CONCENTRACIÓN sábado 15 de mayo por la estabilidad en el empleo de los trabajadores públicos.

CONCENTRACIÓN sábado 15 de mayo por la estabilidad en el empleo de los trabajadores públicos.

 

MOTIVOS PARA LA HUELGA EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

La precariedad de l@s emplead@s públic@s en forma de alta tasa de temporalidad y el abuso de ésta por parte de las administraciones es insostenible. Son miles las personas que han demostrado mérito y capacidad durante años, y que han superado en la inmensa mayoría de ocasiones los diferentes procesos selectivos que la administración les exigió en su momento para acceder a la función pública. Paralelamente, las ofertas de empleo público siguen siendo insuficientes para cubrir realmente las necesidades estructurales que requieren los servicios, llevando a estos, a una vía de privatización que avanza imparable en sectores clave para la ciudadanía como sanidad y educación.

La directiva 1999/70/CE, de obligatorio cumplimiento para los estados miembros de la UE, y diversas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dejan claro, que si no existe normativa sancionadora estatal (caso del estado español) para el abuso de la temporalidad de las administraciones públicas, la fijeza del personal en abuso tiene el amparo legal para ser la sanción disuasoria para la administración y compensatoria para los afectados.

RAZONES PARA UNA HUELGA, 28 M

La inestabilidad y precariedad que sufren l@s trabajador@s de las subcontratas (con peores condiciones laborales y económicas), así como las miles de personas opositoras, a las que se ha dejado en la estacada sin las correspondientes convocatorias anuales, o bien con ofertas de empleo que no se ajustan a la realidad de los puestos estructurales que realmente necesitan cubrirse, han sido las claves de unas políticas neoliberales que han priorizado el beneficio de la empresas privada en detrimento de unos servicios públicos de calidad, debilitando así las estructuras de éstos.

NO PODEMOS PERMITIR QUE CESEN A PERSONAS PREPARADAS QUE HAN DADO LO MEJOR DE SUS VIDAS COMO SERVIDORES PÚBLICOS

NO PODEMOS PERMITIR QUE SE PIERDAN MILES DE PLAZAS PÚBLICAS EN BENEFICIO DE EMPRESAS PRIVADAS CON EL ÚNICO INTERÉS DE EXPOLIAR EL DINERO DE TODA LA CIUDADANÍA.

EL DÍA 28-M LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA DEBEN PARAR PARA RECLAMAR Y EXIGIR A LEGISLADORES Y ALTOS CARGOS DE LAS DIFERENTES ADMINISTRACIONES:

-La paralización de los procesos selectivos, auditoría de los puestos ocupados por interinos y sustitutos en abuso de temporalidad y separación de estás plazas de los procesos selectivos de libre concurrencia. Cumplimiento de la directiva europea 1999/70/CE y del derecho comunitario. Regulación administrativa para el personal en abuso en personal fijo a extinguir.

-Convocatorias anuales acordes a las necesidades reales. Eliminación de las tasas de reposición y recuperación de las miles de plazas que se han perdido en los últimos años, así como la creación de todas aquellas plazas necesarias estructuralmente para unos servicios públicos de calidad.

-Expulsión de empresas privadas de las administraciones públicas, y recuperación de los servicios externalizados, expansión y refuerzo de estos servicios mediante una mayor inversión orientada a necesidades colectivas y sociales para garantizar a la población unos servicios públicos dignos, especialmente a la clase trabajadora y los sectores más vulnerables.

-Dotar a la inspección de trabajo con herramientas y personal para la detección de contratación fraudulenta en las administraciones públicas y establecimiento de mecanismos de sanción como el pago con patrimonio privado o inhabilitación para el desempeño en la administración pública para aquellos gestor@s públic@s que utilicen la contratación en fraude de ley.

RAZONES PARA UNA HUELGA, 28 M-1

28 de mayo Huelga General del Sector Público y sus contratas ¡ QUIENES ESTÁN, SE QUEDAN!

28 de mayo Huelga General del Sector Público y sus contratas ¡ QUIENES ESTÁN, SE QUEDAN!

28 de mayo HUELGA POR LA DOTACIÓN REAL DE PLAZAS PARA LAS NECESIDADES DEL SERVICIO

HACÍA LA HUELGA POR LA DOTACIÓN REAL DE PLAZAS PARA LAS NECESIDADES DEL SERVICIO

PÚBLICO Y FIJEZA YA PARA EL PERSONAL EN ABUSO DE TEMPORALIDAD

Es un clamor…concentraciones por todo el estado, caravanas de coches en todas las ciudades, convocatoria para la tercera manifestación a nivel estatal el 22 de Mayo, huelgas de hambre, como la de Irune, interina en el Ayuntamiento de Bilbao, Koro, de comedores escolares en Guipuzkoa o María Jesús Casado que lleva desde el 6 de abril y es empleada fija de la delegación de hacienda en Alicante y está haciendo la huelga en solidaridad por sus compañer@s interin@s, las diferentes convocatorias de huelga en Galicia o la indefinida de los canarios con ocupación de edificios públicos por el comité de huelga, acciones penales como la querella interpuesta por la Plataforma de Interinos de Cataluña ante los juzgados de Barcelona por un presunto delito de prevaricación administrativa contra Annabel Marcos, secretaria de Administración y Función Pública de la Generalitat de Cataluña, y contra Pilar Sorribas, directora general de Función Pública de la Generalitat de Cataluña. Y así, una constante de lucha, entre estrés y ansiedad por parte de los empleados públicos en abuso de temporalidad.

A la vez vemos cómo las ofertas de empleo público siguen siendo insuficientes para cubrir realmente las necesidades de los servicios públicos y como se privatizan a marchas forzadas cosas tan importantes como la sanidad y la educación. La precariedad de los empleados públicos, la alta tasa de temporalidad y el abuso de ésta por parte de las administraciones es insostenible.

Desde el Sindicato Andaluz de Trabajador@s nos preguntamos…

POR QUÉ los que firmaron un supuesto acuerdo de estabilización con el exministro Montoro siguen de perfil o incluso presionan para que las OPEs se agilicen, aún a sabiendas de que están poniendo en la palestra a personas que sobradamente han demostrado, mérito y capacidad durante años, y que han superado en la mayoría de las ocasiones los diferentes procesos selectivos que se les exigieron en su momento para acceder a la función pública. A estas personas les asiste el derecho y la jurisprudencia europea, toda vez que no hay sanción legislada en el estado español que sancione el abuso de temporalidad por parte de la administración. Las centrales firmantes (CCOO, UGT y CSIF) de los llamados procesos de “estabilización” que iban orientados a las plazas y no a las personas, en vez de rectificar su error y defender a los trabajadores públicos en abuso, están siendo cómplices de un ERE encubierto que puede mandar a la exclusión a 800.000 trabajadores públicos con una media de edad de 52 años, con el agravante en términos de igualdad y con carácter general en las diferentes administraciones, de casi un 60% de mujeres. Además los firmantes eran conscientes de las miles de plazas necesarias, para dotar a los servicios públicos eficientemente, que se dejaban atrás, y el consiguiente perjuicio que ocasionaba a nuev@s opositor@s.

Copia de 28 de mayo HUELGA POR LA DOTACIÓN REAL DE PLAZAS PARA LAS NECESIDADES DEL SERVICIO

En el Sindicato Andaluz de Trabajador@s lo tenemos muy claro, los empleados públicos en abuso de temporalidad llevan razón, no nos sirve que CCOO, UGT Y CSIF, se limiten a decir que es anticonstitucional hacer fijos a los empleados abusados, sus servicios jurídicos saben que en base a la directiva 1999/70/CE, que es de obligatorio cumplimiento para los estados miembros de la UE, bajo el principio de primacía del derecho de la unión europea sobre la normativa española incluida la constitución vigente, y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea deja claro que si no existe normativa sancionadora estatal para el abuso de la temporalidad, la fijeza tiene el amparo legal para ser la sanción disuasoria y compensatoria para los afectados, es decir, la administración que abusa de la temporalidad para cubrir necesidades permanentes y estructurales aprovechándose del personal temporal debe ser sancionada y ha de repararse el daño a las víctimas, ergo la relación temporal abusiva ha de transformarse en fija. Y por si no queda claro, que la FIJEZA para el personal en abuso es constitucional, nada más y nada menos que María Emilia Casas, ex-presidenta del Tribunal Constitucional y catedrática de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), ha firmado un informe con su actual gabinete jurídico en el que afirma que:

  • Es constitucional una reforma legal que convierta en personal fijo «a extinguir» en nueva categoría de «personal estabilizado con carácter indefinido» a los empleados públicos en situación de abuso de temporalidad.
  • Niega que se vulneren los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público dado que ya tuvieron que satisfacerse, a excepción de determinados casos, para el acceso al puesto temporal.
  • Y es la mejor forma para dar cumplimiento por los legisladores nacionales a la normativa y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como la importante sentencia de 19/03/2020.

¿Qué intereses hay por parte de CCOO, UGT y CSIF y por qué defienden en las mesas de negociación seguir adelante con Ofertas Públicas de Empleo masivas y express si son conocedores de la problemática existente?

Emplazamos a estos sindicatos a que estudien cambiar sus posturas en las mesas porque es un grave perjuicio el que se está creando a miles de familias trabajadoras.

INSISTIMOS. TJUE HA DICTAMINADO QUE LAS OPES NO SON UNA

SANCIÓN NI UN ELEMENTO DISUASORIO DE LA TEMPORALIDAD, Y NO SE

AJUSTA A DERECHO LA PERDIDA DEL EMPLEO DEL QUE HA SUFRIDO EL ABUSO O CONTRATACIÓN FRAUDULENTA.

Copia de Copia de 28 de mayo HUELGA POR LA DOTACIÓN REAL DE PLAZAS PARA LAS NECESIDADES DEL SERVICIO

Otra cuestión es, la inacción de los sucesivos gobiernos y la no transposición de la directiva 1999/70/CE, que ha provocado el anuncio de sanciones contra el estado que incumpla las directivas y resoluciones judiciales europeas, además, en las últimas semanas también hemos sabido que Europa vincula la ayuda de los famosos fondos COVID a que el Estado Español acabe con el abuso de temporalidad y su alta tasa. En la huida hacia delante de la administración, se han acelerado los mal llamados procesos de consolidación y ofertas de empleo público, a la vez que se hace oídos sordos a la jurisprudencia y derecho Europeo, para así, ir cesando o despidiendo con alevosía y gratuitamente a l@s emplead@s públicos en abuso, una forma muy ruín de deshacerse del problema, ya que unos procesos de libre concurrencia pueden suponer cese o despido para el personal en fraude en el caso de no superar la prueba, es decir, en un paradigma de lo absurdo, la sanción recae sobre el empleado en abuso y no sobre la administración o empresa contratante que es la que incumple.

Para colmo, no dejan de llover sentencias en primera instancia favorables a la fijeza como sanción al abuso. Buena prueba de ello son la del pasado 4 de Marzo donde el Juzgado de lo Social Nº11 de Bilbao declaraba la fijeza de una trabajadora temporal de la Universidad del País Vasco con una sentencia, que considera que el contrato de la demandante era abusivo, al estar en situación de precariedad desde 2003. Por primera vez, esta contundente sentencia no declaraba a la demandante indefinida no fija, sino FIJA directamente, con las consecuencias legales y económicas inherentes a dicho reconocimiento. O la del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Alicante, que dictó seis sentencias por las que hacía fijos a 16 funcionarios interinos de la Universidad de Alicante, condenando a esta Universidad a reconocerles el derecho a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera comparables, aunque sin adquirir la condición de funcionario de carrera. La sentencia no sólo se sustenta en la argumentación del fallo del mismo juzgado de 8 de junio de 2020, sino que refuerza las posiciones de la justicia europea en el Auto del TJUE de 30/09/2020, asunto Gondomar; y de la STJUE de 11/02/2021 asunto C-770/18, que afirman que si la Legislación de un Estado miembro no ha fijado una medida sancionadora para acabar con la precarización de los empleados del sector público, procede la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija, sin que pueda invocarse por las autoridades nacionales la normativa interna que solo en este sector prohíbe esta conversión, ya que para que opere una prohibición de este tipo, es necesario que la Legislación nacional prevea en este Sector público –y la Legislación española no la prevé – otra medida efectiva para sancionar la utilización abusiva de contratos temporales.

Por otro lado hemos conocido también la existencia de un preacuerdo para dar fijeza al personal en abuso al que llegaron el comité de huelga en Canarias y el gobierno autonómico, aunque este último dio marcha atrás a causa de una llamada de desautorización del Ministro Iceta, o la también importante aprobación en el Parlamento Asturiano de la Proposición No de Ley (PNL) de Podemos Asturias en la que en el texto original se insta al Gobierno autonómico a paralizar los procesos de estabilización de los puestos de los empleados públicos en abuso de temporalidad y la aprobación de una regularización administrativa que los mantenga en sus puestos, para dar cumplimiento a la normativa y sentencias europeas, en la que finalmente sale adelante con la abstención de PSOE del Gobierno autonómico, y con una modificación para que el Gobierno Asturiano se dirija al nacional para pedirle que «impulse» modificaciones legales que permitan esos puntos además de una comprobación de los puestos en fraude de temporalidad. Los grupos coinciden en que es un fraude de ley condenado por sentencia europea y el Gobierno del Estado debe acometer una reforma urgente porque «están en riesgo» los fondos europeos de recuperación.

Copia de 28 de mayo HUELGA POR LA DOTACIÓN REAL DE PLAZAS PARA LAS NECESIDADES DEL SERVICIO-1

La inestabilidad y precariedad de los trabajador@s de las diferentes administraciones y subcontratas, es un continuo calvario para l@s que están y para las miles de personas que quieren acceder a los servicios públicos, y ven como año tras año no salen las plazas que debería salir, ni se ocupan los puestos estructurales necesarios. Las políticas en clave neoliberal, ineficaces e irresponsables de los sucesivos gobiernos, buscan mermar la capacidad y calidad de los servicios públicos, debilitando las estructuras de estos y derivando conscientemente a la privatización sectores fundamentales para la ciudadanía, repitiendo una y otra vez el mantra de qué lo público no es eficaz, ni suficiente, para reforzar y presentar como “salvadoras” a las grandes empresas que hacen negocio con las necesidades de la ciudadanía y que vienen a suplir “las carencias de un sistema que no funciona”, y que en su afán de expoliar el dinero público, intentan reventar un sistema que ha demostrado ser robusto, eficaz, necesario e imprescindible, a pesar del deterioro, expolio y ataques permanentes al que se ha visto sometido por las clases dirigentes e influyentes para fulminarlo.

POR TODO ESTO Y POR MÁS HEMOS DECIDIDO SUMARNOS A LA HUELGA

CONVOCADA POR L@S COMPAÑER@S DE C.G.T EL DÍA 28-M EN LAS

ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.

INVITAMOS Y ANIMAMOS A TODAS LAS FUERZAS SINDICALES

ALTERNATIVAS, OPOSITORES, PERSONAL DE SUBCONTRATAS Y

COLECTIVOS O ASOCIACIONES DE INTERINOS Y TEMPORALES EN ABUSO A UNIRSE A LA MISMA.

Por todo lo expuesto anteriormente pedimos:

-Paralización de los procesos selectivos, auditoría de los puestos ocupados por interinos y sustitutos en abuso de temporalidad, regulación administrativa y conversión que se ajuste a derecho del personal en abuso según jurisprudencia y directiva europea 1999/70CE.

-Convocatorias acordes a las necesidades reales, ya vale de infradotar a las administraciones públicas a favor de empresas privadas. Eliminación de las tasas de reposición y recuperación de las miles de plazas que se han perdido en los últimos años, la creación de todas aquellas plazas que sean necesarias estructuralmente para unos servicios públicos robustos y sin ningún tipo de carencias.

-La expulsión de lo público de las empresas privadas, la recuperación de los servicios externalizados o privatizados, así como la necesaria expansión de estos servicios mediante una mayor inversión en las necesidades colectivas y sociales, para garantizar así unas condiciones dignas de vida para la población y especialmente para la clase trabajadora y los sectores más vulnerables.

-Dotar a la inspección de trabajo con herramientas y personal para detectar la contratación fraudulenta en las administraciones públicas así como las plazas ocupadas con supuestos contratos de programa y que realmente son estructurales.

– Establecer mecanismos de sanción, para que aquellos gestor@s públicos que utilicen la contratación en fraude de ley, paguen con su patrimonio privado o con la inhabilitación para el desempeño en la administración pública su presunto delito, porque no debe ser la propia administración con el dinero de tod@s la que pague los presuntos fraudes o corruptelas que hayan cometido est@s gestor@s.

Fran Romero – Delegado Sindical del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as en la

Universidad de Granada

Cartel provisonal 28 de mayo

A continuación las diversas sentencias europeas y españolas, en relación al abuso de temporalidad, así como los enlaces a las fuentes de información.

SENTENCIAS TJUE

Sentencia Mascolo del 26 de noviembre de 2014 (Italia)

de abuso de temporalidad en empleados públicos -en ese caso de Educación- sin sanción adecuada a la administración recogida en el ordenamiento italiano. La sentencia tiene la siguiente consecuencia:

1. promulgación en Italia de una Ley, n.º 107/2015 de 13 de julio de 2015, a raíz precisamente de esa sentencia para adaptar la normativa nacional italiana a la Directiva Europea que además de fijar en 36 meses la temporalidad máxima absoluta y una serie de indemnizaciones como sanciones a la administración (aparte de la reducción de la productividad de los directivos responsables de los recursos humanos de la normativa general) para disuadir en el futuro la repetición del abuso incluía una disposición transitoria ( art. 1 apartado 95 sobre el plan extraordinario de contratación indefinida) para que se transformara la relación laboral temporal del personal de Educación ya en situación de abuso de temporalidad en relación laboral indefinida ( es decir, fija en la terminología española).

Sentencia Santoro 7 marzo del 2018 (Italia)

1. En el sector público no basta con una indemnización para sancionar el abuso de la temporalidad porque la paga del tesoro público, para ser disuasoria tiene que haber además una multa a la autoridad administrativa responsable.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/FR/TXT/?uri=CELEX

%3A62016CJ0494

Sentencia Rossato 15 Mayo del 2019 (Italia)

Por el caso de empleado público de Educación de Italia ya convertido en fijo: ante el abuso en la temporalidad la conversión a fijo es una medida suficiente y no hay obligación de indemnización adicional.

http://apiscam.blogspot.com/2019/05/sentencia-del-tribunal-de-justiciade.html?m=1

Sentencia 19 marzo 2020 Sánchez Ruiz TJUE (Estado Español)

  1. Cuando se ha producido un abuso es indispensable la sanción a la administración empleadora.
  2. Le corresponde al ordenamiento español fijar la sanción.
  3. Las convocatorias a oposiciones no son sanción, porque no se sanciona al responsable de los abusos. Porque en ellos sancionamos no al delincuente sino a la víctima. Solo cumpliría la directiva lo procesos restringidos donde participen las víctimas del abuso.
  4. La figura del indefinido no fijo no es sanción.
  5. Las indemnizaciones pueden ser sanción, pero para cumplir la directiva tienen que estar específicamente previstas en la legislación a tal efecto y tiene que ser disuasorias, reprimir y penalizar al causante del daño.

https://www.sostemporalespublicos.com/documentos/SENTENCIA-TJUE-19Marzo-2020.pdf http://apiscam.blogspot.com/2020/03/sentencia-demoledora-yespranzadora-del.html

AUTO 30 de septiembre 2020 Gondomar (Portugal)

El Tribunal Supremo pregunta que tiene que hacer, ya que como la administración no ha previsto una sanción, ¿que si tiene la obligación de hacerlos fijos a los temporales?

  1. Si, se tiene la obligación de hacer fijos a los trabajadores públicos temporales en abuso mientras que la legislación nacional no establezca una sanción.
  2. No se puede aplicar la ley interna que prohíbe hacer fijos a los interinos precisamente porque el país ha incumplido su obligación de trasponer la directiva en una norma.

Importante: Habla de legislación, que es el legislador el que tiene que fijar la sanción y que, si el legislador no la ha fijado, esa sanción no puede ser inventada por los tribunales, es el legislador el que fija la sanción y si el legislador no ha fijado la sanción, la fijeza como única solución. Y el auto se refiere a todo el sector público, (laborales y funcionarios) https://drive.google.com/file/d/12eRfjGUdEZC98H4OxtNM1Le0Q67KjWc5/view http://apiscam.blogspot.com/2020/10/el-tribunal-de-justicia-de-la-union.html

Sentencia 11 FEBRERO 2021 (Grecia)

  1. La directiva no impone la transformación en fijo de los interinos, ya que:
  2. Cada estado miembro tiene la libertad de fijar la sanción que estime más oportuna, salvo que ese estado miembro no haya fijado una sanción en su legislación, en cuyo caso:
  3. las autoridades nacionales de un Estado miembro están obligadas a transformar la relación temporal abusiva en una relación fija si en la Legislación de ese Estado miembro no existe ninguna medida sancionadora.
  • La sentencia analiza una antigua ley griega 1920 que permite hacerlos fijos y es contraria a la actual Constitución Griega.
  • La autoridad nacional lo primero que tiene que hacer es ver si existe alguna medida sancionadora y si no existe tiene que aplicar la ley de 1920 que obliga a hacer fijos i No aplicar la Constitución. Por el principio de prevalencia, el derecho de la unión prevalece sobre la Constitución y segundo porque en ese caso el abuso quedaría sin sanción y se estarían socavando los objetivos y el efecto útil de la directiva.

http://apiscam.blogspot.com/2021/02/sentencia-del-tribunal-europeodel.html?m=1 http://apiscam.blogspot.com/2021/02/arauz-sobre-la-nueva-sentencia-deltjue.html?m=1 https://www.sostemporalespublicos.com/documentos/2021.02.11-Sentencia %20C-760_18-GRECIA.pdf

Conclusiones Abogacía General de la UE «Gilda-UNAMS» (Italia) 18 de marzo 2021

1. profesores de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos que tuvieron el resto de docentes tras la sentencia europea del asunto Mascolo:

su situación también está protegida por la Directiva contra el abuso de temporalidad y la conversión a fijo como medida de sanción es obligatoria en este caso aunque lo prohíba la normativa nacional. http://apiscam.blogspot.com/2021/03/conclusiones-de-la-abogacia-generalde.html

SENTENCIAS ESTADO ESPAÑOL

Sentencia del juzgado contencioso-administrativo nº 4 de Alicante del 08 de junio de 2020

 PRIMERA SENTENCIA EN ESPAÑA QUE DA LA FIJEZA A UNA FUNCIONARIA INTERINA EN FRAUDE DE LEY POR ABUSO DE LA TEMPORALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Sentencia 146/2021 del Juzgado contencioso-administrativo Nº4 de Alicante del 24 de marzo de 2021

 sentencia fijeza a 16 funcionarios interinos de la Universidad de Alicante como sanción al abuso de temporalidad en el empleo público aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. «Si la legislación no ha fijado una medida sancionadora en el sector público, procede la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija»

Sentencia de Fijeza del juzgado nº4 de lo Contencioso-Administrativo de Alicante a funcionario interino 13 años del 31 de marzo de 2021

 funcionario interino 13 años, personal de Administración y Servicios, en mismo puesto de la Universidad de Alicante como sanción al abuso de temporalidad en el empleo público por la Directiva Europea 1999/70/CE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto, en especial la sentencia de 19/03/2020 del asunto «Sánchez Ruiz y otros» reafirmada en la consecuencia de fijeza por el Auto de 30/09/2020 en el asunto portugués «Gondomar» y la sentencia de 11/02/2021 en el asunto griego «Agios Nikolaos» http://apiscam.blogspot.com/2021/04/nueva-sentencia-del-fijeza-del-juzgado.html

Sentencia de Fijeza 29 de marzo. El TS crea jurisprudencia nacional con respecto a los contratos temporales

  • «El Tribunal Supremo crea jurisprudencia nacional con respecto a los contratos temporales. El tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la Universidad de Valladolid, considera fraude de ley la situación de una trabajadora temporal, le concede la condición de indefinida (fija), y condena en costas a la Universidad.
  • El Supremo estima indefinido un contrato por servicio de más de ocho años en el Instituto de Biología de la UVA. Confirma la sentencia por despido improcedente en 2017 de una técnica de la ‘prueba del talón’ y condena a costas a la Universidad de Valladolid.

https://www.sostemporalespublicos.com/documentos/2021-03-29-sentencia %20casacion%20TS-obra%20y%20servicio-indefinida.pdf

Sentencia 445/2020 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Toledo

Descarga la Sentencia 445/2020

  • 30 de octubre de 2020. Una jueza condena a un ayuntamiento de Toledo a hacer fijos a 11 empleados públicos temporales en fraude de ley. La sentencia reconoce la fijeza a los trabajadores, que accedieron a sus puestos mediante entrevistas, bolsas de empleo y concursos, ya que considera que es la medida más adecuada para sancionar y prevenir el abuso de los temporales en la Administración Pública. Sentencia 502/2020 del TSJ de Galicia Sala de lo Social

Descarga la Sentencia 502/2020

  • Con fecha de 10 de septiembre de 2020, el TSJ de Galicia Sala de lo Social Falla que estimando el recurso de Suplicación interpuesto por la representación letrada de doña María Consuelo, contra la sentencia de fecha quince de octubre del año dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de lo Social número dos de los de Pontevedra, en proceso tramitado a instancia de la recurrente frente al Concello de Pontevedra, debemos revocar en parte la misma y estimando la demanda rectora de las presentes actuaciones, en su pretensión principal, declaramos que la actora tiene la condición de trabajadora fija de la Administración demandada, condenando a la demandada a estar y pasar por dicho pronunciamiento, manteniendo el resto de pronunciamientos de la sentencia de instancia.

Sentencia de Fijeza de Laboral nº 134/2021. JUZGADO DE LO SOCIAL N° 11 DE BILBAO

Descarga la Sentencia nº 134/2021. JUZGADO DE LO SOCIAL N° 11 DE BILBAO

08 de marzo de 2021, nueva sentencia de FIJEZA. El juzgado de lo social 11 de Bilbao, acaba de dictar sentencia ante una demanda de una trabajadora temporal de la Universidad del País Vasco que habíamos presentado dentro de nuestra campaña, y la declara FIJA, dado que considera que su contrato era abusivo, ya que llevaba en precariedad desde 2003. No la declara indefinida no fija, sino FIJA directamente, La sentencia son 16 páginas, y es impecable, y llena de referencias jurisprudenciales, no solo del TJUE, sino también del TS y en cuanto a lo de que la trabajadora no entró por oposición, la sentencia termina con este párrafo tan contundente:

Cuarto.- Y ello no supone vulneración de los artículos 9 y 103 de la Constitución Española, el segundo de los cuales impone el respeto a los principios de mérito y capacidad en el acceso al empleo público, pues dichos principios y por tanto dichos preceptos constitucionales han de ser respetados por la Administración no ahora el 2021 sino cuando se accede -sea de modo temporal o definitivo- a dichos puestos, con lo que es la Administración la que debió, en 2003, fijar el proceso selectivo adecuado para ingresar en ella incluso como interino y si no lo hizo o el proceso que ideó no se estima suficiente debió haberlo modificado, no siendo el ciudadano el pagano de las inadecuadas actuaciones de dicha Administración.

¿Quién decide y elabora la política laboral en la Universidad de Granada?

¿Quién decide y elabora la política laboral en la Universidad de Granada?

¿Quién decide y elabora la política laboral en la Universidad de Granada?

por José Antonio Martín Pérez (delegado sindical del SAT-UGR)

Pues para no andarnos por las ramas diremos que la política laboral se decide en las mesas sectoriales y mesa general, donde están presentes los sindicatos “mayoritarios” (CC.OO.; UGT y CSIF) además de los representantes de Gerencia, donde no está presente un órgano tan importante y que representa al personal laboral de la Universidad de Granada como es el Comité de Empresa, este órgano está excluido de dichas mesas y tan solo se le informa de los acuerdos que salen de ellas.

Comenzamos haciendo un poco de historia para poder entender la política laboral que la Universidad de Granada está llevando a cabo de un tiempo a esta parte.

En el mes de junio de 2019 se celebran elecciones sindicales para Comité de Empresa a las que concurren siete secciones sindicales – CC.OO.; UGT; NOTUGR; CSIF; USTEA y la Coalición CTI-SAT y a las que fueron convocados aproximadamente unos 1400 trabajadores y trabajadoras laborales, estas elecciones sindicales se celebran después de dos laudos que fueron presentados por los sindicatos, llamados minoritarios, por el retraso que ya se llevaba en la convocatoria de dichas elecciones, estos sindicatos “minoritarios” no estaban presentes en la mesa de negociación en la que se negociaba el proceso de funcionarización del personal laboral. Ambos arbitrajes resultaron con laudos ganados por estos sindicatos “minoritarios” a pesar de que la empresa puso todo el empeño en que no salieran adelante las elecciones en las fechas que debieron convocarse, entre otras cosas porque peligraba todo ese proceso si los resultados de las elecciones se decantaban por un cambio en el seno del Comité. A resultas de esto tuvieron que convocarse dichas elecciones antes de que el proceso de funcionarización fuera aprobado en Junta de Gobierno de la Universidad de Granada. Lo que vino después ya es conocido por todos ya que las formaciones sindicales “mayoritarias” salieron victoriosas en dichas elecciones y se pudo culminar el proceso de funcionarización con el apoyo de estos sindicatos, un proceso de funcionarización con muchas lagunas y muchos flecos sin negociar debido a la naturaleza exprés con la que se negoció.

¿Qué ha pasado con el Comité de Empresa de la Universidad de Granada? Parece algo difícil de entender pero voy a intentar sintetizar en pocos renglones, una vez finalizado y aprobado el proceso de funcionarización en la Universidad de Granada los sindicatos CC.OO.; UGT; CSIF y NOTUGR abandonan dicho órgano, unos porque en las listas de candidatos a las elecciones sindicales no les quedaba nadie que se hubiera quedado como personal laboral y otros como CC.OO. y UGT no hacen correr las listas para que compañeros, que si estaban en dichas listas y que se habían quedado como personal laboral, ocuparan su puesto como delegados en el Comité de Empresa y se mantienen a personas que en esos momentos no representan a nadie disfrutando de crédito sindical, un verdadero disparate incluso auspiciado por la Gerencia de la Universidad.

En resumen que de un Comité de Empresa de 23 miembros se queda tan solo con ocho representantes, cuatro por USTEA y otros cuatro por la Coalición CTI-SAT.

¿Qué ocurrencia ha tenido la gerencia de la Universidad, concretamente en este mes de febrero?: la de pedir un informe de legitimación del Comité de Empresa al CMAC, después de más de un año de comenzar dicho órgano su andadura y todo, porque este Comité le ha salido un tanto díscolo y poco dócil, comunicando, al mismo tiempo al mismo, que mientras no se pronuncie la autoridad laboral no piensa reunirse, ni negociar nada con este Órgano que representa a los trabajadores laborales de la Universidad, La respuesta del CMAC a la Gerencia de la Universidad de Granada es que este Comité no es que tan solo es legitimo, sino que tiene capacidad de negociación y debe ser consultado y tenido en cuenta durante el periodo de vigencia del mismo, que no es otro que por cuatro años desde que se celebraron las elecciones sindicales.

En estos momentos nos encontramos en que ni el Comité de Empresa, ni las secciones sindicales por su cuenta han logrado arrancar, después de todo este tiempo, un calendario de negociación en el que se contemplen los problemas que aquejan a todo el personal que ha decidido voluntariamente quedarse como personal laboral. En la actualidad se pisotea el Convenio Colectivo de las Universidades Andaluzas y se incumplen todos y cada uno de los acuerdos que con tanto esfuerzo se habían conseguido. Tanto la Sra. Rectora, como la Sra. Gerente nos dan largas e incumplen una tras otra promesas de sentarse a negociar, dejando bien claro que a todo el personal laboral lo han arrinconado y solo esperan a que se extingan sus contratos como tales “laborales” en estos años venideros. Lo que se entiende menos aún, por no decir nada, es que sindicatos que se denominan de clase, hagan lo mismo que la empresa y hayan abandonado a todos estos trabajadores a su suerte, apostando por el proceso de funcionarización y comiendo de la mano de la empresa, ya que para ellos como para la empresa somos escoria que hay que limpiar de todas las maneras posibles.

Lo último, de lo último que se le ha ocurrido a estas “famosas” mesas de negociación, es eliminar delegados de las centrales sindicales “minoritarias”, favoreciendo a los sindicatos que han ayudado a culminar el proceso de funcionarización, a los cuales les han cedido tanto crédito de horas sindicales, que no les queda otra que tenerlo que repartir entre sus afiliados. El problema de fondo no es lo del crédito horario que tiene su importancia por lo expuesto anteriormente la cuestión es que se conculca la Libertad Sindical y que se ha castigado a los delegados incómodos y que han estado defendiendo los intereses del personal laboral. Con todo y con eso, lo peor es la falta de talante negociador que presenta el equipo de gerencia de la Universidad de Granada con el órgano que representa al PAS laboral, con el que se muestran prepotentes y arrogantes, llegando incluso a manifestar su desprecio por algún representantes de los trabajadores y trabajadoras laborales. Todo esto sirve que sirve de muestra para que nos hagamos una idea del respeto que tienen por el personal laboral.

Vuelvo a decir que para estas personas del equipo de Gobierno de la Universidad de Granada, el personal laboral o PAS–Laboral como también se le denomina- y ampliamente demostrado por sus prácticas discriminatorias y contrarias a ala Libertad Sindical adoptadas contra nosotros y nuestros representantes, somos escoria y unos indeseables; personal que hay que castigar por su osadía de permanecer voluntariamente como laborales, que es como comenzamos a trabajar en esta empresa.

Concentración contra la Reforma de la Ley de Ciencia.

Concentración contra la Reforma de la Ley de Ciencia.

El gobierno propone reformar la Ley de Ciencia para eliminar el contrato de acceso especial para postdocs (art. 22) e incluir un modelo nuevo de contratación (acceso de incorporación) con la excusa de promover la estabilidad del personal investigador postdoctoral. Creemos que su objetivo acaba perjudicando mucho más al personal investigador postdoctoral por las siguientes razones:
1) El modelo de contratación nuevo no se puede aplicar a distintas figuras postdoctorales (como las Juan de la Cierva o las Ramón y Cajal), sino que crea una figura propia aunque no se diga explícitamente. Por lo tanto, esas figuras postdoc que ya existen (como los Juan de la Cierva) no podrán beneficiarse de las ventajas del modelo de contratación del artículo 22, como el derecho a equiparación salarial con aquellos/as postdocs que ganen más (como está dispuesto en el artículo 22.1.d actualmente).
2) La figura del nuevo contrato de acceso viene a sustituir a la figura de Científico Titular (CT) en OPIS. La figura de CT es una figura funcionarial, dentro de convenio, con derechos consolidados como el de percibir complementos salariales (sexenios, quinquenios, trienios, etc.), con salarios sin pérdida de poder adquisitivo, etc. La figura de incorporación que se propone sería laboral fija, no funcionarial, fuera de convenio y no se especifica que el contrato sea indefinido (de hecho, hay una evaluación 4 años después del inicio del contrato donde se corre el riesgo de que te echen si no se aprueba la evaluación). Por supuesto, hay que olvidarse de cobrar complementos salariales. Creemos que esta figura nueva que sustituye a CT es una figura más vulnerable y con menos derechos consolidados que la figura de CT.
3) Desde el SAT proponemos que la solución pasa por la estabilización real (esto es, indefinida) del personal investigador postdoctoral a través de figuras estables con derechos consolidables y dentro del convenio. Estas figuras ya existen tanto en OPIs (Científico Titular) como en Universidades (Profesor Contratado Doctor o Profesor Titular) y creemos que no tiene sentido inventarse figuras nuevas ni experimentar con la estabilidad del personal postdoctoral.

Por todo ello animamos al personal investigador laboral (predoc y postdoc) de la UGR a acudir el día 15 a las 18:00 a la delegación del gobierno (C/ Gran Vía) a luchar por su presente y su futuro, dejando claro al gobierno que no queremos figuras nuevas, queremos la estabilidad, la seguridad y los derechos que nos merecemos.
Sección Sindical PDI – UGR

Desde SAT Universidad de Granada apoyamos la convocatoria de concentración propuesta por Marea Roja el próximo jueves 15 de abril en varias ciudades del estado contra la reforma de la ley de ciencia propuesta por el gobierno. Nos vemos a las 18:00 en la Subdelegación del Gobierno (C/ Gran Vía), Granada.

Nos gustaría pediros vuestro apoyo para esta concentración el jueves 15 a las 18:00.

SAT Granada.

Sección Sindical PDI – UGR

CONFLICTO COLECTIVO CONTRA CLECE, POR NUESTRA SALUD Y POR NUESTROS DERECHOS.

El miércoles 14 de abril, se celebran la vista y testifical de la demanda de conflicto colectivo presentada por la sección sindical en la Ciudad Sanitaria Virgen de las Nieves de Granada del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) frente a CLECE, S.A.

Los compañeros y compañeras (muy mayoritaria la presencia de ellas en la plantilla) del SAT en los centros sanitarios públicos que se engloban en la Ciudad Sanitaria citada llevan años peleando por una serie de derechos básicos que desde la dirección de CLECE – y con la connivencia del Servicio Andaluz de Salud, la dirección del centro hospitalario y CCOO – se les niegan permanentemente.

El derecho a un local sindical, la entrega de la ropa de trabajo que les corresponde por convenio colectivo, disponer de un recinto donde poder descansar y sentarse mientras transcurre el “tiempo de bocadillo”, la negativa a dejarles participar en el Comité de Salud Laboral, etc no son más que unos pocos de los derechos que se les sustraen a las mujeres y hombres que cada día se ocupan de la limpieza y el saneamiento de unas instalaciones sanitarias que se han visto en los pasados meses saturadas de pacientes y plenas de injusticias desde hace años.

Pero si existe una demanda reiterada y que adquiere una dimensión e importancia capital en tiempos de pandemia, esa es la de que CLECE debe lavar y desinfectar la ropa de trabajo de todas y todos los trabajadores que desempeñan sus funciones en la limpieza sanitaria. La cuestión de que el gigante empresarial, CLECE, cumpla con lo dispuesto en el art. 7 del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo en relación con los limpiadores, se ha convertido en una lucha de largo recorrido que preocupa sobremanera a los delegados del SAT en la empresa.

La realidad es que CLECE se hace cargo del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo de los limpiadores que se ocupan de la manipulación de residuos ( una minoría), pero no se hace cargo del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo del resto de limpiadoras. Sin embargo,CLECE debe encargarse de la limpieza y descontaminación de la ropa de trabajo de todos los limpiadores, porque todos están expuestos a riesgos Biológicos durante la realización de sus tareas de limpieza.

Desde el año 2014 la Inspección de Trabajo ha conminado y sancionado reiteradamente a CLECE por negarse a cumplir por lo dispuesto en la ley y que a causa de ese incumplimiento, en la actualidad y en tiempos de Covid, obliga a las trabajadoras a transportar uniformes contaminados en transportes públicos y privados hasta que llegan a sus casas donde deben acometer las tareas de el lavado de la ropa de trabajo. La empresa «echa cuentas» y prefiere seguir pagando multas a cumplir con la legalidad y dejar de poner en riesgo a trabajadores y pacientes.

El artículo 7 del Real Decreto 664/1997 de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo dispone en su punto 3:” Al salir de la zona de trabajo, el trabajador deberá quitarse las ropas de trabajo y los equipos de protección personal que puedan estar contaminados por agentes biológicos y deberá guardarlos en lugares que no contengan otras prendas”.

Y en su punto “4. El empresario se responsabilizará del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección a que se refiere el apartado anterior, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven los mismos a su domicilio para tal fin.”

Y el art. 4.5 del Real Decreto 664/1997, señala que “si los resultados de la evaluación revelan que la actividad no implica la intención deliberada de manipular agentes biológicos o de utilizarlos en el trabajo, pero puede provocar la exposición de los trabajadores a dichos agentes, se aplicarán las disposiciones de los artículos 5 al 13 de este Real Decreto, salvo que los resultados de la evaluación lo hiciesen innecesario.

De lo expuesto en el apartado de hechos de la demanda presentada por el SAT se desprende sin ninguna duda el incumplimiento por parte de CLECE de lo establecido en los artículos 7.4 y 4.5 del Real Decreto 664/2017, puesto que debiendo encargarse del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo, no lo hace.

Igualmente, CLECE incumple la normativa de Prevención de Riesgos Laborales creando un riesgo grave para la integridad física y la salud de los trabajadores afectados porque de la Evaluación de Riesgos Laborales de los centros de trabajo se constata que todos los limpiadores están expuestos a riesgos biológicos.

Junto con las denuncias ante la Inspección de Trabajo y que ya se manifiestan como insuficientes y poco efectivas para obligar al cumplimiento de la Ley, el compañero del SAT en el comité de empresa y la representante del sindicato al frente de la sección sindical, junto con las afiliadas del sindicato, han presentado denuncias ante la fiscalía, celebrado ruedas de prensa y organizado diversos actos de denuncia pública, para acabar presentando un Conflicto Colectivo que habrá de resolverse el miércoles 14 de abril.

Dato curioso y de destacar es el comportamiento cómplice de CCOO -con mayoría en el comité de empresa- que es el mejor aliado de CLECE: maniatando a las trabajadoras, acallando sus protestas, monopolizando el Comité de Salud Laboral en beneficio de la empresa y negándose a adoptar resoluciones que terminen con los abusos del especulador multimillonario Florentino Pérez.

La última y sorprendente actuación de los encargadíllos de Comisiones Obreras ha sido la de escenificar un acuerdo con CLECE mediante el cual se lavará y desinfectará la ropa de algunas trabajadoras, a voluntad del empresario y previa aceptación de las solicitudes que se presenten. Esto se ha hecho ante la inminente llegada del día en que en los juzgados de lo Social de Granada se dirimirá en conflicto planteado por el Sindicato Andaluz de Trabajadoras y Trabajadores.

«Con el SAT Andalucía no se vende, es una de las consignas sindicales de nuestra organización: no se vende ni nuestra tierra, ni los derechos y la dignidad de las mujeres y hombres que desde sus puestos de trabajo llevan años haciéndose cargo de un servicio fundamental como es la limpieza de las instalaciones sanitarias, trabajo que durante estos tiempos de pandemia ha pasado a convertirse en trascendental para toda la sociedad andaluza.

Sección Sindical del SAT en CLECE , Ciudad Sanitaria Virgen de las Nieves, Granada,

El SAT (Sector de Ayuda a Domicilio) ante los paros y protestas anunciados.

El SAT (Sector de Ayuda a Domicilio) ante los paros y protestas anunciados.

SAD Decálogo(2)ANTE LAS CONVOCATORIA DE PROTESTAS EN EL SECTOR DE AYUDA A DOMICILIO (SAD)

QUEREMOS MOSTRAR:

La invisibilidad, feminización y precariedad laboral, mantenida en el tiempo, tanto desde las Administraciones Públicas como de empresas privadas en la que está el personal del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD).

Considerándose éste como un servicio, público esencial y más en este tiempo de pandemia, y contribuyendo a que los dependientes vivan en su entorno, ayudándoles en las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria y en su beneficio psico-social , promocionando su autonomía y desarrollo personal ;a la vez que genera empleo en este sector y en otros , en las ciudades y municipios, evitando al mismo tiempo la despoblación de los núcleos rurales. Favoreciendo el Estado del Bienestar.

Es por ello; por lo que consideramos que para este Servicio se preste en óptimas condiciones tanto para usuarios como para los/las profesionales es necesario unas mejoras sustanciales en los siguientes puntos:

1º Blindaje de la Ley39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia

2º Remunicipalización del SAD.

3º Revisión salarial. Este año se ha fijado en 14,60€/h tras años anclado. Pedimos que

repercuta las subidas precio hora en las auxiliares..

4º Fin de los contratos en fraude de ley.

5º Revisión y/o actualización del VII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal

6º No licitaciones a empresas incumplidoras y/o sancionadas.

7º Respetar y cumplir el Convenio Colectivo mencionado en especial:

a) Sueldos ,trienios, complementos salariales, se reconozca el complemento de

peligrosidad y penosidad ante agentes biológicos,(…Covid1 9..), químicos síquicos, físicos.

b) jornadas completas y continuadas, favoreciendo estabilidad y conciliación laboral.

c) No menos de 1h. por servicio.

d) Epis y material mecanizado adecuado y necesarios.(grúas..).

8º Reconocimiento de enfermedades profesionales.

9º Jubilación anticipada a lo 63 años de edad.

10º Formación continuada y también en Prevención de Riesgos Laborales.

SAT (Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras) . SECTOR DE AYUDA A DOMICILIO

EN APOYO DE LAS CARAVANAS CONTRA EL ABUSO.

EN APOYO DE LAS CARAVANAS CONTRA EL ABUSO.

Sanidad andaluza

Hoy 14 de Marzo vuelven las caravanas de los trabajadores públicos en abuso de temporalidad a nuestras calles, la hoja de ruta de las administraciones públicas con la complicidad de los sindicatos firmantes del «acuerdazo» de «estabilización», pasa por acelerar los procesos selectivos y hacer oídos sordos a las leyes y jurisprudencia europea, casi 900.000 interinos en abuso de temporalidad se juegan el futuro en unas OPOs express diseñadas para mantener el negocio de academias, temarios y cursos de las centrales sindicales, así pueden marcar a  fuego con sus siglas a aquellos opositores que luego darán sus votos para que sigan sentados en unas mesas de negociación que han provocado esta situación de alta tasa de temporalidad y precariedad de los trabajadores públicos.     Las víctimas, no deben ser las que paguen el error de las diferentes administraciones públicas jugándose el puesto de trabajo en el que han demostrado merito y capacidad durante años, las víctimas accedieron a la función pública con las pruebas y requisitos que se les impuso, las víctimas superaron unos procesos por los que no tiene sentido que se les vuelva a hacer pasar, las víctimas no tienen la culpa de que la administración haya estado jugando con el numero de plazas y no sacando todas las que debieran haber salido en tiempo y forma.     Hay que sancionar a las administraciones incumplidoras y resarcir a las víctimas del abuso, unas oposiciones no son una sanción ni reparan el daño hecho a los trabajadores públicos,  y así de claro lo dejan diversos juzgados en el estado español y Europa en sucesivas sentencias dictadas al amparo de la directiva 1999/70 CE, de obligatorio cumplimiento para los estados miembros por encima de leyes estatales.   La solución pasa por auditar aquellas plazas ocupadas por víctimas del abuso, para separarlas de aquellas que deben salir a libre concurrencia anualmente, y así, poder hacer una reconversión administrativa del personal afectado por el abuso de temporalidad en personal fijo, una medida que sería a coste 0 para las administraciones y lo suficientemente compensatoria para resarcir a las personas abusadas.                                                                                                                                                         ¡¡¡  FIJEZA YA!!!

  SECCIÓN SINDICAL SAT-UGR

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SOBRE LA PROPUESTA DE CARRERA INVESTIGADORA DEL MINISTERIO DE CIENCIA.

SOBRE LA PROPUESTA DE CARRERA INVESTIGADORA DEL MINISTERIO DE CIENCIA.
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El gobierno de coalición ha propuesto recientemente un modelo de carrera investigadora, algo que se viene reclamando desde el sector investigador postdoctoral y predoctoral desde hace tiempo. Lamentablemente, la propuesta del gobierno no puede estar peor articulada: mantiene todo lo malo del sistema actual (temporalidad, inestabilidad, etc.) y añade un extra de vulnerabilidad.
La propuesta de carrera investigadora actualmente ofertada por el gobierno, basada en su idea de un “contrato de consolidación” al final del periodo postdoctoral, no aporta nada bueno y viene a modificar la ley de ciencia para condenar legalmente al personal investigador afectado a la inestabilidad que sufre hoy. Primeramente, es lamentable que la propuesta del gobierno sólo se aplique a centros de investigación y no a universidades, ya que esto crea va a crear un abismo insalvable entre ambas instituciones. Si ya ahora la movilidad entre centros y universidades está entorpecida, una separación tan drástica entre ambas carreras laborales va a suponer un problema para el sistema investigador del estado español.


La propuesta del gobierno de carrera investigadora, incluyendo el contrato de consolidación, no viene a paliar los problemas de temporalidad y falta de horizonte, sino que los empeora más: primero, el gobierno mantiene la carrera laboral en un número mayor de 10 años, como está ahora. Esto no supone ningún avance, ya que mantiene la temporalidad y precariedad actuales. Lo que hace además es empeorar las condiciones de estabilización de los investigadores, porque en su propuesta el gobierno no obliga a los centros a contratar a los investigadores que han sido evaluados positivamente tras el periodo del contrato de consolidación. Una solución seria es la de obligar a contratar a investigadores que llevan 13 años encadenando contratos temporales, algo que este gobierno no parece estar dispuesto a defender.


En conclusión, esta propuesta de carrera investigadora no soluciona nada y mantiene la precariedad existente, creando a la vez una brecha entre personal investigador de OPIs y de universidades. Una defensa de la investigación pasa por dotar de derechos básicos y de una carrera laboral digna al personal investigador predoctoral y postdoctoral. Ya vemos que este gobierno, que se dice progresista, en realidad no ofrece ninguna solución a la situación actual de los/as postdoctorales. El Sindicato Andaluz de Trabajadores seguirá en pie de guerra denunciando la situación actual de desamparo y los errores del gobierno, y seguirá luchando por una carrera laboral digna para el personal investigador.

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SAT – UGR

Sección Sindical del PDI

8 de marzo combativo. Las mujeres trabajadoras granadinas toman las calles.

8 de marzo combativo. Las mujeres trabajadoras granadinas toman las calles.

Pese a la lluvia y los intentos desmovilizadores del la Subdelegación del Gobierno y la mayoría de la derecha política y la socialdemocracia gobernante y sus esbirros (incluidos CCOO, UGT, etc) las trabajadoras granadinas han vuelto a tomar las calles de nuestra ciudad en una doble convocatoria, además de las que han protagonizado en centros de trabajo, barrios, etc.

Por la mañana y partiendo del «Palacio Müller» sede de la Subdelegación del Gobierno, los sindicatos SAT, y USTEA y la unión estudiantil USE, han protagonizado la marcha sindical que ha recorrido las principales calles de la capital y a la que se han ido uniendo trabajadoras y trabajadores que han secundado la Huelga Feminista, así como otras organizaciones.

Por la tarde ha partido la gran marcha unitaria que ha congregado a miles de mujeres bajo una pertinaz lluvia y que ha concluido en el granadino paseo del salón, marco de las movilizaciones históricas en nuestra ciudad.

Durante todo el día, centros de trabajo, empresas y diversas dependencias de las administraciones publicas han echado el cierre y otros han comprobado que la Huelga Feminista ha sido secundada por miles de trabajadoras en el territorio granadino a pesar del boicot dictado por el gobierno y la derecha política y que CCOO, UGT, CSIF y otros sindicatos no han dudado en obedecer como buenos apagafuegos sociales y revienta huelgas.

La lucha feminista es imparable y el futuro por una sociedad más justa e igualitaria tiene unas claras protagonistas: las mujeres que luchan a través del feminismo combativo y de clase.

VOTA SAT. NUESTRAS RAZONES SON TUS INQUIETUDES.

VOTA SAT. NUESTRAS RAZONES SON TUS INQUIETUDES.

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          Compañeras y compañeros, hemos presentado nuestra candidatura a la junta de personal por muchas razones de peso; las medias verdades, cuando no mentiras y «trapicheos», acuerdos sobre papel que no se llegan a realizar nunca, o la falta de transparencia e información que venimos padeciendo (sobre todo el personal más vulnerable, los interinos e interinas, a quienes parece ser no se les tiene en cuenta para nada) hacen que la incertidumbre y el desasosiego crezca entre la plantilla. 

          No podemos dejar de denunciar, el incremento de la presencia de trabajadores de empresas externas, personas con peores salarios y derechos mermados, como por ejemplo, el de los controladores en las conserjerías o las limpiadoras en cada vez más centros, esto podría ser el inicio de una privatización mucho más dura en los próximos años, pensamos que esta situación debe ser revertida y que se deberían cubrir todas las plazas de la RPT, así como las bajas con personas de las bolsas, y, a la misma vez nutrir estas para que sean bolsas vivas.

          Para nosotros es importante que no se juegue con las personas y la precariedad, para ello se han de convocar anualmente todas las plazas de las ofertas públicas de empleo de manera real, no sacando la mitad o menos de las plazas que deberían estar en la oferta, y desde luego, auditar antes aquellas plazas en las que se encuentran personas en abuso de temporalidad, para sacarlas del sistema de libre concurrencia y buscar formulas para resarcir el daño causado a quienes han dejado los mejores años de su vida en esta institución y que ahora se podrían enfrentar a un despido libre y gratuito. No es justo que una persona, se juegue en solo dos horas su futuro después de haber demostrado merito y capacidad sobradamente y haber accedido en su momento a la función pública con los requisitos y las condiciones que ésta impuso. Esta perfectamente claro por diversas sentencias y la directiva europea 1999/70 CE que el abuso de temporalidad debe ser sancionado, y que unas oposiciones de libre concurrencia no son sanción para disuadir y resarcir el abuso.

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En los últimos tiempos venimos viendo también un baile en los baremos, donde se valora en cada convocatoria de diferente manera, donde además se ponen diferentes cortes a la antigüedad en el puesto, o se valoran exámenes aprobados que puntúan dependiendo del año en que se hallan realizado aun cuando el temario sea el mismo, todo ello aderezado por sorprendentes o extraños procesos y cuando no directamente «dedazos» que benefician a ciertas personas.

          Y por último y por ello no menos importante, no podemos olvidarnos de la movilidad, de los concursos de méritos, de la promoción y de la conciliación, son tiempos de plantear con seriedad y rigor, la necesaria flexibilidad laboral para teletrabajar, necesitamos dotarnos de un reglamento o normativa propia que priorice el bienestar del trabajador, y por supuesto, potenciar la formación de nuestros empleados públicos para un desarrollo profesional y personal efectivo y real, y sin duda, articular esta formación a través de la plataforma de formación del PAS, porque ya es momento también de que se acabe el mercadear con los cursos y el brutal chantaje clientelar que algunas centrales sindicales hacen de ello para desgracia de funcionarios de carrera e interinos que tienen que andar afiliándose a tal o cual central o a varias a la vez para poder acceder a la formación. 

          Somos un sindicato de clase, independiente y que no debemos favores a nadie, no hacemos carrera para conseguir un «puestecito», no vamos dándonos golpes de pecho sobre cuanto hacemos o conseguimos, por ello podemos trabajar con valentía y humildad, escuchando a todos, pero sin regalar los oídos, somos combativos porque luchamos contra las injusticias y ante eso no se puede ser combativo a media jornada como algunos venden, nuestra trayectoria nos avala.

Cartel PAS Funcionario Modelo 2(1)

Aprovechamos para indicaros que la votación se ejercerá mediante el sistema de voto electrónico. Accediendo desde el banner habilitado en la web principal de la UGR

Se podrá votar el día 10 de marzo 2021 desde las 09:00 horas hasta las 20:00 horas ininterrumpidamente. 

Si crees que es el momento de cambiar, si quieres una universidad capaz de dar un servicio de calidad y 100% pública, es la hora de avanSAT

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