25 de Marzo: ¡Defiende la Sanidad Pública!

25 de Marzo: ¡Defiende la Sanidad Pública!
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MANIFIESTO MOVILIZACIONES ANDALUZAS 25 MARZO 2023
COORDINADORA ANDALUZA DE MAREAS BLANCAS (CAMB)

La Atención Primaria agoniza. Tras un largo periodo de enfermedad iniciado hace décadas y causado
por la falta de prioridad política, de prestigio social y de financiamiento da sus últimos estertores.
La que en su día se llamó “puerta de entrada del Sistema Sanitario” ha dejado de estar accesible: si
hace solo unos años era habitual conseguir cita para ser atendido en tu centro en el mismo día, hoy no
es posible hasta semanas después de solicitarlo
La Atención Primaria de Salud debe ser el eje vertebrador del Sistema Sanitario Público. En condiciones normales (estas no lo son), atiende y resuelve más del 90% de los trastornos que padecemos. Nuestra Médica y nuestra Enfermera de Familia, nos acompañan desde “la cuna” hasta la “tumba” y dicha continuidad a lo largo de nuestra vida es la que permite que nuestra salud se mantenga y mejore. ¿Qué opinaría de un fármaco que reduce la mortalidad en un 30% Seguro que pensaría que es un gran tratamiento y llenaría los telediarios y las páginas de los periódicos. Pues exactamente eso consigue la Atención Primaria cuando sus profesionales se mantienen en el mismo lugar atendiendo a los pacientes.
La mortalidad se reduce un 30% en las personas que mantienen el mismo médico durante más de 15
años. Gracias a esa continuidad conocen a nuestra familia, los factores que determinan su enfermedad,
identifican los problemas de salud en el barrio, trabajan en acciones comunitarias para mejorar la salud, visitan de forma programada a nuestros mayores y a nuestros dependientes Por eso es un despropósito que el SAS siga ofreciendo contratos precarios, de semanas e incluso días en lugar de contratos estables indefinidos. Los profesionales sanitarios andaluces emigran a otros países huyendo de la precariedad laboral, por lo que no es admisible que se siga argumentando como un mantra la excusa de que “no hay médicos…”. Lo que falta es un trato digno a los profesionales.
Dentro de los hospitales, el tiempo de espera para conocer un diagnóstico es un sufrimiento
insoportable. No podemos normalizar las esperas sanitarias. La solución no es derivar a las clínicas
privadas sino aumentar los recursos de la pública con turnos de atención de mañana y tarde.
La atención de las Emergencias Extrahospitalarias (que pertenecen también a la Atención Primaria) es
un caos organizativo. Ya es habitual que la ambulancia que llega a tu casa no incluya médicos. La
atención en zonas rurales tiene que ser equivalente a la de las ciudades, si no se quiere fomentar la
inequidad y desigualdad entre territorios, en los que viven personas que deberían tener los mismos
derechos y los mismos servicios.
Se argumenta que los Presupuestos Sanitarios del 2023 son mayores que los años anteriores, pero ese
presunto incremento no significa mejora alguna en la atención sanitaria de los andaluces, y de forma
especial en la Atención primaria.
Es imprescindible aumentar las plantillas estructurales del Servicio Andaluz de Salud. No más contratos basuras.
La movilización social, si es masiva, puede detener el proceso destructivo de la Sanidad Pública que
tienen previsto. Por eso, las Mareas Blancas llamamos a la población, a las asociaciones sociales que
apoyan la defensa de la Sanidad Pública y a los profesionales sanitarios a expresar rotundamente su
repulsa de la política de recortes, deterioro y privatización del Gobierno actual.

Sólo unidos podemos parar esto.
El 25 de marzo salimos a las calles con una consigna:

LA SANIDAD PÚBLICA ESTÁ EN TUS MANOS

Nuevo SMI 2023

Nuevo SMI 2023

Nuevo SMI 2023: ¿Cuánto deben pagarme en función de las horas trabajadas?

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) subirá este mes un 8% hasta alcanzar los 1.080 euros brutos al mes en 14 pagas. Aunque se apruebe en febrero, su entrada en vigor, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023. De modo que las empresas tendrán que reajustar las nóminas ya pagadas a todos aquellos trabajadores que actualmente cobran por debajo del nuevo SMI. Esto será a partir del 14 de febrero, cuando se apruebe y publique en el BOE.

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El salario mínimo por horas

El nuevo salario mínimo en 2023 es de 1.080 euros en 14 pagas o 1.260 euros en 12 pagas (pagas extras prorrateadas). Ya tengas el salario en la nómina con las pagas prorrateadas o no, al año tu salario no puedes ser inferior a los 15.120 euros brutos.

Si el salario mensual en 12 pagas lo dividimos entre las 160 horas que tiene una jornada completa en un mes, da un salario por hora de 7,87 euros brutos la hora. De modo que la tabla salarial por horas quedaría de la siguiente forma:

HORAS SEMANA SALARIO MES  12 PAGAS SALARIO MES 14 PAGAS
40 1.260 € 1.080 €
39 1.228,50 € 1.053 €
38 1.197 € 1.026 €
37 1.165,50 € 999 €
36 1.134 € 972 €
35 1.102,50 € 945 €
34 1.071 € 918 €
33 1.039,5 € 891 €
32 984 € 864 €
31 976,50 € 837 €
30 945 € 810 €
29 913,50 € 783 €
28 882 € 756 €
27 850,50 € 729 €
26 819 € 702 €
25 787,50 € 675 €
24 756 € 648 €
23 724,50 € 621 €
22 693 € 594 €
21 661,5 € 567 €
20 630 € 540 €
19 598,50 € 513 €
18 567 € 486 €
17 535 € 459 €
16 504 € 432 €
15 472,50 € 405 €
14 441 € 378 €
13 409,5 € 351 €
12 378 € 324 €
11 346,50 € 297 €
10 315,00 € 270 €
9 283,50 € 243 €
8 252 € 216 €
7 220,50 € 189 €
6 189 € 162 €
5 157,50 € 135 €
4 126 € 108 €
3 94,5 € 81 €
2 63 € 54 €
1 31,50 € 27 €

Claro que estas tablas salariales son para los trabajadores que trabajen a jornada completa o a tiempo parcial. Pero cuando se trabaja por horas en régimen externo, el salario mínimo por horas no es el de la anterior tabla. Ya que se deben incluir la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.

De modo que el SMI para el trabajo por horas en régimen externo: el salario mínimo en esta actividad se fija en 8,43 euros brutos la hora, incluyendo la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.

¿Eso es lo que voy a cobrar con el nuevo SMI?

El Salario Mínimo Interprofesional es bruto, por lo que a esa cantidad hay que descontarle las contribuciones que hace todo trabajador a la Seguridad Social (contingencias comunes, profesionales, IRPF). Una vez descontado estas aportaciones, queda tu salario neto, el líquido a percibir que aparece en tu nómina.

Eso sí, tu base de cotización no puede ser inferior a 1.260 euros o el equivalente dependiendo de las horas de tu jornada laboral.

Pensión para amas de casa 2023.

Pensión para amas de casa 2023.

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Las trabajadoras conocidas como «amas de casa», también tienen derecho a una pequeña en insuficiente pensión y aquí vamos a explicarte los requisitos y cómo obtener la pensión para amas de casa. Hasta hace poco tiempo, las amas y amos de casa (o trabajadoras/es del hogar) tenían una gran desigualdad al no cotizar para pensión ni otras prestaciones, y, ahora, esto ha cambiado.

 

Y es por eso, que las personas que cuidan del hogar ahora pueden solicitar una pensión no contributiva, con la que se intenta proteger a este colectivo que no ha cotizado lo suficiente. Viene a algo parecido a una jubilación para amas o amos de casa que, por haber estado dedicándole el tiempo al hogar, no han cotizado en otros trabajos.

Requisitos para obtener la pensión

No todo el mundo va a poder obtener esta pensión. A continuación te dejamos la lista de requisitos con los que se debe cumplir para poder acceder a esta prestación. Recuerda que el principal es que sus ingresos deben ser realmente bajos, ya que la pensión es para ayudar a  personas sin recursos.

  • La persona debe tener 65 años o más para optar a esta pensión
  • Debe llevar residiendo en España durante 10 años o más.
  • Si la persona vive sola, las rentas no deben superar los 6.784,54 euros al año.
  • Si la persona vive acompañada, dependerá de su contexto familiar y del número de convivientes. Se va a regir las rentas de la Unidad Económica de Convivencia, y no pueden superarse las cuantías de esta tabla que te ponemos a continuación.
Cuadro Rentas

En cuanto a la cantidad que se puede obtener mediante esta prestación, la cuantía máxima es de 6.784,54 euros al año. Sin embargo, cuantas más personas haya viviendo en la unidad familiar, menos dinero se ganará, ya que se considera que hay más ayuda para poder tener una renta mínima entre todos. Por ejemplo, con dos convivientes se pueden obtener 446,92 euros al mes, 420,63 euros mensuales por tres convivientes.

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Cómo solicitar esta pensión en Andalucía.

Al ser una pensión no contributiva, no depende directamente del estado sino de las comunidades autónomas. Por lo tanto, hay que solicitarla en la página específica de tu comunidad autónoma, y cada una de ellas tiene una web para realizar la solicitud. Aquí tienes erl acceso para nuestro país: Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/areas/pensiones/pensiones-no-contributivas.html#toc-pueden-acceder-a-las-pensiones-no-contributivas-

 

Subida en la cotización de la Seguridad Social.

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Desde el 1/1/2023 las cotizaciones a la Seguridad Social han subido ligeramente. Para ser exactos, las cotizaciones de las empresas han subido un 0,5% y las cotizaciones de los trabajadores han subido un 0,1%. Para un salario bruto de 1.000€, supone que las empresas paguen 5€ mensuales más y los trabajadores 1€.

Esta nueva cotización ya la tendríais que ver en vuestra nómina de enero. Se llama “mecanismo de equidad intergeneracional” (MEI) y es temporal, porque solo estará vigente entre 2023 y 2032. Por tanto, obviamente no es un impuesto como el IVA o el IRPF, sino que es una cotización a la SS, igual que las de siempre. De hecho, la ley la define como «cotización adicional finalista». Es finalista porque su único objetivo o fin es recuperar el fondo de reserva de la Seguridad Social que los sucesivos gobiernos han ido dilapidando.

El parte de baja por IT no deberá ser entregado a la empresa.

El parte de baja por IT no deberá ser entregado a la empresa.

A partir del próximo 1 de abril de 2023, desaparece la obligación que tenemos ahora mismo todos los trabajadores asalariados de comunicar a la empresa el parte de baja por incapacidad temporal (IT) cuando tenemos algún percance médico y no podemos trabajar. El último Consejo de Ministros del año aprobó la pasada semana un Real Decreto que introdujo modificaciones en la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración.

Los médicos solo emitirán la copia del parte para el empleado, al que la compañía tendrá que acceder telemáticamente. La medida entrará en vigor cuando se publique en el BOE

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En concreto, el Gobierno ha eliminado la obligación de los trabajadores por cuenta propia de ser ellos quienes deban trasladar a sus empresas los partes de baja médica, pues será, a partir del próximo 1 de abril, la compañía quien tenga que obtener la información de la Administración. Así, según el texto de los responsables de la Seguridad Social, “solo se entregará una copia (del parte de la baja) a la persona trabajadora; y se elimina tanto la segunda copia, como la obligación de que sea la propia persona trabajadora quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua”. De esta manera, desaparecerá esa segunda copia de los partes de baja y alta médica que los trabajadores/as estábamos obligados a hacer llegar a su la empresa, por la vía que eligiera la propia persona trabajadora

Como alternativa, la norma estipulará que “la comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información”.

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(Fuente de la Imagen 5 DíAS)

No obstante, este Real Decreto aprobado la pasada semana por el Consejo de Ministros y que modifica el Real Decreto 625/2014, no entrará aún en vigor hasta que se publique próximamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El artículo 7.1 de aquel Real Decreto de 2014 era el que establecía la obligación del trabajador de entregar los partes de baja y alta médica a su empleador. (Como indicamos más arriba, entrará en vigor el próximo 1 de abril de 2023).

Posteriormente, los tribunales de justicia han determinado que dado que la ley no especificaba el cauce por el que debían hacerse llegar dichos partes a las empresas, sería prerrogativa del empleado elegir por qué mecanismo da cuenta del cumplimiento de esta obligación. Ello ha permitido, por ejemplo, remitir los partes por correo electrónico.

Los responsables de la Seguridad Social han decido adoptar esta medida “con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud”.

Según las últimas cifras auditadas a ejercicio cerrado correspondiente a 2021 de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) –que son las encargadas de gestionar el 100% de las bajas por accidente laboral y también, por opción de las empresas, más del 80% de las bajas por enfermedad común– la incidencia media de este tipo de bajas afecta a alrededor de 25 trabajadores por cada 1.000 empleados protegidos entre los asalariados; y solo a 8,7 autónomos.

Estas cifras, que fueron revisadas en marzo de 2022 también indican que la duración media de una baja médica varía depende de quien la gestione, si bien no hay grandes fluctuaciones. En el caso de los asalariados, las ausencias al trabajo certificadas con una de estas bajas duraron 45,9 días en 2021 si las gestionaba una mutua de la Seguridad Social y 49 días si eran directamente el sistema de Seguridad Social.

En el caso de los trabajadores autónomos, las bajas laborales duran más del doble que en los asalariados. En concreto, 115 días, gestionados por las mutuas. Y dicha duración se multiplica por tres, hasta los 300 días de media en el caso de las bajas de autónomos que gestiona el INSS, que son aquellas que ya han pasado un tribunal médico tras cumplirse un año de baja.

Lo que no parece que vaya a cambiar es que la emisión de los partes de baja y de alta por enfermedad común siga corriendo en exclusiva a cargo de los médicos de los servicios autonómicos de salud (médicos de cabecera de cada comunidad autónoma, en nuestro caso, del Servicio Andaluz de Salud, SAS), pese a los constantes intentos de las mutuas de que se faculte para ello a sus médicos. Esta medida no se ha tomado ni, en nuestra opinión, debería tomarse.

El «gasto» por bajas de IT para el próximo año supondrá un desembolso ya cercano a los 12.000 millones de euros, representando el 6,14% del gasto de la Seguridad Social y siendo la segunda partida presupuestaria más abultada del sistema tras el pago de pensiones.