El gobierno aprueba el subsidio para mayores de 52 años ¿Qué ha cambiado? (Fuente SEPE)
El gobierno finalmente dio un paso adelante saco la ayuda para mayores de 52 años. Con esta aprobación la cual se llevó a cabo en el consejo de ministros del 8 de marzo trae importantes cambios los cuales os comentamos a continuación:
- El cambio más importante es el requisito de la edad, pasa de los 55 años a los 52 años.
- Los beneficiarios de este subsidio pasan a cotizar del 100% de la Base Mínima de Cotización al 125%, lo que supone un aumento del 25% en la subsidio que cotizarán en el SEPE.
- Se elimina la parcialidad, es decir, que todo aquel que solicitar el subsidio para mayores de 52 años cobraran el 100% del subsidio, aunque estuvieran trabajando a media jornada o con un contrato a tiempo parcial.
Para aquellas personas que necesiten solicitar el nuevo subsidio para mayores de 52 años vamos a detallar los requisitos, cuantías, donde se solicita o resolver dudas
¿Qué es el Subsidio para mayores de 52 años?
El subsidio para mayores de 52 años en una prestación económica de 430 euros mensuales que se da a las personas desempleadas mayores de 52 años hasta encontrar un empleo o hasta la edad de jubilación.
Anteriormente se conocía con el subsidio para mayores de 55 años, pero con las nuevas modificaciones se ha reducido la edad a 52 años y se ha mejorado algunos aspectos para esta ayuda pueda ser accesible a más personas que lo necesiten.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda para mayores de 52 años?
Para poder acceder a este subsidio los interesados deben de reunir una serie de requisitos los cuales os detallamos a continuación:
- Tener la edad de 52 años o más.
- Agotar las prestaciones por desempleo como paro o subsidios extraordinarios por desempleos (Renta Activa de Inserción, Programa de Activación para el Empleo, Subsidio Extraordinario por Desempleo).
- Estas inscritos como demandantes de empleo durante al menos un mes después de agotar la última prestación por desempleo.
- No haber rechazado ninguna oferta de empleo por el SEPE o por las Oficinas de Empleo Autonómicas.
- Cumplir con los requisitos para solicitar la pensión de jubilación de la seguridad social.
- Carecer de Renta Superiores al 75% de SMI (Salario Mínimo Interprofesional), sin incluir las pagas extraordinarias.
- Estar incluido en algún caso de entre los siguientes:
- Estar en derecho de percibir subsidio por desempleo.
- Haber finalizado la prestación contributiva o subsidio.
- Tener la condición de emigrante retornado (sumar como trabajados al menos 12 meses fuera de España, en países que no pertenezcan a la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo) y no pudiendo ser beneficiario por derecho de la prestación contributiva por desempleo.
- No tener derecho a cobrar el paro por ser liberado de prisión, siendo la privación de libertad mayor a 6 meses.
- Ser declarado capaz o inválido parcial a consecuencia de una revisión por mejoría de situación previa de gran invalidez, invalidez absoluta o total para realizar la profesión habitual.
- Encontrarse en situación legal de desempleado, no teniendo por ello derecho a prestación contributiva por desempleo en el caso de no completar el período mínimo de 12 meses de cotización, habiendo cotizado al menos 3 meses.
¿Dónde se solicitar la ayuda para personas desempleadas mayores de 52 años?
El subsidio para personas desempleadas mayores de 52 años se puede solicitar en las Oficinas del SEPE o a través de su portal web. Para solicitarlo bastará con rellenar el impreso oficial y presentarlo vía online o de forma presencial. También podéis realizar este tramite a través de correo administrativo.
¿Cuánto se cobra con el subsidio para mayores de 52 años?
Actualmente la cuantía se fija por el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Para este año 2019 la cantidad fijadas esta en 430 euros mensuales, por lo que aquellas personas que soliciten este subsidio cobrarán 430, 27 euros mensuales.
¿Cuándo dejo de cobrar esta ayuda?
Esta ayuda recordamos que se cobra hasta la edad de jubilación o hasta que la personas encuentre trabajo. Rechazar ofertas de empleo o cursos de formación tanto de las administraciones del INEM como de las oficinas autonómicas de empleo pueden acarear sancionar y retirar el cobro de la prestación para mayores de 52 años.
¿Cuándo se aprueba el Subsidio para Mayores de 52 años?
Oficialmente esta prestación para desempleados de larga duración se aprobará el 12 de marzo de 2019, siendo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Tras su aprobación bastará unos días para que las personas interesadas puedan acogerse a este nuevo subsidio, dado que deben de actualizar los sistemas informáticos del Servicio Público de Empleo Estatal.
Para ampliar más información podéis leer la nota de prensa del Consejo de Ministros del 8 de marzo de 2019 donde se hace referencia del nuevo subsidio para mayores de 52 años. Aquí