Hotel Luna: la patronal endurece el conflicto.

Hotel Luna: la patronal endurece el conflicto.

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LLAMAMIENTO PARA QUE APOYÉIS SOLIDARIAMENTE LA CONCENTRACIÓN DEL SÁBADO 7 DE MAYO ( desde las 8’ 30 hasta las 14’ 00 horas estaremos en la Puerta del Hotel Luna de Granada).

Tras la huelga convocada y realizada el pasado domingo 1 de Mayo y que contó con un seguimiento del 90 % de las trabajadoras convocadas, las camareras de pisos del Hotel Luna de granada ( que están subcontratadas por la empresa ATE SERVICIOS Y PROYECTOS SINGULARES S.L. ) han afrontado el jueves 5 de mayo  un procedimiento de conciliación – mediación en el SERCLA ( Servicio Extrajudical de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía). La respuesta de la empresa ha sido cerrarse en banda y mantener los despidos, la coacción y la represión contra las trabajadoras.

 La reunión mantenida durante la mañana del día 5 no ha servido para nada, por lo que el Sector de Hostelería y Turismo del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras SAT y el comité de huelga mantienen la convocatoria de huelga para los próximos sábados 7 y 14 de mayo con los siguientes objetivos:

  • Que la empresa aplique el salario y condiciones que se establece en el Convenio provincial de Hostelería de Granada.

  • Que se readmita a las compañeras represaliadas Maria Isabel Benítez García, Azhara Montero Méndez y Rosa María Moreno Heredia y se retiren los despidos disciplinarios.

Las camareras de pisos del Gran Hotel Luna de Granada ( SERCOTEL HOTEL GROUP) cobran salarios de miseria y no tienen buenas condiciones laborales a causa de que la empresa que los contrata, ATE Sistemas y Proyectos Singulares S.L., les aplica un convenio de empresa y no cumple con lo que el Convenio Colectivo de Hostelería de Granada determina y que no es otra cosa que se apliquen condiciones salarios y derechos del sector hostelero.

Tras muchos años de callar y soportar unos abusos que significan que cada trabajadora cobra de promedio cerca de 5000€ menos al año en las 14 pagas que deben recibir, las camareras de pisos del Hotel Luna se han organizado, creando su propia sección sindical para evitar el robo cotidiano que sufren.

Una vez organizadas y decididas a exigir sus salarios y sus derechos, han procedido a reclamar colectivamente a la empresa ATE Sistemas y Proyectos Singulares S.L. que cumpla con la legalidad, pero la respuesta patronal ha sido la represión, el despido y el querer amedrentar a las trabajadoras.

El pasado lunes 25, dos delegadas de la sección sindical y otra trabajadora, todas ellas componentes de l sección sindical del SAT, fueron despedidas junto con otra compañera, su “ delito” exigir: lo que por ley les pertenece.

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Dirección: Plaza Manuel Cano, 2, Esquina Arabial, Granada, ES 18004

Direcciones a Plaza del Guitarrista Manuel Cano 2 (Granada) en transporte público

Las siguientes líneas de transporte tienen rutas que pasan cerca de Plaza del Guitarrista Manuel Cano 2

  • Autobús Autobús: 5, 9

  • Metro Metro: M

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AMAYA-INFOCA RECLAMACIONES SOBRE CONTRATOS

AMAYA-INFOCA RECLAMACIONES SOBRE CONTRATOS

RECLAMACIONES SOBRE LOS CONTRATOS

RECLAMACIONES SOBRE LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES/AS EVENTUALES.

Los trabajadores de la Agencia del Medioambiente y Agua-INFOCA de la Junta de Andalucía que vengan siendo contratados todos los años para los mismos o similares períodos, podrán reclamar su condición de indefinidos no fijos discontinuos.

CONTACTA CON NOSOTROS PARA PONER TU RECLAMACIÓN.

CONTACTO: 625271682

SATASESORIAOBRERACOOP@satgranada

Sección Sindical SAT – AMAYA-INFOCA

Camareras de pisos del Hotel Luna acuden a la mediación.

Camareras de pisos del Hotel Luna acuden a la mediación.

EL CONFLICTO DE LAS TRABAJADORAS DE PISOS DEL GRAN HOTEL LUNA DE GRANADA EN FASE DE MEDIACIÓN.



Tras la huelga convocada y realizada el pasado domingo 1 de Mayo y que contó con un seguimiento del 90 % de las trabajadoras convocadas, las camareras de pisos del Hotel Luna de granada ( que están subcontratadas por la empresa ATE SERVICIOS Y PROYECTOS SINGULARES S.L. ) afrontan mañana jueves 5 de mayo un procedimiento de conciliación – mediación en el SERCLA ( Servicio Extrajudical de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía) con el fin de acercar posturas entre la parte social y la empresa en aras de la resolución del Conflicto Colectivo que les ocupa.

El Sector de Hostelería y Turismo del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras SAT y el comité de huelga mantienen la convocatoria de huelga para los próximos sábados 7 y 14 de mayo con los siguientes objetivos:

  • Que la empresa aplique el salario y condiciones que se establece en el Convenio provincial de Hostelería de Granada.

  • Que se readmita a las compañeras represaliadas Maria Isabel Benítez García, Azhara Montero Méndez y Rosa María Moreno Heredia y se retiren los despidos disciplinarios.

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Las camareras de pisos del Gran Hotel Luna de Granada ( SERCOTEL HOTEL GROUP) cobran salarios de miseria y no tienen buenas condiciones laborales a causa de que la empresa que los contrata, ATE Sistemas y Proyectos Singulares S.L., les aplica un convenio de empresa y no cumple con lo que el Convenio Colectivo de Hostelería de Granada determina y que no es otra cosa que se apliquen condiciones salarios y derechos del sector hostelero.

Tras muchos años de callar y soportar unos abusos que significan que cada trabajadora cobra de promedio cerca de 5000€ menos al año en las 14 pagas que deben recibir, las camareras de pisos del Hotel Luna se han organizado, creando su propia sección sindical para evitar el robo cotidiano que sufren.

Una vez organizadas y decidías a exigir sus salarios y sus derechos, han procedido a reclamar colectivamente a la empresa ATE Sistemas y Proyectos Singulares S.L. que cumpla con la legalidad, pero la respuesta patronal ha sido la represión, el despido y el querer amedrentar a las trabajadoras.

El pasado lunes 25, dos delegadas de la sección sindical y otra trabajadora, todas ellas componentes de l sección sindical del SAT, fueron despedidas junto con otra compañera, su “ delito” exigir lo que por ley les pertenece.

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SAT Granada.

Secretaría de prensa e información.

( Para ampliar la noticia: 693854017; Paco, 667934496; Azahara, 659846006; Isabel).

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CAJA DE RESISTENCIA Y APOYO AL CONFLICTO

DESCONVOCADA CONCENTRACIÓN EN LAS NIEVES EL VIERNES 22 DE ABRIL.

DESCONVOCADA CONCENTRACIÓN EN LAS NIEVES EL VIERNES 22 DE ABRIL.

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Nota de prensa: EL SECTOR DE LIMPIEZA DEL SINDICATO ANDALUZ DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS (SAT) DESCONVOCA LA CONCENTRACIÓN PREVISTA PARA EL VIERNES 22 EN LA PUERTA DE LA EMPRESA LAS NIEVES SGL SL

Tras la reunión mantenida en el día de hoy 21 de abril entre LAS NIEVES y una representación del Sector de Limpieza del sindicato SAT y vistos los avances conseguidos en la misma para la resolución del conflicto que determinaba la convocatoria prevista, se procede a desconvocar la concentración para el viernes 22 de abril del 2022.

No se desconvocan, de momento, las convocatorias del 29 de abril y 6 de mayo, así como ningún otro acto, publicación, etc que haga mención al conflicto laboral que se mantiene a causa del ACOSO LABORAL y vulneración de derechos que está sufriendo la delegada de la sección sindical del SAT en la Residencia de Ancianos La Milagrosa de Armilla (Granada).

Esta desconvocatoria parcial es resultado del notorio avance obtenido en la negociación emprendida hace semanas para la reposición de los derechos laborales y cese del Acoso Laboral que sufre Manuela López, delegada del Sindicato Andaluz en la empresa subcontratada por la Diputación de Granada ( Las Nieves).

Además de apreciar y manifestar públicamente el evidente paso adelante dado en aras de la Justicia y Derecho a la Libertad Sindical y los de la persona de la propia delegada, el Sector de Limpieza del SAT quiere ofrecer con esta desconvocatoria un acto de buena voluntad y talante conciliador para que quede definitivamente resuelto el conflicto.

Desde el inicio del conflicto hecho público – hace 5 meses- el Sindicato Andaluz ha venido manteniendo que “ la pelota está en el tejado de la empresa” y que se ofrecía a reunirse con Las Nieves en cualquier momento para resolver el litigio sindical actual y siempre que los acuerdos de estas reuniones no significaran menoscabar los Derechos Fundamentales y Humanos, el convenio colectivo, la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) y la calidad del empleo y el honor de Manuela López.

No acoso laboral

Esperando, pues, que para la semana próxima sea posible dar por liquidado el conflicto, el Sector de Limpieza del SAT quiere manifestar que abusos como los sufridos por Manuela López y el sindicato al que representa, son resultado de la falta de valoración y apreciación de un trabajo ejercido mayoritariamente por mujeres y que constituye una actividad de carácter esencial para la sociedad andaluza.

Es por ello, que la dignificación que debe suponer el disponer de un convenio, unos salarios y un trabajo digno es para decenas de miles de trabajadoras en toda Andalucía la principal garantía, a la que debe sumarse la aplicación “al pie de la letra y la directriz” de la Ley de Contratos del Sector Público como poderosa herramienta para que la equidad y la justicia se apliquen en este campo laboral de manera que explica la propia LCSP: «La contratación pública […] es, sobre todo, una herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento de la cohesión social, redistribución de la riqueza, igualdad y justicia.

Esta LCSP, en su Art. 1.3 dice “En toda contratación pública se incorporarán de manera transversal y preceptiva criterios sociales y medioambientales siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en la convicción de que su inclusión proporciona una mejor relación calidad-precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos. Igualmente se facilitará el acceso a la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas, así como de las empresas de economía social”.

Dado en Granada a 22 de abril del 2022

Francisca Sierra Olmo 

Responsable del Sector de Limpieza -SAT Granada

SAT Granada

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Subsido para mayores de 52 años fijos discontinuos

Subsido para mayores de 52 años fijos discontinuos

Requisitos del SEPE para el subsido para mayores de 52 años fijos discontinuos

Se trata de un subsidio de 463 euros que, si se cumplen las condiciones establecidas, puede cobrarse hasta la edad mínima de jubilación

Hasta hace un tiempo los trabajadores de tipo fijo discontinuo no tenían acceso a los subsidios para mayores de 52 años. Sin embargo, tras la modificación del artículo 277 de la Ley General de la Seguridad Social es algo que ha cambiado. Así que ahora es posible que este tipo de trabajadores puedan solicitar estas ayudas para mayores, que tienen precisamente como objetivo ayudar a la gente que tiene más dificultades para ingresar en el mercado laboral antes de alcanzar la edad de jubilación.

Aviso del SEPE sobre la Renta a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años

 

Desde el pasado 2 de marzo de este 2022, los mayores de 52 años que cumplan con una serie de requisitos pueden cobrar las ayudas de desempleo para su franja de edad. Incluso los trabajadores fijos discontinuos. Los requisitos suelen ser prácticamente los mismos que para conseguir cobrar la jubilación, además de ser mayor de 52 años y no haber alcanzado la edad mínima de jubilado.

Estas personas trabajadoras, además de poder cobrar esta ayuda de 463 euros al mes hasta la edad mínima de jubilación,  cotizarán de cara a la futura pensión de jubilado. Eso sí, como hemos comentado antes, no todos los mayores de 52 años tienen derecho a cobrar este subsidio.

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¿Cómo se ha modificado la Ley General de la Seguridad Social para suprimir la limitación de acceso que antes tenían los fijos discontinuos?

El artículo que se  ha modificado es el 277, del que se ha suprimido el antiguo apartado cuarto:

Acceso de los fijos discontinuos al subsidio de mayores de 52 años

Por ello, a partir del 2 de marzo de 2022, fecha en la que entra en vigor la modificación del art. 277 LGSS, los fijos discontinuos pueden solicitar el subsidio de mayores de 52 años, cumpliendo los requisitos como el resto de los trabajadores del Régimen General, tal y como confirma el SEPE en su página web:

Aviso sepe fijos discontinuos acceso subsidio mayores de 52 años

La fecha del 2 de marzo de 2022, como punto a partir del cual pueden solicitar el subsidio los fijos discontinuos que cumplan requisitos, viene determinada en el Real Decreto-ley 3/2022.

Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio aplicable a la reforma de los artículos 277 y 280 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

1. La derogación del apartado 4 del artículo 277 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, prevista en este real decreto-ley, será de aplicación a los subsidios cuyo hecho causante tenga lugar a partir de la entrada en vigor de esta norma.

2. Sin perjuicio de lo anterior, el apartado 4 del artículo 277 y los apartados 2 y 3 del artículo 280 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción vigente antes de la entrada en vigor de este real decreto-ley, mantendrán su aplicación para los subsidios de los trabajadores fijos discontinuos cuyo hecho causante haya tenido lugar antes de la entrada en vigor de este real decreto-ley.

3. A los efectos previstos en esta disposición, se considerará como fecha del hecho causante del subsidio aquella en que se cumpla el plazo de espera de un mes o se produzca la situación legal de desempleo.

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Requisitos imprescindibles

En cuanto a los requisitos que se deben cumplir para acceder a la ayuda se encuentra el hecho de estar inscritos como demandantes de empleo durante un mínimo de un mes y ser desempleados. Además, es necesario haber cotizado un mínimo de seis años, cumplir con el compromiso de actividad y no recibir ingresos que superen el 75% del salario mínimo interprofesional.

A parte de todo lo mencionado, los solicitantes también deben haber agotado la prestación contributiva o el subsidio de desempleo. Por otra parte, quienes no tengan derecho a la prestación contributiva por no cotizar más de 12 meses, siempre que se hayan cotizado un mínimo de 3, después de haber cumplido una condena de privación de libertad superior a 6 meses o trabajado en el extranjero por 12 meses o más, también pueden solicitar esta ayuda.


El subsidio para los mayores de 52 años del SEPE que cotiza para la pensión de jubilación

Esta prestación por desempleo es la única ayuda que cotiza para la pensión de jubilación, pero con unas limitaciones.

Subsido 4

El Servicio Público de Empleo Estatal del Gobierno de España proporciona una prestación por desempleo a los mayores de 52 años hasta que se llega a la edad de jubilación. Se trata de la única ayuda que cotiza para la pensión de jubilación, pero con unas limitaciones.

La prestación por desempleo se cobrará de manera indefinida, siempre y cuando se reúnan los requisitos necesarios. Entre estos requisitos, el SEPE especifica que ha de entregarse la Declaración de la Renta de manera anual y que no ha de superarse el 75% del Salario Mínimo Interprofesional mensualmente. Si se cumplen estas condiciones, se podrá acceder a este subsidio.

Limitaciones para cotizar con la prestación de desempleo

Las limitaciones de este subsidio a la hora de cotizar para la pensión de jubilación son las siguientes.

  • Las cotizaciones del periodo en el que se cobra el subsidio no son válidas para acreditar el tiempo mínimo de cotización que se necesita para poder tener acceso a la pensión contributiva de jubilación.

  • Mientras se cobra la ayuda se cotiza por las contingencias de jubilación y no por otras. Es decir, se cotiza para la pensión de jubilación, pero no para las de desempleo o subsidios.

  • No cotiza para el resto de contingencias comunes, profesionales, formación profesional ni para el fondo de garantía salarial.

  • A diferencia de años anteriores, el desempleado que recibe el subsidio no está obligado a solicitar la jubilación anticipada.

  • La base de cotización será del 125% de la base mínima, lo que son 944,40 euros mensuales.

Ayudas a las que puedes acceder si has trabajado menos de un año

Es cierto que para cobrar el paro es necesario haber trabajado, como mínimo, un año. Sin embargo, el SEPE ofrece ayudas económicas para aquellos que lo hayan hecho durante menos tiempo. Para ara acceder a este subsidio por desempleo habiendo trabajado menos de un año, es necesario haber cotizado 180 días, en el caso de que no haya familiares a cargo, y 90 días si hay familiares a cargo. Habrá que presentar la solicitud en un plazo de 15 días desde el día siguiente a la situación de desempleo.

SAT Granada

Asesoría Jurídico-Laboral

Acuerdo con ALTERNA: desconvocamos la huelga.

Acuerdo con ALTERNA: desconvocamos la huelga.

Copia de CONCENTRACIÓN SI NO NOS PAGA

HUELGA EN ALTERNA ( HOTEL OCCIDENTAL) DESCONVOCADA

También se desconvoca la concentración del lunes 11 de abril.

En el día de hoy, tras las negociaciones emprendidas con la empresa ALTERNA, hemos alcanzado un acuerdo, aceptando la empresa todas las reivindicaciones expresadas por las trabajadoras en el escrito de convocatoria de huelga.

– A partir de ahora la empresa se compromete a abonar las nóminas en los primeros 5 días hábiles del mes.

– Se abonarán todos los conceptos retributivos que dicta el convenio de Hostelería de Granada Salario A).

– Se respetarán los dos días de descanso consecutivos que establece el convenio de Hostelería ( y los descansos rotativos).

– Tras reunión empresa/delegada de personal se determinará el disfrute efectivo de días de vacaciones que “se deben” del año 2021.

– La empresa se compromete a evitar el traslado de las trabajadoras fijas a otros centros de trabajo.

– La empresa aumentará horarios de contratos, o contratará al personal suficiente para que se evite el exceso horario y la carga de trabajo excesiva. Se contratará “Valet”.

– La delgada de personal y la empresa mantendrán una reunión para aplicar estrictamente las medidas de prevención de riesgos laborales y de seguridad en el trabajo, revisión de de maquinaria y enseres incluida.

– La Representante de las trabajadoras facilitará con fecha 22 de abril materias y orden del día a tratar para mantener una reunión con la empresa para el 20 de mayo, con el fin de completar y revisar lo pactado.

HEMOS VISTO SATISFECHAS NUESTRAS REIVINDICACIONES PRINCIPALES.

¡ LA LUCHA ES EL ÚNICO CAMINO!

SAT Granada

Sector de Hostelería y Turismo

HUELGA 4 de ABRIL: El SAT ante la emergencia climática.

HUELGA  4 de ABRIL: El SAT ante la emergencia climática.

 

JORNADA DE HUELGA el LUNES 4 de ABRIL

CONCENTRACIÓN en la FACULTAD de CIENCIAS a las 12h

EL SAT ANTE LA EMERGENCIA CLIMÁTICA

LLAMAMIENTO MUNDIAL EN EL ÁMBITO EDUCATIVO POR EL CLIMA

Huelga Clima 1

Los datos científicos recogidos en los últimos informes del Panel Intergubernamental para el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) de la ONU dejan muy clara la importancia de actuar ya y de manera muy contundente, tanto desde la adaptación como la mitigación a la crisis ecológica global y, especialmente, a la emergencia climática. Las emisiones de gases de efecto invernadero crecen cerca de 1% anual cuando debemos reducirlas un 50% en 2030 y dejar de emitir totalmente en 2050 para no entrar en la fase de cambio climático brusco. En este escenario, la declaración de emergencia climática por parte de los órganos de gobierno de la Universidad de Granada aparece como un brindis al Sol, al no ir acompañada de medidas que realmente impulsen la mitigación y adaptación a la crisis ecológica global y el cambio climático, en particular. En este sentido, la Universidad de Granada debe ser un ejemplo para la sociedad de impulso de sostenibilidad ambiental, social y económica, tal y como recogen sus estatutos.

MÁS ALLÁ DE LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA CLIMÁTICA

No basta con que la Universidad de Granada haya realizado una Declaración de Emergencia Climática y otros planes y declaraciones desde sus órganos de gobierno. Es urgente que la Universidad de Granada tome numerosas medidas concretas e intensas para mitigar y adaptarnos a la crisis ecológica global y, en concreto, al cambio climático. Algunas de estas medidas son:

– La instalación de terrazas (balcones) y cubiertas verdes.

– Puesta en marcha de huertos eco-sostenibles

– Realizar podas adecuadas del arbolado.

– Gestión del arbolado para sombrear aparcamientos

– Disminuir el uso de insumos (ej. fertilizantes y plaguicidas) en los jardines universitarios.

-Utilización de maquinaria, vehículos y herramientas eléctricas en el mantenimiento de los jardines universitarios.

– También debería actuarse fuera de los campus de la UGR, financiando e impulsando plantaciones de vegetación autóctona en diferentes espacios de la Provincia de Granada.

– Fomentar el uso de apps para compartir coche, lo cual reduciría su uso individual descongestionando así el tráfico urbano y mitigando las emisiones de GEI provocadas por el transporte privado.

– Regular y mejorar el transporte público hacia y entre la universidad.

– Impulsar y fortalecer el plan para fomentar el uso de la bicicleta en la comunidad universitaria. Además, habría que aumentar el número de bicicletas de préstamo.

– Mejorar las instalaciones de bicicletas.

– Impulsar la peatonalización de algunas calles entre zonas de campus, reduciendo el tráfico urbano y promoviendo la posibilidad de aumentar la vegetación en estas calles, aumentando así la captación de CO2.

– Impulsar la adecuación de las calles y avenidas circundantes de los campus, para disminuir la velocidad del tráfico y facilitar el tránsito peatonal.

– Instalación de paneles solares térmicos y fotovoltaicos.

– Uso de electrodomésticos con máxima eficiencia energética.

– Limitar el uso del alumbrado.

– Instalación de paneles solares en las farolas, que permitiría una independencia de éstas de la red eléctrica general.

– Instalación de detectores de movimiento en el alumbrado.

– Limitar el uso de calefacción y aire acondicionado en los edificios.

  • Disponer de aislamiento adecuado en los edificios universitarios, tanto en los ya existentes como en los futuros.
  • – Instalación de aerogeneradores. Los aerogeneradores podrían instalarse en la cubierta de algunos edificios universitarios.

– Conectarse con cooperativa de energía sostenible.

– Implantación de compostadoras en jardines universitarios, que podrían ser alimentadas con multitud de residuos orgánicos como los generados en los comedores universitarios, hojarasca de los jardines y restos de poda.

– Disponer de contenedores para el reciclaje distribuidos por toda la US, y facilitar su uso a toda comunidad universitaria.

– Creación de puntos verdes en los campus universitarios. Se trata de poner a disposición de la comunidad universitaria zonas que faciliten la recogida de residuos con difícil tratamiento como: Aceite usado, electrodomésticos, cartuchos de impresora o pilas y baterías usadas, entre otros.

– Plan de concienciación ante el cambio climático entre el alumnado.

– Venta de material reciclado en las papelerías universitarias.

– Declarar la Universidad de Granada una institución libre de botellas de plásticos.

– Servir comida ecológica en los comedores universitarios y bares próximos a los campus.

– Aumentar la superficie de suelo permeable.

  • Eliminación de tickets de papel en comedores universitarios y otros establecimientos: Debemos modernizar este sistema que supone un gran gasto diario de papel fácilmente prescindible.

Huelga Clima 2

ADOPCIÓN DE MEDIDAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Las previsiones sobre el clima apuntan hacia un aumento en la frecuencia y la intensidad de los episodios climáticos extremos, y una de las consecuencias de esta tendencia es la pérdida de puestos de trabajo y productividad. El aumento en las temperaturas mundiales causadas por el cambio climático convertirá el «estrés térmico» en un fenómeno habitual. El calor excesivo en el trabajo crea riesgos profesionales para la salud; restringe las funciones y las capacidades físicas del trabajador, así como su capacidad y productividad laboral.

En la actualidad nos encontramos a muchos trabajadores, técnicos de prevención y empresas que consideran todavía que la exposición al calor ambiental es un “peligro natural” situado fuera de la prevención de riesgos laborales. Vemos que los picos de calor tienden a ser vistos como eventos anecdóticos, frente a los que los individuos deben “adaptarse”. Este es un enfoque erróneo que da pie a una barrera de actitud que a día de hoy está muy arraigada. La evidencia, por el contrario, muestra que debido al cambio climático, los episodios de altas temperaturas son eventos muy previsibles, que se repiten cada año y que afectan a las condiciones de trabajo. Exigimos a la Universidad de Granada que adopte medidas en materia de PRL dirigidas a conciencias y revertir los problemas advertidos.

Identificar y afrontar estos riesgos en relación al cambio climático es uno de los retos actuales de los técnicos de prevención, ya que estos aspectos pueden afectar de manera importante a los trabajadores, especialmente a aquellos que realizan todas o parte de sus tareas al aire libre como son sectores de logística, transporte, construcción, agricultura, turismo y ocio, etc… La Universidad de Granada debe tener planes de contingencia, no solo para que los trabajadores puedan trabajar, sino para proteger sus instalaciones. Todo ello no solo repercute en la salud de los trabajadores, sino en su capacidad de trabajo. Es necesario un plan de acción que pueda ser activado durante los episodios de calor, pues nos tenemos que anticipar, eso es prevenir. Se requieren medidas técnicas, organizativas y de formación, para responsables y la plantilla que integra el PDI, sobre las medidas adoptadas en la empresa.

POR TODO ELLO NOS SUMAMOS A LA CONVOCATORIA DE HUELGA GENERAL PARA EL LUNES 4 DE ABRIL

ASAMBLEA Y CONCENTRACIÓN A LAS 12H EN LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UGR

Huelga clima 3

SECCIONES SINDICALES SAT-UGR
 P.A.S FUNCIONARIO – P.A.S LABORAL – P.D.I 
Tlfnos. 652580109 corporativo: 77942 Dirección electronica: sat@ugr.es  
Complejo Administrativo Triunfo.  Cuesta del hospicio s/n, 18071 Granada.

Nuevos contratos de la reforma laboral

Nuevos contratos de la reforma laboral

Así son los nuevos contratos de la reforma laboral que entran en vigor este jueves

La reforma laboral entra plenamente en vigor el próximo 31 de marzo, con los nuevos requisitos de contratación temporal e indefinida

Contrato 5

El próximo jueves, 31 de marzo, se va a producir un cambio en el mundo de las relaciones laborales en el Estado Español. Ese día entrarán plenamente en vigor las novedades legales de la reforma laboral. Aunque la ley de reforma laboral entró en vigor el pasado 31 de diciembre, la propia norma daba una vacatio legis (periodo transitorio durante el cual una ley o parte de ella no se aplica) de tres meses para la mayoría de las medidas que afectan a los contratos de trabajo.

Si bien, durante estos tres meses, aunque los contratos se hacían según la ley anterior a la reforma, la norma estableció que su duración no podía ser superior a los seis meses. Por tanto, aquellos contratos que se hayan suscrito entre enero y marzo podrán agotar dicho plazo hasta septiembre como máximo. Pero a partir de este próximo jueves todos los nuevos contratos que se firmen en España tendrán que cumplir con los nuevos requisitos aprobados en la reforma laboral. Estas son las principales novedades legales:

Contrato de duración determinada

Para empezar, todos los contratos se presumen indefinidos. Y solo habrá un contrato temporal con dos causas: por circunstancias de la producción y por sustitución.

Los primeros podrán utilizarse para dos tipos de circunstancias. La primera, para incrementos ocasionales e imprevisibles y para cubrir las oscilaciones de la producción que, para la actividad normal de la empresa, se generen y creen un desajuste temporal entre el empleo estable de la compañía y el que se requiere. Estos podrán utilizarse solo en el caso de no pueda hacerse un contrato fijo discontinuo. Su duración será de hasta seis meses, ampliables a un año por convenio colectivo sectorial.

La segunda submodalidad de contrato temporal por circunstancias de la producción está destinado a atender situaciones ocasionales, que sean previsibles y que tengan una duración reducida y delimitada. En este caso la duración será de 90 días en el año natural, pero sin que puedan ser utilizados de manera continuada.

Estas causas y contratos se aplicarán también a las empresas de trabajo temporal. Además, las contratas y subcontratas o concesionarias de la Administración podrán concertar una de estas dos modalidades de contratación de circunstancias de la producción si se cumplen los requisitos descritos, aunque la ley prohíbe expresamente que el motivo habilitante de estos contratos sea que el servicio se realiza en el marco de una contratista o subcontratista.

El otro tipo de contrato temporal es el de sustitución. Se podrá usar para suplir a una persona con derecho a reserva de puesto de trabajo, para completar la jornada reducida o para cubrir un puesto durante un proceso de promoción o selección.

Contrato 1

Contrato fijo-discontinuo

Los legisladores pretenden que las empresas opten por esta modalidad, de naturaleza indefinida pero intermitente para sustituir un buen número de contratos que hasta ahora eran temporales. Para ello, la ley permitirá que se haga este contrato para trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada. Y también para aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan “periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados”.

También estarán destinados a la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad de la empresa. Asimismo, las empresas de trabajo temporal podrán suscribirlos.

Contrato 4

Contrato de formación

Se crean dos tipos: el de formación en alternancia, que combinará trabajo y formación (dual), no tiene límite de edad (salvo 30 años en algunas formaciones específicas) e implicará que el contratado tenga un tutor; su duración deberá de ser entre tres meses y dos años como máximo. El tiempo de trabajo no podrá ser superior al 65% de la jornada de convenio o máxima legal en el primer año o al 85% en el segundo. Y la retribución se fijará en el convenio y, si no fuera así, no podrá ser inferior al 60% de ese puesto o al 75% en el segundo año. Nunca será inferior al salario mínimo en proporción al tiempo trabajado.

La segunda modalidad será el contrato para la obtención de práctica profesional y está destinado a quienes tengan título universitario o certificado de FP o equivalente. Debe suscribirse dentro de los tres años siguientes a la obtención del título (cinco si se hace a una persona con discapacidad). Tendrá duración mínima de seis meses y máxima de un año.

Obra mujer

Contrato indefinido para la construcción

Se crea un nuevo contrato fijo para este sector. Cuando la obra finalice, la empresa estará obligada a ofrecer una recolocación al empleado en otra obra e incluso a recualificarlo si fuera necesario para el nuevo puesto. Pero este contrato se puede extinguir “por motivos inherentes a la persona” (que el trabajador rechace el nuevo empleo, que no sea adecuado para ningún puesto aun recualificándole o que no haya empleos para esa persona en otra obra de la misma provincia, entre otros).

La indemnización que cobrará el trabajador que tenga este contrato será del «7% de los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio colectivo que resulte de aplicación y que hayan sido devengados durante toda la vigencia del contrato, o la superior establecida por el Convenio General del Sector de la Construcción». Si bien estas condiciones de extinción no se aplicarán al personal de estructua del personal de las empresas de construcción.

 

Nuevos límites al encadenamiento

  • Nuevos límites al encadenamientoContrato 2

  • Dos años. El próximo jueves, 31 de marzo, también entrarán en vigor nuevos límites más restrictivos al encadenamiento de contratos. Se reduce de 24 a 18 meses (frente a los 30 actuales) el plazo permitido para encadenar contratos eventuales con o sin solución de continuidad, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción. Si esta fórmula se incumpliera, el trabajador pasará a adquirir la condición de indefinido. A efectos de contar el número de contratos del periodo y plazo para calcular el encadenamiento, se tendrán en cuenta solo los contratos vigentes a 31 de diciembre de 2021.
  • Fijeza del puesto. Pero además será también fija la persona que ocupe un puesto de trabajo que haya estado ocupado, con o sin solución de continuidad, durante más de 18 meses en un periodo de 24 meses por contratados temporales.

Contrato 3

RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO, DUDAS FRECUENTES.

RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO, DUDAS FRECUENTES.

10 respuestas en materia laboral que nos pueden ayudar a tomar decisiones en el régimen especial agrario.

1.- ¿Qué ventajas en la cotización tiene el régimen especial agrario sobre el régimen general?

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Es muy importante tener en cuenta otra serie de particularidades que afecta al conjunto de trabajadores que pertenecen al Sistema Especial Agrario:

1)      No existe una cotización específica para los trabajadores que trabajan a tiempo parcial, es decir quien trabaje por una jornada inferior cotizará por el mínimo diario como si hubiera trabajado la jornada completa.

2)      No existe el pago delegado por parte de la empresa en situación de IT sino que en caso de que le corresponda el subsidio a cargo de la Seguridad Social o de la mutua el pago se efectuará directamente por dichas entidades.

3)      Para aplicarse las bonificaciones por porcentajes a las que tenga derecho una empresa éstas se deberán calcular siempre después de haber minorado la cuota con las reducciones SEA.

2.- ¿Cuándo se considera un trabajador fijo-discontinuo?

La consideración de trabajador fijo-discontinuo va a depender del convenio colectivo de aplicación.

Por ejemplo, en el Convenio del Campo de Granada tendrán la consideración de trabajadores fijos-discontinuos aquellos que, contratados para la campaña, acrediten un total de 120 días laborables al año en tres campañas seguidas. Estando los empresarios obligados a formalizar el alta y baja correspondiente al inicio y a la terminación de cada una de las campañas, con el concepto para el certificado de baja de «terminación de campaña». Podrán cotizar por la modalidad de Jornadas Reales.

Pese a lo que determina el convenio, existen sentencias del trinunal Supremo que consideran fijo-discontinuo a aquel o aquella trJORNALERA ANDALUZA

3.- Trabajador fijo-discontinuo en baja por IT en el momento de su llamamiento, ¿se tiene que incorporar?

Hasta hace bien poco había discrepancias entre varios TSJ sobre este tema, pero el 14/7/16 el Tribunal Supremo ha resuelto toda duda dictando que

Aunque el trabajador se encontrara enfermo, ello no exime de la obligación de llamamiento a la empresa, momento a partir del cual la empresa debe asumir la obligación de cotizar a la Seguridad Social desde dicha fecha y mientras dure el proceso de IT, o finalice la campaña, si bien la reincorporación efectiva al trabajo se producirá a partir del alta médica.

4.- ¿Están obligadas las empresas afectadas por el Régimen Especial Agrario a tener un mínimo de trabajadores fijos o fijos-discontinuos?

Como norma general, las empresas afectadas por el Régimen Especial Agrario deberán de garantizar, como mínimo, que el 73 % de sus plantillas serán fijos y/o fijos-discontinuos.

Con esto hay que llevar mucho cuidado, la Inspección de Trabajo realiza periódicamente campañas de control para la comprobación de dicha obligación, y está sancionando por su incumplimiento.

Para dicho cálculo la Inspección de Trabajo también tiene en cuenta los trabajadores de puesta a disposición a través de ETT.

5.- ¿ Te pueden cesar como fijo-discontinuo y dejar trabajadores eventuales en plantilla de tu empresa?

En ningún caso podrán ser cesados los trabajadores fijos discontinuos, sin haber sido previamente cesados los trabajadores eventuales incluidos los contratados a través de ETT.

Todo ello teniendo en cuenta el sistema de llamamiento por especialidades profesionales. Una fórmula para poder mantener al trabajador con contrato eventual sobre otros fijos-discontinuos, sería asignarle una especialidad profesional distinta a la de estos siempre que mantengamos en plantilla la cuota de trabajadores fijos.

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6.- ¿El Régimen Especial Agrario es solo para el personal de campo o también puedo incluir al personal de oficina?

Están dentro del campo de aplicación de éste sistema especial los trabajadores que prestan, como elementos auxiliares, servicios no propiamente agrícolas, forestales o pecuarios en explotaciones agrarias, siempre y cuando no los alternen con trabajos que tengan carácter industrial, por ejemplo: técnicos, administrativos, mecánicos, conductores de vehículos y maquinaria y cualesquiera otros profesionales que desempeñen su cometido en la explotación.

7.- ¿El personal de campo está obligado a llevar el registro del control horario diario?

Sí, es obligatorio para todo el personal de la empresa.

La Inspección de Trabajo está sancionando a las empresas que no lo llevan. A raíz de la interpretación por la Inspección de Trabajo de la sentencia de la Audiencia Nacional que resolvió en un caso la obligación de la empresa a llevar el registro horario aunque no se realicen horas extraordinarias, ha puesto en marcha una campaña para la comprobación de la llevanza de dicho registro por parte de todas las empresas independientemente del sector.

En las empresas agrícolas para el personal de campo, ante la dificultad técnica de instalar en la fincas sistemas de registro horario, están pidiendo la hoja campo que llevan los encargados para el control de personal, en esta debe de aparecer:

  • los trabajadores que hay en el tajo,
  • la hora de entrada, hora de fin y horas trabajadas.

Hay que hacer un resumen mensual de estos partes por trabajador y entregarle una copia junto a la nómina.

El objetivo de la inspección es comprobar que la jornada se ajusta a los límites legales, y si se realizan horas extraordinarias, que éstas se abonan o se compensan con descansos.

8.- ¿Qué pasa cuando una vez iniciada la jornada hay que suspenderla por inclemencias del tiempo?

El convenio del Campo de Granada establece lo siguiente:

Artículo 9.- SUSPENSIÓN DEL TRABAJO
A los trabajadores fijos discontinuos y eventuales y temporeros se les abonara el trabajo efectivo más el 50% del resto de la jornada suspendida, con un máximo de dos horas. Si el trabajador se presentara en el tajo y no se inicia la faena se le abonará dos horas de salario base.

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9.- ¿ Cuáles la jornada de trabajo estipulada?

El convenio del Campo de Granada establece:

Artículo 4.- JORNADA DE TRABAJO
La Jornada Laboral comienza en el tajo para las faenas exclusivamente manuales o en el lugar de reunión si se precisa aparejar animales o emplear maquinaria, aperos o accesorios y se entiende que termina en el lugar donde había comenzado.
La Jornada de trabajo, será de 39 horas semanales de bajo efectivo para los trabajadores fijos y de seis horas para los trabajadores eventuales, distribuidas en jornadas máximas de ocho horas. La empresa podrá distribuir irregularmente el 10% de la Jornada anual de trabajo, avisando al trabajador con la antelación suficiente.
Como consecuencia del proceso productivo continuo que implica trabajar en el campo durante las campañas de recolección y por tratarse de cultivos perecederos, los domingos tendrán carácter laboral, pudiendo disfrutar el trabajador del descanso semanal en cualquiera de los otros días de la semana.
El resto del año el descanso semanal coincidirá en domingo, si por cualquier razón hubiera que trabajar en domingo o festivo el trabajador percibirá su jornada normal
más el 50% del salario base. Exceptuando las faenas de guardería y ganadería, que de mutuo acuerdo se fijarán en otro día de la semana, pudiendo ser variable.

10.- ¿ Puede la empresa implantar un sistema de trabajo por rendimiento o productividad?

Sí, siempre que se informe previamente a los Representantes de los Trabajadores, siendo imprescindible la participación y acuerdo de éstos.

La modalidad de retribución, así como las condiciones de aplicación, deberán plasmarse por escrito, aunque no es obligatorio si no lo solicita alguna de las partes, pero es recomendable.

En ningún caso la cantidad a percibir por el trabajador será inferior a la que hubiese recibido aplicando lo estipulado en el salario/hora establecido en Convenio Colectivo.

CONVENIO CAMPO 2021 - 2022 Tablas Salariales. (Póster (horizontal))Conveio del campo de Granada 2016 2018

Campaña 2021 – 2022 (TABLAS SALARIALES)

UGR: EL PAS EN LUCHA.

UGR: EL PAS EN LUCHA.

No privatización

¡ EL PAS Personal laboral de Administración y Servicios) EN LUCHA !

Contra la privatización de servicios en la UGR !!

Resolución del concurso YA!!

Transparencia en las listas de interinidad !!

Por la regulación del Teletrabajo !!

No más injusticias en las Comisiones de Servicio !!

Por la carrera horizontal !!

¡ BASTA DE ARBITRARIEDAD !

La Junta de Personal continuará reivindicando, como lleva tiempo haciendo, una negociación real y efectiva, con la Rectora y su Gerencia, la cuál hasta ahora no se está produciendo, para conseguir una solución consensuada a todas las demandas y problemáticas que sufre el PAS de la UNIVERSIDAD DE GRANADA.

Con tu apoyo y presencia en nuestras concentraciones, seguiremos defendiendo el NO a la privatización de Servicios Públicos y la negociación con los representantes de los trabajadores y las trabajadoras de esta Universidad.

NO A LA PRIVATIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS

NO A LA PRECARIEDAD EN EL EMPLEO

UNIVERSIDAD PÚBLICA Y DE CALIDAD

SECCIONES SINDICALES SAT-UGR
 P.A.S FUNCIONARIO – P.A.S LABORAL – P.D.I 
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