El miércoles 22 de septiembre, en el Juzgado de lo Social n°4, a las 10 ‘ 30 horas, está señalada la vista por el Conflicto Colectivo que las compañeras y compañeros de la sección sindical del SAT en CLECE (empresa concesionaria del servicio de limpieza de los Hospitales de Granada) mantienen desde hace años y que se sustancia en que CLECE se niega realizar tal labor pese a que la legislación en Materia de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral, así lo indica.
A saber:
«LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Medidas Higiénicas (artículo 7.- Real Decreto 664/1997): En todas las actividades en las que exista riesgo para la salud o seguridad de los trabajadores como consecuencia del trabajo con agentes biológicos, el empresario deberá adoptar las medidas necesarias para:
-Prohibir comer, beber o fumar en las zonas de trabajo de riesgo.
– Proporcionar a los trabajadores prendas de protección adecuadas.
– Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados que incluyan productos de limpieza ocular y antisépticos para la piel.
– Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso
-Que los trabajadores dispongan de diez minutos libres, considerados como jornada laboral, para el aseo personal antes de la comida y otros diez antes de abandonar el trabajo.
-Que la ropa de trabajo y de calle sean guardadas en lugares separados (específicamente se requiere dos taquillas, no siendo válida una taquilla con separación para la ropa de trabajo y de calle, puesto que el Real Decreto señala que el trabajador deberá guardar la ropa de trabajo y los EPI’s “…en lugares que no contengan otras prendas”).
-El empresario se responsabilizará del lavado de la ropa, aun cuando ello sea contratado por empresa externa quien utilizará recipientes cerrados y etiquetados. Se prohíbe expresamente a los trabajadores llevar la ropa a casa para su lavado»
Pero así son estas empresas como CLECE, mientras más dinero tienen más intolerantes se vuelven. Además de una política de personal muy represiva (hemos visto hace unas semanas el despido de una compañera en Almería), CLECE SA están poniendo en riesgo tanto a las trabajadoras/es de la limpieza como al resto de granadinos, ya que las compañeras se ven obligadas a tener que llevar la ropa sucia y contaminada para lavarla en casa en el transporte público, en sus propios vehículos o andando por las calles
¡NO NOS VAN CALLAR!
¡NOSOTRAS Y NOSOTROS ESTAMOS A PIE DE TAJO Y SIEMPRE COMPROMETIDOS EN LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS!
SAT Granada.
Sección Sindical de la Ciudad Sanitaria Virgen de las Nieves.