25ABRIL (1)

Las jornadas convocadas desde la sección sindical del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as en la Universidad de Granada tienen como objetivo convocar un foro de debate, discusión e intercambio sobre experiencias de lucha sindical en el mundo de la investigación científica y la docencia universitaria. Para ello contaremos con varias experiencias de movimientos sindicales y asociativos tales como la sección sindical del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as de la Universidad de Granada, miembros de la Federación de Jóvenes Investigadores/as y de la Plataforma de profesores ayudantes doctores contratos,

¿Cuales son los nuevos retos de la acción sindical combativa y anti capitalista en la Universidad neoliberal andaluza?

¿Cuales son las luchas actuales, los frentes abiertos por el neoliberalismo, y los gobiernos de régimen contra la Universidad pública, la investigación científica y el empleo de calidad en la Universidad pública andaluza?

Participantes:

-Sección sindical del SAT de la Universidad de Granada

-Plataforma de profesores ayudantes doctores y contratados doctores interinos de la UGR

-Federación de Jóvenes Investigadores/as

-Frente de Estudiantes

Lugar y fecha de celebración: Miércoles 25 de Abril 18:00 horas. Sala B 2 Edificio V Centenario (Antigua Facultad de Medicina) 

Convoca: SAT Granada

Sección Sindical UGR

SAT-UGR: «Investigando con derechos.»

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Desde la sección sindical del SAT en la Universidad de Granada lanzamos nuestra campaña «Investigando con derechos» para la protección y la defensa de los derechos de las trabajadoras y los trabajos de la investigación científica.
¿Juegan con con tus derechos? INFÓRMATE
¿Sufres abusos  de cualquier tipo? ORGANÍZATE
¿Sufres violencia laboral? DEFIÉNDETE
¡SAT, tu sindicato a pie de departamento!

17 de Abril día internacional de las luchas campesinas.

17 de Abril día internacional de las luchas campesinas.

17abriljornalero

El 17 de Abril es el día internacional de las luchas campesinas así proclamado por La Vía Campesina Internacional, la coordinadora mundial de organizaciones campesinas, jornaleras, rurales y de mujeres del campo de la que nuestro Sindicato fue fundador.

Las luchas populares y campesinas por la tierra han sido el motor de trasformación de todas las luchas por la emancipación en Andalucía. La tierra, antigua y vieja como las luchas por su reparto, ha estado presente en todos los procesos revolucionarios a lo largo de la Historia de nuestro pueblo.

Andaluzas y andaluzas levantaos, pedid tierra y libertad, reza nuestro himno. Levantaos, pedid tierra y libertad, sea por Andalucía libre, los pueblos y la humanidad. La Historia de nuestra Andalucía es también la historia de nuestra lucha por la tierra, por los repartos, por la Reforma Agraria.

Hoy como ayer gritamos que la tierra sea para quien la trabaje, que la tierra esté en nuestras y las manos en nuestra tierra. Desde el Sindicato Andaluz de Trabajadores/as hacemos una llamamiento a la sociedad andaluza e internacional de apoyo a nuestros procesos abiertos de toma y recuperación de tierras.

La finca de Somonte, una finca recuperada por jornaleras y jornaleros del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as de la comarca del valle medio del Guadalquivir desde el año 2013. En el momento de su ocupación se encontraba en una situación de extremo abandono por parte de la Junta de Andalucía. Propiedad del antiguo Instituto Andaluz de Reforma Agraria, ahora se encuentra en subasta para ser vendida al mejor postor como la totalidad de la tierra pública propiedad de la Junta de Andalucía. Desde el SAT llamamos a que esta finca sea cedida a una cooperativa de jornaleros, que sea puesta en valor con regadío, que la Junta de Andalucía ceda el dinero que recibe de la PAC para invertirlo en infraestructuras y regadío que pueda dar empleo a toda la comarca del Valle medio del Guadalquivir. Ya los jornaleros del Sindicato han sido dos veces desalojados y hemos vuelto dos veces a reocuparla. Un desalojo, una ocupación.

La finca del Humoso, fue la conquista histórica del pueblo de Marinaleda tras 12 años de luchas, ocupaciones, encierros, huelgas, huelgas de hambre, cortes de carreteras y todo tipo de luchas por el reparto de esta finca propiedad del Duque del Infantado. Las tierras que fueron conquistadas, fuero compradas por la Junta de Andalucía y cedidas a una cooperativa de jornaleros vinculados al Sindicato de Obreros del Campo. Desde su cesión las tierras, la cooperativa y la industria de envasado has sido gestionado mediante la asamblea de trabajadores y vecinos. En estos momentos nos toca volver a defender las tierras del Humoso en un momento en que la Junta de Andalucía quiere privatizar esas tierras, que ahora mismo son públicas y que están cedidas a la cooperativa. El régimen del mal gobierno andaluz quieren acaba con el ejemplo y referente de la Utopía que ha sido faro de las izquierdas en toda Andalucía y en todo nuestro continente. Debemos ahora más que nunca defender el Humoso, defender la tierra pública, apoyar y fortalecer todos nuestros espacios cooperativos ya construidos.

El Cerro Libertad es una finca expropiada por el banco BBVA que pasó a forma parte del SAREB, comprada con financiación pública que sigue en manos del banco, quien actualmente cobra la subvención en materia de Política Agraria Comunitaria. La finca fue recuperada y puesta en producción por las jornaleras y jornaleros del SAT hace un año para denunciar el aniversario de la condena a prisión de nuestro compañero Andrés Bódalo. Hoy la finca recuperada del Cerro Libertad se encuentra amenazada de desalojo por los juzgados de Jaén que actúan como cómplices del BBVA y a las ordenes de la banca, para desahuciar a nuestras jornaleras y jornaleros y dejar la finca en una situación de abandono mientras cobran la subvención de la política agraria comunitaria (PAC).

Desde el SAT entendemos que la lucha por el acceso a la tierra y por la Reforma Agraria es la piedra angular de todo proceso de transformación de nuestra Andalucía. La lucha histórica y de presente por otra Andalucía. Exigimos a la Junta de Andalucía que ceda como tierra pública la finca de Somontes a una cooperativa de jornaleros, que mantenga la cesión de la finca del Humoso y que interceda ante el BBVA para la cesión de la finca Tierra y Libertad.

Hoy 17 de abril llamamos a la solidaridad, llamamos al apoyo internacional en nuestras luchas y ocupaciones, desde nuestra no-violencia activa, desde nuestro sindicalismo de los sin tierra y desde el feminismo rural y jornalero.

¡REFORMA AGRARIA AHORA!

¡LA TIERRA PARA QUIEN LA TRABAJA!

¡SEMBRANDO VENCEREMOS!

20 de abril: Jornada de solidaridad y lucha contra la represión sindical en Domino’s Pizza.

20 de abril: Jornada de solidaridad y lucha contra la represión sindical en Domino’s Pizza.

20 de abrilJornada de solidaridad y lucha contra la represión sindical

El próximo día 20 de abril es el día que hemos elegido para realizar una JORNADA DE SOLIDARIDAD Y LUCHA con el conflicto que actualmente mantenemos con Domino’s Pizza.

Este día os invitamos a que os manifestéis, llaméis por teléfono, hagáis piquetes…en suma, de que mostréis vuestra repulsa con la empresa y os solidaricéis con Juan, que fue despedido por organizar una sección sindical del SAT en la empresa.

En Granada hemos convocado CONCENTRACIÓN a las 21’00 horas en el Domino’s de la Avenida de la Constitución. El acto ha sido legalizado, así que pretendemos que sea masivo para que nuestra propuesta se escuche más.

Al resto de compañeros y organizaciones de otras localidades os solicitamos solidaridad y que deis difusión a este correo.

¡ La solidaridad nos hace fuertes!

¡Readmisión del compañero despedido!

Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT)

SECTOR NACIONAL DE HOSTELERÍA Y TURISMO.

COMUNICADO DE LA ASAMBLEA DE PROFESORES CONTRATADOS DOCTORES INTERINOS Y AYUDANTES DOCTORES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA y ASOCIACIÓN PREUGRA

COMUNICADO DE LA ASAMBLEA DE PROFESORES CONTRATADOS DOCTORES INTERINOS Y AYUDANTES DOCTORES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA y ASOCIACIÓN PREUGRA

La Rectora de la Universidad de Granada ha declarado públicamente que considera no necesaria la publicación en el BOJA del Acuerdo sobre mejora de las condiciones laborales del PDI del 27 de Febrero. Esto algo muy grave, ya que para que un acuerdo sea vinculante, debe estar ratificado en Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y publicado en el BOJA. Sin esto, el acuerdo carece de eficiencia vinculante, y no comprometería a la Junta, en este caso, a mantener en el empleo a quien pierda el concurso según las condiciones pactadas en el Plan de Estabilización.

El pasado 27 de Febrero, los Rectores de las Universidades de las Universidades Públicas Andaluzas, representantes de los sindicatos Comisiones Obreras, CSIF y UGT y de la Junta de Andalucía firmaron un Acuerdo en la Mesa General de Universidades en el que, entre otras cosas, se incluía un Plan de Estabilización de los Profesores Contratados Doctores Interinos (PCDi).

En este plan se recogía que dichos profesores podrían concursar en los siguientes tres años a la plaza que cubren de manera interina, algunos desde hace cinco años. Se establecía además que, si la plaza la ganaba otra persona distinta al PCDi, este se quedaría en la Universidad durante 5 años (ignoramos en calidad de qué y qué docencia cubriría) en una especie de plaza doble de difícil encaje legal y administrativo.

Desde el principio la Asamblea se ha opuesto a este sinsentido dado que hay más que razonables dudas de su legalidad y viabilidad. Siempre ha sostenido que, de acuerdo con la Normativa 1999/70 de la UE, no se puede hacer concursar a un PCDI que ha ganado su plaza ya en un concurso público. De siempre hemos abogado por la Promoción vía Acreditación desde la figura de Profesor Ayudante Doctor a Contratado Doctor, tal y como permite el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley Orgánica de Universidades, y que se hace actualmente en Andalucía con otras figuras contractuales y fuera de Andalucía con los mismos Ayudantes Doctores.

Desde el pasado 1 de Marzo, llevamos esperando que el acuerdo se publique en BOJA. Sin embargo, esto no se ha producido hasta la fecha y, a tenor de lo dicho ayer 11 de abril por la Rectora públicamente en Consejo de Gobierno, no se va a producir.

La publicación de un Acuerdo, al contrario de lo que afirman Rectora y Vicerrectora, es un paso obligado para la aplicación. Esto se contempla específicamente en el Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 38.6. La Ley de Procedimiento Administrativo así también lo dispone en su Artículo 45. La publicación de acuerdos en mesa de negociación es lo lógico y lo habitual en todas las administraciones públicas de la Junta de Andalucía. Cualquier persona puede comprobarlo realizando una búsqueda en internet.

¿Qué pasaría en el caso de que se comience a aplicar las condiciones del acuerdo en una plaza de PCDI y no esté publicado el acuerdo? Simplemente, que no se puede garantizar legalmente que el PCDI continúe su vinculación contractual con la Universidad en el caso de que no gane la plaza.

Existen precedentes en casos parecidos en los que el trabajador ha quedado desamparado por la falta de publicación de acuerdos. En 2012, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, desestimó la demanda formulada por un sindicato, ya que el acuerdo que firmaron sindicatos y Administración no estaba publicado en ningún lugar en los términos previstos en el artículo 38 del EBEP y no había producido la aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.

¿Por qué no se quiere dar este paso? ¿Existe miedo a que lo planteado en el acuerdo no pueda cumplirse? ¿Por qué los sindicatos firmantes, la Junta de Andalucía y el resto de los rectores de las universidades permanecen mudos e impasibles ante esta irresponsabilidad?

En un momento en el que el rigor de la Universidad Pública, ha quedado en entredicho, nos parece muy preocupante la ligereza con la que se está tomando este asunto. Mañana es la primera reunión de la Mesa de Seguimiento del Acuerdo, esperemos que finalmente impere el sentido común, y que pronto pueda verse publicado.

ASOCIACIÓN PREUGRA