Ángeles Márquez: “Las limpiadoras somos un sector maltratado y ¿quién nos ayuda? Nadie”

Ángeles Márquez: “Las limpiadoras somos un sector maltratado y ¿quién nos ayuda? Nadie”

Entrevista La Poderío(Desde aquí puedes acceder a la entrevista en EL SALTO)

La presente entrevista ha sido publicada en el Diario EL SALTO

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Ángeles Márquez: “Las limpiadoras somos un sector maltratado y ¿quién nos ayuda? Nadie”

Ángeles Márquez Naranjo es trabajadora de la limpieza, uno de los sectores más feminizados y precarizados. La suya es la historia de la eterna luchadora, con una vida laboral dura y complicada, de subcontrata en subcontrata en empresas en las que pagan tarde y mal y con las que sólo se puede comunicar por whatsapp o email.

Ángeles Márquez La Poderío 01
Ángeles Márquez Naranjo Lola F. Palenzuela
 
Ángeles Márquez La Poderío 01
Ángeles Márquez Naranjo Lola F. Palenzuela
 

La historia de luchas y demandas laborales de Ángeles Márquez Naranjo ya sea en solitario o acompañada, es dura y realmente complicada. Ella se enfrenta a diario a situaciones que sin duda alarmarían a cualquier trabajador o trabajadora de cualquier sector. 

¿Se imagina que su empresa le pague menos de lo que viene en su nómina? ¿Se imagina que, sin contar con usted, le cambien de una empresa a otra y se entere por un aviso de la Seguridad Social? ¿Se imagina que su empresa le pida que compre usted el material que n

 
 

La historia de luchas y demandas laborales de Ángeles Márquez Naranjo ya sea en solitario o acompañada, es dura y realmente complicada. Ella se enfrenta a diario a situaciones que sin duda alarmarían a cualquier trabajador o trabajadora de cualquier sector. 

¿Se imagina que su empresa le pague menos de lo que viene en su nómina? ¿Se imagina que, sin contar con usted, le cambien de una empresa a otra y se entere por un aviso de la Seguridad Social? ¿Se imagina que su empresa le pida que compre usted el material que n

ecesita para desarrollar su trabajo y que luego ya se lo pagarán? ¿Se imagina que tiene un accidente en su trabajo y el único contacto con su empresa sea por whatsapp?  

Pues vamos a dejar de imaginar y hablemos con una de las protagonistas de esta historia de ‘terror’ laboral del sector de la limpieza que trabaja en uno de los 250 Centros Andaluces de Emprendimiento (CADE), gestionados por la empresa de la Junta, Andalucía Emprende. 

¿Desde cuándo trabajas en los CADEs?
Desde 2007. En Granada hay treinta centros y todos ellos dependen de la Junta de Andalucía, de Andalucía Emprende. Lo que pasa es que unos CADEs están en dependencias municipales, y los limpian el personal de los ayuntamientos y en otros estamos las contratadas por las empresas que la Junta saca a licitación cada año. 

¿Los CADEs mantienen el personal, aunque la empresa con la que licitan cambie cada año?
Sí, porque según marca nuestro convenio, el de Limpieza de los Centros no Hospitalarios, cuando llevas cuatro meses en un centro se te considera personal fijo de ese centro.  Así la nueva empresa que entra por licitación te tiene que subrogar. 

¿Cuándo empiezan tus demandas ante la Inspección de Trabajo?
La primera fue hace al menos dos o tres años, porque estuve trabajando 17 días y no me los pagó nadie. 

¿Y todavía no sabes nada de este pleito?
No. Estuvimos en el SERCLA (Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía) y no se llegó a ningún acuerdo por lo que ahora va por vía judicial. Con estos tiempos, usted cree que es normal que a una persona de las que estamos trabajando aquí (CADEs), que muchas no llegan ni a los 140€ al mes, ¿les puede merecer la pena meterse en juicios? Pues claro que no. 

También demandaste hace unos meses a tu actual empresa.
Sí, en diciembre puse una demanda en la Inspección de Trabajo contra Fun-Fair S.L y me han contestado ahora, en abril. Me dan la razón y sancionan a la empresa con una multa de 6.000 €. En este caso yo denunciaba, entre otras cosas, que cuando pedía un día para llevar a mi hermano al médico, mi hermano está a mi cargo y es gran dependiente, la empresa me decía que lo cogiera pero que luego lo tendría que recuperar, algo que va en contra de lo que marca nuestro convenio. 

Y después de esta demanda han venido otras, en solitario o colectivas con compañeras de los CADEs de otras provincias andaluzas.
Bueno, es que después de haber ganado aquella demanda los abusos por parte de la empresa han seguido. Según nuestro convenio la nómina nos la tienen que ingresar del 1 al 5 de cada mes. Pues no solo se retrasan en el pago, sino que también nos ingresan menos de lo que viene reflejado en la nómina. La de marzo la cobramos a finales de abril y me faltaban 42,5 €. Hice la reclamación en Recursos Humanos de la empresa y me contestan por whatsapp que el error se subsanaría. Luego, en la nómina de abril, que la cobramos el 19 de mayo, me faltaron 64,5 €. Entonces wasapeo a mi supervisor y le digo que me falta dinero en los pagos que me han hecho en las últimas nóminas y él me contesta que le diga cuanto me deben y que él se encarga. Cuando le digo que son 107 €, me dice que es mucho dinero y que se lo diga a Recursos Humanos y siga reclamando. 

Luego han venido otras demandas con compañeras de los CADEs de Granada, Almería, Málaga y Huelva, contra las empresas en las que estamos contratadas, la última que hemos interpuesto en la Inspección de Trabajo es la del pasado 31 de mayo.

Demanda colectiva

Esta última demanda colectiva que presentaron a la Inspección de Trabajo, y de la que remitieron copia a Andalucía Emprende, la realizan como trabajadoras contratadas por Do Not Look Back S.L. y Fun-Fair S.L, empresas licitadas por Andalucía Emprende y ambas con domicilio fiscal en Madrid. En ella ponen en conocimiento de la Inspección “la situación tan denigrante” que están atravesando y los problemas que vienen padeciendo con las subrogaciones de las empresas salientes y entrantes: impago de los atrasos o la no subida salarial del 3,5% que marca el convenio para este 2023;  retrasos en el cobro de la nómina; ingresos a las trabajadoras de cantidades inferiores a las que aparecen en sus nóminas;  incumplimiento del periodo vacacional; no proporcionar la ropa trabajo que según convenio les corresponde; la imposibilidad de comunicarse con la empresa físicamente o por teléfono, solo lo pueden hacer vía correo electrónico o por whatsapp.

También denuncian que, con fecha 14 de mayo de este año para Almería y Málaga y 15 de mayo para Granada y Huelva, las empresas que tienen la licitación de la limpieza con Andalucía Emprende, dan de baja a las trabajadoras en la Seguridad Social sin previo aviso, y un día más tarde las dan de alta en una nueva empresa, la empresa Yaunde S.L, empresa totalmente desconocida para estas mujeres. Según el Boletín Oficial del Registro Mercantil, a fecha de 2 de enero de 2023, la Empresa YAUNDE SOCIEDAD LIMITADA, estaba “Declarada en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 2.212,89 euros…”. En el Boletín del 30 de enero aparecen dos entradas más de esta empresa declarándola en situación de insolvencia, en una por importe de 1.484,93 € y en otra por 70.492.83 €.

En esta demanda las trabajadoras manifiestan que “Andalucía Emprende y la Junta de Andalucía deberían investigar y estudiar más a fondo a la hora de conceder las licitaciones públicas a las empresas que participan en la convocatoria, ya que dar la licitación al presupuesto más económico no es siempre la mejor opción”. En el escrito a la Inspección de Trabajo incluyen enlaces a tres noticias de medios de Tarragona, Segovia y Córdoba, en los que se informa de las demandas por impago de nóminas de trabajadoras de la limpieza contratadas por estas mismas empresas, Do Not Look Back S.L.

¿Qué te parece la respuesta que te han dado desde Andalucía Emprende tras recibir copia de la última demanda que realizan a la Inspección de Trabajo?
Bueno, creo que es lo de siempre. Políticamente podrá ser correcto, pero yo digo que ni es moral ni es ético. No me vale de nada que digan que van a sancionar a la empresa cuando ahora ellos siguen con ella. Que la empresa les ha dicho a Andalucía Emprende que el cambiar de nombre ha sido un error y lo iban a subsanar, pero, si el error lo cometieron el 16 de mayo, ¿cómo a día 2 de junio no está subsanado? Y el 1 de junio dieron de alta a la compañera del pueblo de Granada que venía trabajando sin estar dada de alta, sin contrato. La han dado de alta en Yaundé, la empresa en la que nos han metido sin nuestro conocimiento y que ahora está operando en Granada, Huelva, Almería y Málaga. 

¿Estáis sindicadas?
Yo sí, pero la gran mayoría no lo están porque… Mira, ahora que nos hemos unido en un grupo de whatsapp sabemos más cosas que están pasando, como que hay compañeras a las que la empresa les ha dicho que al trabajar una hora diaria no les pertenece tener vacaciones, y por eso no han cogido nunca vacaciones. O el caso de la compañera que le he comentado antes que la acaban de dar de alta a raíz de nuestra demanda, pero que estaba sin contrato trabajando la mujer una hora al día. Existe mucho incumplimiento del convenio por parte de las empresas y también desconocimiento de nuestros derechos por nuestra parte. 

El sector de la limpieza, clave en la economía

Según el estudio Grandes Cifras del Sector Limpieza en España, de 2022, publicado por International Facility Management Association (IFMA) “el alto grado de atomización empresarial caracteriza la estructura de la oferta de este sector, en el que coexisten un reducido grupo de grandes compañías multiservicio y numerosas empresas de pequeña dimensión”. 

En el año 2020 —según este informe— operaron en España 34.649 empresas dedicadas a la prestación de servicios. En una entrevista en marzo de 2022, el presidente de la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (ASPEL) y de la Federación Europea (EFCI), Juan Díez de los Ríos, mantenía que “siendo España un país de servicios (70% del PIB), somos parte muy esencial de la cadena de valor de los demás sectores. La limpieza somos una fortaleza para España, siendo un porcentaje del 1,05% del PIB. Tenemos que dar visibilidad a estos más de 570.000 empleados, de los que el 76% son mujeres”

Si yo ahora mismo me caigo, me tuerzo un pie o me pasa algo, ¿a quién llamo?

Ángeles, dices que empezaste en 2007 en el sector de la limpieza. ¿Qué cambios has visto en este tiempo?
Ha ido a peor. De 2007 a 2012 estuve trabajando de forma continua con la empresa Castor y si bien también peleábamos por nuestros derechos, era otra cosa, porque tenías estabilidad en esa empresa. Pero ahora, ¡si te cambian de empresa cada año! ¡Y empresas que ni sabes dónde están! Si yo ahora mismo me caigo, me tuerzo un pie o me pasa algo, ¿a quién llamo? ¿A Fun-Fair que me ha dado de baja? ¿A Younder, que no tengo ni teléfono ni WhatsApp ? ¿Qué hago?

¿Cuántos años tienes?
63. 64 voy a cumplir. 

Cuéntanos cómo es un día normal de trabajo para ti.
Yo me levanto a las 5:15h y salgo de mi casa a las 6:20h. Cojo el primer autobús a las 6:30h y llego a mi puesto de trabajo a las 6:50h o 6:55h, porque yo empiezo a las 7:00h. Luego, acabo a las 11:00h y cojo el autobús y cruzo toda Granada. En el otro trabajo empiezo a las 12:30h y acabo sobre las 15:30h. Vuelvo a mi casa en dos autobuses y llego a tiempo de recoger a mi hermano del autobús de ASPROGRADES porque no tengo con quien dejarlo ya que estamos él y yo solos. Por la mañana, pago a una persona para que lo lleve al autobús del centro ya que yo salgo muy pronto de casa. 

Entonces, ahora trabajas para dos empresas, ¿no?
Sí. En una empresa tengo 20 horas semanales y en la otra, en el CADE de Granada, tengo 13 y media. 

Entre tus demandas también figura el que no os lleguen los productos ni el material para limpiar.
Al principio esta empresa nos dijo que los materiales los compráramos nosotras y que en la nómina del siguiente mes ya nos lo pagarían. 

¿Y cuánto gastas en materiales?
Es que yo les dije que no los compraba. Que yo no tenía una empresa de limpieza para financiar eso. Entonces, ¿qué pasa cuando le pides materiales? Pues que a mí en un año me habrán mandado dos veces materiales. La última vez le dije a la empresa que hacía ya un mes que le había hecho el pedido y que no lo había mandado y le pregunté: ¿con qué limpio, con agua? Y él, el responsable, me contestó: Sí, con agua.  

En estas condiciones, limpiar sin productos, podemos hablar de incumplimiento del servicio contrato, ¿no?
Pues claro, pero están engañando porque quien los contrata permite que los engañe. Yo estoy leyendo los pliegos de licitación y ahí pone que Andalucía Emprende tiene que nombrar a una persona que se encargue de velar por el cumplimiento de estos pliegos. Que me engañen a mí que soy ignorante, vale, pero que engañen a un ente público. Esa gente tiene estudios, carreras, máster, cobran por eso, ¿no? Que digo yo que por eso no cobran lo mismo que yo. Tu tienes que reclamar lo que tú has puesto en el contrato y si lo reclamas una vez y no vienen, a la segunda le dices: señores, ustedes se van, y buscas otra empresa. 

Ángeles, ¿cuánto te queda para la jubilación?
Me quedan cuatro años. No me puedo jubilar hasta que no cumpla los 67.

 

 

Ángeles Márquez La Poderío 02

 

 
Ángeles Márquez Naranjo
Ángeles, madre de tres niñas y un varón, se quedó viuda cuando su hija más pequeña tenía 8 años. “He trabajado en el campo desde muy joven y luego, en el boom de la confección industrial dimos un curso de formación profesional en mi pueblo, Villanueva de Mesía, y montamos una cooperativa muy grande, toda de mujeres”. La cooperativa cerró y se puso a coser para un taller industrial que le trabajaba a la firma Mayoral. “Estuve trabajándole muchísimos años con ellos”. Pero Mayoral empieza su proceso de deslocalización: Marruecos, Portugal y más tarde China.

Así se quedó sin trabajo y con una pensión de viudedad exigua. “Entonces puse con mi hermana una tienda de todo a cien pero con eso, en un pueblo chiquitillo, yo no podía sacar adelante a mis cuatro niños, no me daba”. Así que vuelve a reinventarse y hace un curso de carpintería: “Lo acabe y luego, tres cuartas partes de lo mismo. Otra vez a cero”.

Un día su hija la lleva al INEM de Loja a preguntar si podía echar los papeles del paro agrario. Le dicen que no, que tenía que haber cotizado más años en el campo y que con 47 años que tenía, ya era tarde. “Allí mismo, en el INEM, vi un cartelito que decía: Se busca limpiadora. Y le dije a mi niña: Llévame ahí. Y mi niña me dijo: Pero mamá ¿te vas a ir a limpiar? Pues sí, le dije”.

En ese momento sus hijos estaban estudiando en Granada (cuatro hijos a los que Ángeles les ha dado carrera y ahora todos ellos están bien colocados), así que se vendría del pueblo y trabajaría de lunes a viernes en Granada y el fin de semana volvería a Villanueva de Mesía. “Y así fue como empecé en esto de la limpieza, en el año 2007”.

Dos años más tarde, en 2009, su madre sufre un aneurisma, la operan y se queda gran dependiente. “Entonces se vino a vivir conmigo y con mis niñas a la casa y también mi hermano Cristóbal, que vivía con ella”. Ahora Ángeles vive con su hermano. Sus hijos hace ya años que abandonaron el nido materno.

Mujer trabajadora: tres nuevos supuestos por I.T.

Mujer trabajadora: tres nuevos supuestos por I.T.

El 1 de junio entrarán en vigor tres nuevos supuestos de incapacidad temporal.

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Se crea una incapacidad temporal especial en caso de menstruación incapacitante secundaria.¿Qué se entiende por menstruación incapacitante secundaria? La Ley la define como “la situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada”.

Se trata de la menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, o dificultad en la salida de sangre menstrual de cualquier tipo, pudiendo implicar síntomas como dispareunia, disuria, infertilidad, o sangrados más abundantes de lo normal, entre otros.

«Se trata de la menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis» (Foto: E&J)

El apartado 4 del artículo 144 de la LGSS pasará a tener la siguiente redacción:«La obligación de cotizar continuará en la situación de incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa, incluidas las situaciones especiales de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo, sea voluntaria o no, y gestación desde el día primero de la semana trigésima novena; en la de nacimiento y cuidado de menor; en la de riesgo durante el embarazo y en la de riesgo durante la lactancia natural; así como en las demás situaciones previstas en el artículo 166 en que así se establezca reglamentariamente.Se modifica el art. 173 de la LGSS para incluir (entre otros cambios) la siguiente redacción:«En la situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria prevista en el párrafo segundo del artículo 169.1.a) el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo».Hay que recordar en este sentido que actualmente, en caso de baja por IT, los tres primeros días de la baja (a salvo de lo que disponga el convenio colectivo) corren a cuenta del trabajador (es decir, que la empresa los puede descontar del sueldo). Por tanto, se configura como una situación especial de IT puesto que estará cubierta desde el día uno de la baja.

IT especial por aborto

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Se establece una situación especial de incapacidad temporal en caso de interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo.La prestación por incapacidad temporal se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.Entre otros, se añaden dos nuevos párrafos a la letra a) del apartado 1 del artículo 169 de la LGSS y se modifica el apartado 2, que quedan redactados como sigue:«1. Tendrán la consideración de situaciones determinantes de incapacidad temporal:(..) Tendrán la consideración de situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas en que pueda encontrarse la mujer en caso de menstruación incapacitante secundaria, así como la debida a la interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo, sin perjuicio de aquellos supuestos en que la interrupción del embarazo sea debida a accidente de trabajo o enfermedad profesional, en cuyo caso tendrá la consideración de situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales.Por su parte, se modifica el artículo 173 de la LGSS, que quedará redactado como sigue:(…) «En la situación especial de incapacidad temporal por interrupción del embarazo prevista en el mismo párrafo segundo del artículo 169.1.a), (….) el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja».

IT especial a partir de la semana 39 de embarazo

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Se considerará situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la de gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena (39) de embarazo.Así se establece en la modificación del art. 169.1 de la LGSSSe establece lo siguiente (modificación del art. 173 de la LGSS):En la situación especial de gestación desde el día primero de la semana trigésima novena de gestación, el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

«El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo» (Foto: E&J)

El subsidio se abonará mientras el beneficiario se encuentre en situación de incapacidad temporal.No obstante, en la situación especial de incapacidad temporal a partir de la semana trigésima novena de gestación, el subsidio se abonará desde que se inicie la baja laboral hasta la fecha del parto, salvo que la trabajadora hubiera iniciado anteriormente una situación de riesgo durante el embarazo, supuesto en el cual permanecerá percibiendo la prestación correspondiente a dicha situación en tanto ésta deba mantenerse.

Otra novedad: el 1 de abril entra en vigor el nuevo sistema de partes de baja por IT

Nuevas bajas por IT a partir del 1 de junio de 2023

Baja por menstruación incapacitante

Baja por aborto (interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo)

Baja a partir de la semana 39 de embarazo

Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, entre otros.

Se considera como “incapacitante” aquella situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada.

Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la debida a la interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo.

En caso de supuestos en que la interrupción del embarazo sea debida a accidente de trabajo o enfermedad profesional, tendrá la consideración de situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales.

 

Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes en caso de gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena de embarazo.

 

 

El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo.

 

La incapacidad temporal se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo,

La empresa deberá abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

 

El subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.

La empresa deberá abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja .

El subsidio se abonará desde que se inicie la baja laboral hasta la fecha del parto, salvo que la trabajadora hubiera iniciado anteriormente una situación de riesgo durante el embarazo, supuesto en el cual permanecerá percibiendo la prestación correspondiente a dicha situación mientras ésta deba mantenerse.

Se modifican los arts. 144.4, 169, 172 y 173 de la LGSS con efectos desde el 1 de junio de 2023.

A lo anterior se suma que el próximo 1 de abril entra en vigor el nuevo sistema de gestión de los partes de baja por incapacidad temporal que supone, entre otros, el fin de la obligación de los trabajadores de entregar el parte de baja a su empresa.La norma establece estas cuatro novedades (RD 1060/2022, de 27 de diciembre):

        1. El trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja

Las personas trabajadoras ya no tendrán que entregar el parte de baja y/o de alta a sus empresas.

        1. Comunicación entre empresa y Administración

Los actuales medios electrónicos permiten la puntual comunicación a la empresa, directamente por la administración, de la expedición de los partes médicos. Por tanto, se realizará la comunicación directa entre empresa y la Administración.

        1. Revisiones médicas

En cualquiera de los procesos de IT, el médico podrá fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al indicado en cada caso.

        1. Procesos en curso

El RD se aplicará a los procesos que a fecha 1 de abril (fecha de entrada en vigor) se encuentren en curso si no han superado los 365 días de duraciónEn este sentido, la Seguridad Social ha aclarado (vía boletín del Sistema RED) que cuando entre en vigor la medida, la forma que tendrán las empresas de recibir los datos relativos a los partes médicos de IT será a través de los Ficheros INSS Empresas -FIE y FIER- que permiten conocer a diario a cada empresa la situación de sus trabajadores respecto de las prestaciones de Seguridad Social que puedan generar.Además, las empresas únicamente deberán remitir al INSS los datos económicos (bases de cotización, CCC, etc.) en los partes de baja y, siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa vía FIE/FIER. BNR 2/2023.Se suprime, por tanto, la obligación de las empresas de transmitir información al INSS en los sucesivos partes de confirmación y de alta que el Servicio Público de Salud o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social pueda expedirle al trabajador durante su proceso de IT.

Nuevos modelos de partes de baja

La Orden ISM/2/2023, de 11 de enero establece los nuevos modelos de aprtes de baja y alta aplicables a partir del 1 de abril de 2023.

Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

    Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 356 de su duración (BOE de 5 de enero de 2023)

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.Orden ISM/2/2023, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración

1 de Mayo 2023 Galería fotográfica.

1 de Mayo 2023 Galería fotográfica.

Aquí ponemos a vuestra disposición este reportaje fotográfico de la manifestación de los sindicatos alternativos y combativos este 1º de Mayo.

(Fotos: SAT Granada).

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26 de abril Elecciones Sindicales PDI (UGR). Programa del SAT.

26 de abril Elecciones Sindicales PDI (UGR). Programa del SAT.

LÍNEAS PROGRAMÁTICAS BÁSICAS DEL SAT-PDI

PINCHA AQUÍ PARA DESCARGAR Líneas programáticas básicas del SAT – PDI

por una universidad 100%pública(6)

1. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD SIN PRECARIEDAD LABORAL

Desde el SAT luchamos por mejorar las condiciones laborales, especialmente del sector del PDI más precarizado, algo que pasa, entre otras cosas, por acabar con la discriminación salarial que viene sufriendo el PDI laboral temporal, ¡a igual trabajo, igual salario! Como medidas prioritarias consideramos que:

– TODO el personal laboral temporal (predoctorales, profesorado asociado y profesorado sustituto interino) tiene derecho a la retribución de TODOS los complementos salariales: trienios, quinquenios y sexenios. Esta situación no es arbitraria, responde al acuerdo llegado entre las universidades y los sindicatos mayoritarios en el convenio colectivo del personal docente e investigador de 2008, convenio en el que se acordó dejar fuera de dichos complementos al personal laboral temporal, algo que se ha ganado ya en el juzgado y que la UGR continúa sin reconocer.

– Deben convocarse de nuevo los complementos autonómicos. Es sangrante que haya PDI que no haya tenido la oportunidad de solicitarlos, generándose así una clara desigualdad salarial.

– No puede descontarse la cuota patronal del sueldo bruto de los investigadores (caso de los contratos Margarita Salas). La cuota patronal debe ser asumida íntegramente por la UGR.

– El sueldo del PAD debe equipararse al de PCD y TU. A igual trabajo, igual salario. De igual forma exigimos la equiparación salarial de los distintos contratos postdoctorales de similares requisitos y dedicación.

– El PDI interino y asociado debe tener un salario correspondiente a la figura de máximo rango de PDI a la que esté acreditado. Además, debe aplicarse también el complemento de doctorado.

– Debe mejorarse el proceso de contratación de personal sustituto para acabar con los abusos del plan de sustitución. Una baja de larga duración debe conllevar, necesariamente, la contratación de personal sustituto y no hacer recaer su carga docente en el resto de personal del departamento. Asimismo, es necesario contar con una bolsa de personal de sustituciones previamente evaluado para poder agilizar los procesos de sustitución.

– Debe permitirse al PSI participar en proyectos de investigación para no mermar así el desarrollo de su carrera investigadora.

– Hay que acabar con los abusos de la figura de PSI: Todas las plazas de PSI que actualmente están cubriendo necesidades docentes estructurales (que no son sustituciones reales) deben salir a concurso de PCD o TU con una plaza fija.

– Promoción por acreditación: El paso de una categoría a otra debe ser considerada como promoción interna (automática con la acreditación correspondiente), y no dotación de nuevas plazas.

– Espacios de trabajo dignos: No podemos permitir que se contrate a personal investigador (pre o postdoctorales) y no se les asigne siquiera un espacio de trabajo ni de las herramientas necesarias para desempeñar su labor. La UGR tiene que garantizar un espacio de trabajo digno y unas herramientas de trabajo eficaces (ordenadores, infraestructura…) para todo el personal contratado.

– Reivindicaremos el pago de horas extraordinarias al PDI que tenga que trabajar en sábado por exámenes o cualquier otra actividad.

– Lucharemos por impulsar el plan propio y las medidas de estabilización y promoción de la investigación que en él se contemplan.

2. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD FEMINISTA

Seguimos con un alto grado de ‘techos de cristal’ en la UGR, pero también de ‘pies de barro’. Desde el SAT luchamos por una Universidad netamente feminista, por lo que:

– Exigimos un plan de conciliación de obligado cumplimiento para todos los departamentos. La conciliación laboral no puede dejarse en manos de la buena voluntad de la dirección de los departamentos o decanatos de turno. El personal con personas a su cargo tiene que tener prioridad en la elección de horarios y estos han de modificarse si así lo solicitan.

– Seguimos luchando por la creación de escuelas infantiles públicas y salas de lactancia en los campus de la UGR como así tienen en otras universidades andaluzas, elemento básico para la conciliación.

– Establecimiento de plazos temporales concretos para la investigación y resolución de las denuncias de acoso. No pueden mantenerse en el mismo espacio laboral/docente a quien denuncia una situación de acoso y a la persona acosadora. La defensa de la víctima debe ser prioritaria.

– Reivindicamos también un plan de formación en igualdad obligatorio para toda la plantilla que se incorpore a la UGR así como del personal contratado ya existente.

3. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD 100% PÚBLICA

Desde el SAT nos oponemos a la mercantilización de la educación y defendemos una Universidad 100% pública, gratuita y al servicio de la Universidad.

– Lucharemos para recuperar los servicios privatizados que no sirven sino para generar aún más precariedad laboral: sangrante es la reciente privatización de los servicios de limpieza condenando precisamente al eslabón más débil de nuestra Universidad a unas condiciones laborales peores.

– Queremos una Universidad 100% pública, lo cual implica que todos los servicios necesarios sean también públicos: reprografía, cafeterías, comedores, ludotecas, limpieza, informática.

– Fuera los bancos de la Universidad: El espacio de la UGR debe estar al servicio de la comunidad universitaria y de la sociedad, no de las entidades bancarias privadas que sólo buscan el lucro particular.

Echemos a los bancos de la Universidad y recuperemos nuestros espacios.

4. LUCHAMOS POR UNA UNIVERSIDAD 100% DEMOCRÁTICA

Queremos una Universidad democrática, crítica, implicada en la sociedad y activa.

-Reducción y limitación de los cargos de libre designación rectoral. Este tipo de cargos crea una administración cada vez más clientelar e ineficaz, además de tener un alto coste económico.

– Que la Universidad vuelva a ser un espacio abierto a la sociedad y el tejido asociativo de Granada. Basta de negar aulas o exigir tasas para ceder espacios a las asociaciones granadinas para organizar charlas o mesas redondas. Basta de quitar tablones de anuncios y de exigir sellos decanales para poder pegar carteles.

Queremos una universidad crítica, dinámica, con un estudiantado activo y participativo, y una universidad orientada y volcada a la sociedad, no a la empresa. Pero ello no es posible si se limita y dificulta el debate crítico, si no se permiten pegar carteles, si la universidad le da la espalda a toda iniciativa que no pueda (o esté dispuesta) a pagar elevadas tasas para alquilar aulas como viene sucediendo en los últimos años.

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Desconvocada la huelga en los Hoteles Occidental y Barceló Granada Congress

Desconvocada la huelga en los Hoteles Occidental y Barceló Granada Congress

Desconvocada la huelga de camareras de pisos prevista en Semana Santa en los hoteles Occidental y Barceló Granada Congress.

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La huelga prevista y convocada para los días 6, 7 y 8 de abril próximos para las camareras de pisos de la empresa LINTON GREY, ha sido desconvocada tras el acuerdo alcanzado por las delegadas de personal de las trabajadoras de los hoteles Occidental y Barcón Granada Congress con la empresa.

Tras más de tres horas de negociación mantenida en dependencias del Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos (SERCLA) la parte social y la empresa LINTON GREY (Grupo OPERHOTELS), firmaron un acuerdo de carácter ejecutivo en virtud del cual se aplicará el 100% del Convenio de Hostelería de Granada a las trabajadoras, cuyas representantes legales han sido expresamente reconocidas como interlocutores válidos

Además de la aceptación de las condiciones laborales del Convenio provincial de la Hostelería de Granada, en el citado acuerdo se ha acordado explícitamente:

  1. Vacaciones:se disfrutarán de conformidad con el citado convenio y para el año 2023 se acuerda que los quince días de verano que se han comunicado se aumenten a 18 días naturales-

  2. Abono del plus de manutención: La empresa asume el compromiso de abonar et plus de manutención a partir de la nómina de abril de 2023 y abonará los atrasos derivados de este plus en la nómina de junio de 2023. Estos atrasos se abonarán con carácter retroactivo desde eldía de la fecha de alta en Seguridad Social por parte de Linton Grey S.L.

c) Cargas de trabajo: Empresa y Representación Legal de las Trabajadoras procederán a elaborar un estudio sobre la carga de trabajo en los centros de trabajo de Granada y, una vez realizado, se mantendrá una reunión vinculante para su definitiva aplicación.

d) Control horario: La empresa trasladará de forma mensual a las trabajadoras los partes de trabajo, así como el registro diario de jornada. Estos datos serán igualmente comunicados a la representación legal de las trabajadoras, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.

e) Las partes constituirán el Comité de Salud Laboral en el plazo de un mes desde la firma del acuerdo alcanzando el 30 de marzo del 2023.

Tras el acuerdo alcanzado, el Sector de Hostelería y Turismo del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT), felicita al conjunto de las trabajadoras de ambos centros hoteleros y, en especial, “a las compañeras del SAT que ostentan la representación legal de sus compañeras, las cuales han peleado de manera ejemplar hasta alcanzar un acuerdo que significa un hito más en la lucha de las camareras de pisos en el reconocimiento total y efectivo de sus derechos”.

Secretaría de prensa e información del SAT de Granada

(Más información en 693854017 y 690131067)

Pensión para amas de casa 2023.

Pensión para amas de casa 2023.

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Las trabajadoras conocidas como «amas de casa», también tienen derecho a una pequeña en insuficiente pensión y aquí vamos a explicarte los requisitos y cómo obtener la pensión para amas de casa. Hasta hace poco tiempo, las amas y amos de casa (o trabajadoras/es del hogar) tenían una gran desigualdad al no cotizar para pensión ni otras prestaciones, y, ahora, esto ha cambiado.

 

Y es por eso, que las personas que cuidan del hogar ahora pueden solicitar una pensión no contributiva, con la que se intenta proteger a este colectivo que no ha cotizado lo suficiente. Viene a algo parecido a una jubilación para amas o amos de casa que, por haber estado dedicándole el tiempo al hogar, no han cotizado en otros trabajos.

Requisitos para obtener la pensión

No todo el mundo va a poder obtener esta pensión. A continuación te dejamos la lista de requisitos con los que se debe cumplir para poder acceder a esta prestación. Recuerda que el principal es que sus ingresos deben ser realmente bajos, ya que la pensión es para ayudar a  personas sin recursos.

  • La persona debe tener 65 años o más para optar a esta pensión
  • Debe llevar residiendo en España durante 10 años o más.
  • Si la persona vive sola, las rentas no deben superar los 6.784,54 euros al año.
  • Si la persona vive acompañada, dependerá de su contexto familiar y del número de convivientes. Se va a regir las rentas de la Unidad Económica de Convivencia, y no pueden superarse las cuantías de esta tabla que te ponemos a continuación.
Cuadro Rentas

En cuanto a la cantidad que se puede obtener mediante esta prestación, la cuantía máxima es de 6.784,54 euros al año. Sin embargo, cuantas más personas haya viviendo en la unidad familiar, menos dinero se ganará, ya que se considera que hay más ayuda para poder tener una renta mínima entre todos. Por ejemplo, con dos convivientes se pueden obtener 446,92 euros al mes, 420,63 euros mensuales por tres convivientes.

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Cómo solicitar esta pensión en Andalucía.

Al ser una pensión no contributiva, no depende directamente del estado sino de las comunidades autónomas. Por lo tanto, hay que solicitarla en la página específica de tu comunidad autónoma, y cada una de ellas tiene una web para realizar la solicitud. Aquí tienes erl acceso para nuestro país: Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/areas/pensiones/pensiones-no-contributivas.html#toc-pueden-acceder-a-las-pensiones-no-contributivas-

 

Granada contra la violencia de género

Granada contra la violencia de género

¡NOS QUEREMOS VIVAS, LIBRES, COMBATIVAS Y SIN MIEDO!

Granada volvió a clamar en este 25N contra la violencia de Género. Unas 12000 personas han participado este viernes en la manifestación convocada por el Centro de la capital con motivo del Día Internacional contra la Violencia hacia la Mujer.

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La marcha unitaria partió hacia las 18.00 horas desde el Triunfo para llegar al Paseo del Salón y, entre los diversos cortejos participantes, el bloque del Frente Feminista Sindical (CGT, CNT, USE, USTEA y SAT), unidas y organizadas, denunciaron a lo largo de todo el recorrido la violencia hacia las mujeres en todas sus formas.

Entre las ideas fuerza de la denuncia de las sindicalistas se denunció y valoró como trascendente que  la violencia de género no solo no se ha erradicado, sino que se ha recrudecido y que cuanto
más avanza el Movimiento Feminista, más se revuelven el patriarcado y el capitalismo; y negar o pretender invisibilizar las violencias específicas que sufren las mujeres, también es un tipo de violencia que se suma a las que vienen padeciendo históricamente en distintos
ámbitos.

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En el aspecto laboral-sindical, las participantes en el Bloque Feminista Sindical esgrimieron los argumentos de que son las mujeres las primeras empobrecidas, las primeras a las que el sistema arrincona y margina, para después explotarlas sexual y reproductivamente.
«¿Dónde están las políticas públicas que compensen o impidan todas estas discriminaciones? Somos nosotras las que debemos organizarnos y luchar, pues mientras haya una sola mujer oprimida y violentada, nos encontrarán unidas y plantando cara al sistema capitalista y patriarcal», interpelaron las sindicalistas en la lectura de su manifiesto al comienzo de la marcha.

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