AGENDA SINDICAL SAT 2022

AGENDA SINDICAL SAT 2022

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Desde la TIENDA del SAT de GRANADA  te ofrecemos la AGENDA SINDICAL 2022

  • Portada plastificada en color.
  • Hojas cosidas.
  • 144 páginas, todas ellas personalizadas para nuestra edición.
  • Breve Guía Laboral.

El objeto de esta guía es ofrecer una herramienta a afiiados y simpatizantes para que lleven sus asuntos y luchas obreras al día.

El precio ( AGENDA + CALENDARIO TAMAÑO A3 + APORTACIÓN)  es de 10 euros y sirve para sufragar los gastos del sindicato.

¡ Colabora y apoya el sindicalismo combativo y alternativo  andaluz!

 

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AGENDA SINDICAL 2022 SAT GRANADA

AGENDA SINDICAL 2022 SAT GRANADA
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AGENDA SINDICAL 2022 SAT GRANADA

 
A partir del 3 de diciembre estará disponible la AGENDA SINDICAL 2022 de SAT Granada.
– 144 Páginas.
– Cosida y con portada a color plastificada.
– Páginas interiores personalizadas.
– Contiene una breve guía laboral.
AGENDA + aportación solidaria : 10′ 00 euros.
( Los pedidos deben hacerse a granadaterritorial@sindicatoandaluz.info 958107877 ( en horario de oficina).
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Para tu vida diaria, para tus regalos de Navidad… pa tí, pa tu prima.

LAS NIEVES SGL explota y acosa trabajadoras.

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¡ BASTA YA DE ABUSOS CONTRA LAS TRABAJADORAS!
¡ LAS NIEVES SGL (empresa de limpieza) ORAS!
¡ LAS NIEVES SGL (empresa de limpieza) EXPLOTA, REPRESALIA Y ACOSA TRABAJADORAS!
La empresa LAS NIEVES SGL S.L. , como la gran mayoría de empresas del Sector de Limpieza, abusan de las trabajadoras, robándoles derechos y salarios.
Pero ¿ qué pasa cuándo las trabajadoras plantan cara y se rebelan contra esos abusos cotidianos? Pues que se les » castiga» y represalia, intentando hacerles la vida imposible para que se marchen de la empresa.
Estas prácticas deben acabarse en pleno siglo XXI y máxime en empresas que, en gran medida, obtienen sus beneficios de contratos públicos.
Desde la propia contratación pública deben asegurarse que las trabajadoras vean respetados sus derechos y la dignidad que estas empresas quiere
EXPLOTA, REPRESALIA Y ACOSA TRABAJADORAS!
La empresa LAS NIEVES SGL S.L. , como la gran mayoría de empresas del Sector de Limpieza, abusan de las trabajadoras, robándoles derechos y salarios.
Pero ¿ qué pasa cuándo las trabajadoras plantan cara y se rebelan contra esos abusos cotidianos’ Pues que se les » castiga» y represalia, intentando hacerles la vida imposible para que se marchen de la empresa.
Estas prácticas deben acabarse en pleno siglo XXI y máxime en empresas que, en gran medida, obtienen sus beneficios de contratos públicos.
Desde la propia contratación pública deben asegurarse que las trabajadoras vean respetados sus derechos y la dignidad que estas empresas quieren quitarles.
PERO ES DESDE LA SOLIDARIDAD OBRERA Y DESDE EL APOYO MUTUO ENTRE TRABAJADORAS COMO ASEGURAREMOS EFECTIVAMENTE EL RESPETO A LAS COMPAÑERAS.
¡¡¡MUY ATENTAS/OS A LAS CONVOCATORIAS QUE VAN A LANZARSE EN BREVE!!!
#trabajodignoenlimpieza
#Lasnievesempresaexplotadora

La Reforma Laboral del 2012 no se derogará.

La Reforma Laboral del 2012 no se derogará.

La Reforma Laboral del 2012 no se derogará.

Yo

Por Paco Cabello.

Secretario de acción sindical del SAT de Granada

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La derogación de la reforma laboral parecía un espejismo hasta hace poco, pero ya es una realidad que el Gobierno de España, liderado por Pedro Sánchez en coalición con Unidas Podemos, espera que se «modernice» a finales este año. El anuncio se ha producido este martes, 2 de noviembre de 2021, tras una reunión con dos de sus altos cargos, Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Asuntos Sociales, y Nadia Calviño, ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Así que – y como muchos temíamos- la Reforma Laboral del 2021 ‘la “reforma de Rajoy”- finalmente ni se derogará ni tan siquiera lo será la mayoría de su articulado o, cuanto menos, una parte sustancial del mismo que contiene los dictados más lesivos para los intereses de la Clase Obrera.

La reforma laboral del año 2012, la última de una larga serie de reformas acaecidas durante estos cuarenta años de sistema formalmente democrático y que han ido inclinando la balanza de las relaciones laborales – una balanza que siempre estuvo trucada, pero que mantenía al menos una apariencia de equilibrio- progresivamente hacia el lado empresarial , fue la peor de todas las adoptadas, máxime cuando fue aplicada en medio de una profundísima crisis y económica y laboral que llevó el miedo y la desesperación a millones de trabajadores y trabajadoras1. Pero no olvidemos que antes, en el año 2010, se produjo otra reforma de gran calado que señaló el camino a seguir por los timoneles de las reformas económicas y que no es otro que el del camino del Neo Liberalismo y sus políticas complementarias dictadas por la Unión Europea.

La reforma de Zapatero.

La Reforma de la legislación laboral de 2010 estuvo constituida por el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

Esta reforma, básicamente abarató y facilitó el despido mediante la aplicación de la procedencia de los despidos por pérdidas de la empresa, contribuyó a la desregulación de las relaciones laborales abriendo la mano a la negociación de convenios de empresa frente a los sectoriales y de ramo y otorgó nuevas prerrogativas a los empresarios en materia de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Pero, además de las medidas concretas aplicadas durante el segundo mandato de Rodríguez Zapatero, la reforma de la Constitución Española (CE), que el PSOE acordara con el PP, vino a marcar la deriva hacia el desastre de las políticas sociales y laborales al establecer que «el volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea».

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La reforma de Rajoy.

La reforma laboral de 2012 ( RD-Ley 3/2012 o “contrareforma laboral”) tuvo un contexto diferente en gran parte a las anteriores. La crisis económica que afectó al Estado español y a otros países (sobre todo en EEUU, Europa y Japón) provocó un brutal aumento del desempleo que nos llevó a la cifra de 5 millones de desempleados). Así, una nueva crisis del sistema económico imperante trajo consigo la aplicación de medidas neo liberales favorables a los bancos y empresarios para salir de la misma y que no es otra que generando más beneficio. Un beneficio a costa evidentemente de los que generamos la riqueza: los trabajadores y trabajadoras. Todas las medidas adoptadas fueron en este sentido, el de extraer más beneficio bajando los costes relacionados directamente con el trabajador o la trabajadora y de regar con multimillonarias dádivas y subvenciones a bancos y empresas detrayendo esos recursos de los gastos que debieran asegurar la protección social para los más desfavorecidos.

Un aspecto fundamental entre las medidas de esta “Reforma Rajoy” –silenciado hoy por los agentes socialeses la práctica eliminación de los salarios de tramitación en materia de despidos y a los que después de la reforma laboral del año 2012, sólo se puede acceder en caso de reincorporación al trabajo después de un despido, ya sea por un despido declarado improcedente o declarado nulo. Medida de un inmenso calado que supera en sus efectos nocivos a la tan cacareada de la reducción de 45 a 33 días (en otros casos a 20 y en otros a 12) de indemnización por despido por año trabajado.

Concluiremos para este sucinto resumen de las reformas laborales del 2010 y 2012, que la profunda crisis que atravesó el capitalismo y de la que ahora sufrimos una nueva secuela, llevó en los inicios de la pasada década al planteamiento desde sectores incluso conservadores, de una pretendida necesidad de reformarlo. Esto, muy lejos de buscar la solución de problema alguno, suponía en la práctica intensificar la idea de que las causas de la crisis eran errores en el desarrollo del sistema pero no un fallo orgánico o estructural del mismo. De aquí que no se produjese reforma alguna del capitalismo, sino la contrarreforma de los derechos sociales. Las instituciones de la Unión Europea, el FMI y el Banco Mundial han seguido aplicando su diktat en las políticas a desarrollar, siendo simplistas y discriminatorias en el ámbito de las relaciones laborales: rebajar los costes del trabajo. Idénticas medidas se solicitan para todos los estados, teniendo mayor o menor intensidad según la gravedad de la crisis y la realidad de su movimiento sindical.

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Los pactos sociales y el paripé de los agentes sociales.

Una de las manifestaciones esenciales del Estado de Derecho en los países de la Unión Europea es la institucionalización del diálogo social entre Gobiernos, Administraciones públicas y sindicatos y organizaciones empresariales. La Constitución española les reserva un papel muy relevante en su título preliminar, concretamente en el artículo 7, lo que da una idea clara de la importancia que les otorga.

La concertación social – nos dicen – , es un instrumento de estabilidad y participación en la configuración del ordenamiento jurídico laboral, el cual ha pasado por distintas etapas, teniendo en el ámbito del Estado Español resultados siempre nefastos para los derechos de trabajadores y trabajadoras y que en estos años ha adolecido de una insultante falta consideración social.

Pero ¿cuál ha sido el papel y cuáles son los sindicatos que han venido a formar parte del diálogo social? Básicamente, desde los Pactos de la Moncloa firmados a mediados de 1977, han sido CCOO y UGT. Ambos sindicatos se aprestaron a obtener una posición de privilegio en el mundo de las relaciones laborales y dicho lugar se lo hicieron a costa de negar la participación de los trabajadores en sus propios asuntos. Así, del mismo modo en que el PCE y el PSOE aceptaron la nueva legalidad democrática impuesta por los sucesores y liquidadores del Franquismo más allá de lo aceptable para supuestas organizaciones de la izquierda política, CCOO y UGT – entonces correas de transmisión sindical de aquellos partidos – se apresuraron a obtener una legitimidad refrendada por el Gobierno y la patronal a base de desmovilizar a la Clase Trabajadora y a desprender al movimiento sindical de sus herramientas tradicionales de lucha. A partir de los Pactos de la Moncloa vendrán diversos pactos sociales jalonados de reformas laborales como el AI (acuerdo interconfederal), AMI (acuerdo marco interconfederal) ANE (acuerdo nacional de empleo), AES (acuerdo económico y social), etc. En todos estos pactos los sindicatos firmantes rebajaban las condiciones y garantías laborales de trabajadores y trabajadoras a cambio de asegurarse su papel de interlocutores válidos y de su propia hegemonía y sostenimiento económico que les mantuviera como sindicatos más representativos (sic).

A resultas de todo este proceso de burocratización e institucionalización por el que CCOO y UGT han dejado de ser – por mucho que se empeñen ellos – sindicatos de clase para convertirse en un engranaje más del Estado y de sus políticas neo liberales, consiguieron que los trabajadores y las trabajadoras hayan visto cómo el sindicalismo de los sindicatos llamados mayoritarios ha ido permitiendo que en muchas empresas e instituciones públicas el sindicalismo como tal vaya unido a las palabras “corrupción”, “entreguismo” y “traición”. Ciertamente no toda la base social del sindicalismo ha respondido a este esquema, pero sí es cierto que la gran burocracia sindical creada por CCOO y UGT no sólo es criticada por la derecha y sus medios de comunicación, también por un amplio número de trabajadores y trabajadoras que dicen “pasar del sindicalismo” tomando una parte por el todo. Y es por eso, que desde organizaciones como el Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) junto al resto de sindicatos alternativos, realmente de clase y que no hemos aceptado uncirnos al yugo del carro estado neo liberal y de su concertación social, debemos revitalizar el sindicalismo como una práctica liberadora de los trabajadores y las trabajadoras.

La práctica de los sindicatos burocratizados se aleja mucho de lo que necesitamos ahora los trabajadores y las trabajadoras. Y no es necesario recurrir a inventos de un nuevo sindicalismo, sino más bien traer de nuevo los principios y valores del sindicalismo de donde nunca debieron salir: las empresas, los tajos y a cualquier sector económico y del mundo del trabajo. Es imprescindible, pues, relanzar y vivificar un sindicalismo donde la participación y la democracia directa a través de la asamblea de trabajadores y de trabajadoras sea el eje y el principio vertebrador e irrenunciable de esta forma de entender y hacer sindicalismo, junto con la autonomía, la independencia más absoluta respecto de las instituciones, partidos políticos y patronales y la reivindicación soberanista andaluza en el caso concreto del SAT.

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¿ Por qué no se van a derogar las reformas laborales?

Ese evidente giro sindical de CCOO y UGT, aunque realmente es resituarse En su posición anterior a la convocatoria de la huelga general del 29-S, se profuniza con la firma del II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva. Lo grave no es tanto lo que se firma, que no es vinculante para quien no lo suscribe, cuanto la adopción como propio del discurso patronal: “La flexibilidad interna mantiene el empleo y evita despidos”

Que nadie dude ni por un solo instante que las reforma laborales del 2010 y 2012 no van a ser derogadas.

Comenzábamos el artículo con la referencia al del Gobierno sobre la derogación de la “reforma de Rajoy”. Pocas horas bastó para que, desde el gobierno, se saliera al paso afirmando que tal acuerdo no iba a aplicarse nunca como ya venía siendo dicho desde meses atrás por el propio Gobierno y por su ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, así como por la vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño.

El Gobierno no está por otras políticas que no sean las que ordene y acepte el “hermano mayor de Bruselas” y con ello coinciden todos sus ministros – incluidos los cinco de UP -, como tampoco lo están la patronal, las Administraciones Autonómicas – mayoritariamente gobernadas por PP y PSOE, ni los sindicatos CCOO y UGT , que pasaron, entre las reformas de Zapatero y Rajoy, de la convocatoria de una huelga general – la del 29-S del 2010 – y de las críticas al proyecto de modificación del sistema de pensiones a aceptar este último, realizar una crítica tibia a la modificación de la negociación colectiva y asumir hasta los argumentos patronales sobre la desregulación laboral como elemento que evita despidos2. Por tanto, si los agentes sociales coinciden al 100 % en mantener la política económica dictada desde la Unión Europea y sus recetas neo liberales ¿ cómo van a derogar una reforma laboral que constituye una de las piedras angulares de las políticas económicas del Estado Español actual?

Que la reforma laboral de Rajoy sea retocada y maquillada no es sinónimo de derogación, muy al contrario significa la perpetuación de la política de aumentar benéficos a costa de los derechos y salarios de los trabajadores y las trabajadoras. En el II Acuerdo Sobre Negociación Colectiva suscrito por CCOO y UGT en enero del 2012 – previo a la reforma Rajoy y al que han seguido el III y IV en años posteriores- los Pin y Pon del sindicalismo reconocen la adopción como propio del discurso patronal: «La flexibilidad interna mantiene el empleo y evita despidos” (pág. 4, tercer párrafo, del II Acuerdo)». En este acuerdo y los posteriores firmados junto al resto de agentes sociales todo el texto y el articulado manifiesta una permanente apuesta por trasladar los convenios colectivos y la negociación al ámbito de la empresa, reconocer que si las modificaciones son negociadas siempre son positivas y aceptar rebajas salariales. ¿Qué nos puede llevar a pensar que esto va a ser cambiado?

Dentro de la vertiginosa sucesión de legislación, medidas, contramedidas y publicaciones en el Boletín Oficial del Estado, quizá pronto, veremos hasta dónde están dispuestos a ceder Gobierno, patronal y Sindicatos ante el sufrimiento y la previsible protesta social que se avecina para el final del 2021 y años venideros. En cualquier caso, lo que no veremos será la derogación de las reformas laborales de Rajoy y Zapatero como resultado de un acuerdo entre los elementos que constituyen el pilar social del Estado Español al día de hoy.

Así que ya sabemos… Si no queremos pagar más crisis y ser las víctimas del injusto sistema que padecemos, que nos empobrece, aliena y destruye como clase social, pongámonos manos a la obra.

1La “reforma de Rajoy” se hizo mediante la aplicación de un Real Decreto aprobado el 10 de febrero del 2012 ( “convalidada” dentro de la ley votada en el parlamento el 6 de junio del 2012, pero sin debate, ni propuestas, ni periodo de carencia, puesto a que fue publicada en el BOE el 12 de febrero del 2021).
Para aplicar esta reforma no hubo debate, ni negociación con CCOO-UGT y patronal, sino que se hizo por real orden 50 días después de la toma de posesión del gobierno conservador y retrógrado del gallego de”los hilillos de plastilina” y que fue el 22 de noviembre del 2911).
2 Ese evidente giro sindical de CCOO y UGT, aunque realmente es resituarse En su posición anterior a la convocatoria de la huelga general del 29-S, se profuniza con la firma del II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva. Lo grave no es tanto lo que se firma, que no es vinculante para quien no lo suscribe, cuanto la adopción como propio del discurso patronal: “La flexibilidad interna mantiene el empleo y evita despidos” (pág. 4, tercer párrafo, del II Acuerdo).A su vez, todo el texto es una apuesta por trasladar la negociación al ámbito de la empresa, reconocer que si las modificaciones son negociadas siempre son positivas y aceptar rebajas salariales.

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Claves para entender la próxima reforma laboral de 2021

 

A contrarreloj. Así es como trabajan desde el Gobierno de Pedro Sánchez para tener todos los acuerdos listos sobre la reforma laboral en las próximas semanas y rubricarlos en noviembre. Y es que la mesa de diálogo entre Yolanda Díaz, de Unidas Podemos, y Nadia Calviño, del PSOE, se ha hecho esperar tras meses de tensión y duros enfrentamientos.

Aunque parece que al fin ambas ministras se han puesto de acuerdo, aunque todavía deben poner en común sus diferentes puntos de vista con respecto a la derogación de la reforma laboral, ahora conocida como “modernización de la reforma laboral”, un nuevo término acuñado por el presidente del Gobierno durante la cumbre de líderes del G-20 celebrada la a finales del mes de octubre en Roma.

El porqué de la “ no derogación.

Cabe recordar que la última reforma fue impulsada por el Partido Popular hace ya casi 10 años, concretamente en 2012 y con Mariano Rajoy al frente. Si bien lo cierto es que parece que las circunstancias que rodean al más que cambiante mercado de trabajo han variado de forma drástica.

Hay que tener en cuenta que la tendencia en los sectores industriales ha sufrido importantes cambios y, cómo no, también en lo que se refiere a contratación de personal. Además, las empresas están ahora sumergidas en plenos procesos tecnológicos y de digitalización, mucho más avanzados que los de hace una década.

Es más, las multinacionales más conocidas en nuestro país, como es el caso del gigante del comercio electrónico Amazon, ya se sirven de algoritmo. Si todo esto fuera poco, tampoco hay que olvidar el devastador paso de la crisis sanitaria a causa del coronavirus, que dejó como consecuencia los ya más que conocidos por todos como EREs y ERTEs para miles de empleados desde que comenzara en marzo de 2020 y en activos todavía hoy.

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La postura de Nadia Calviño ante la «modernización» de la reforma laboral

La postura de Nadia Calviño, al frente del Ministerio de Economía, busca un entendimiento con la CEOE a la que invita a que se sume a un eventual acuerdo social y se centra en los siguientes puntos:

  • Mayor simplificación de los contratos exigentes.

  • Reducción en la temporalidad de los empleados.

  • Acabar con la masificación de los contratos temporales o de duración establecida. 

  • Mejorar la regularización de la subcontratación.

  • Reequilibrio de las partes en la negociación colectiva para aplicar el convenio sectorial frente al convenio colectivo de cada empresa.

  • Establecer un mecanismo permanente de flexibilidad interna de las empresas y de estabilización del empleo, con el objetivo de acabar con los ERTEs y EREs.

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Lo que busca conseguir Yolanda Díaz con la nueva reforma laboral

La ministra de Trabajo y Economía Social y vicepresidenta tercera del Gobierno, Yolanda Díaz, tiene en mente otras propuestas para la inminente “modernización” de la reforma laboral, la cual pretende derogar por completo.

Algo que choca frontamente con su socia de Gobierno, Nadia Calviño, que afirmó en una conferencia celebrada en Londres que el Gobierno “no va a cambiar toda la legislación laboral”.

Díaz retende “revolucionar el mercado de trabajo para adaptarlo al siglo XXI”, a través de 11 reformas y siete inversiones, como ya adelantó Díaz en el comunicado de prensa publicado el 10 de mayo de 2021 a través de la página web del Gobierno.

  • Tres ejes principales: Abordar el paro, la precariedad laboral y eliminar la brecha de género.

  • Limitar los contratos temporales y hacer que desaparezcan los contratos de obra y servicio, litimando las causas por las que una empresa puede hacer que se dé este tipo de contratación temporal.

  • La implantación de un nuevo Contrato Social, con el objetivo de que se produzca un mercado laboral decente para los jóvenes y sus futuras pensiones.

  • Beneficiar a las empresas que ofrezcan contratos fijos o discontinuos.

  • Facilitar la empleabilidad de las personas jóvenes a través del programa Tándem, que combina la formación en alternancia y el empleo y suma de tres nuevos modelos de contratos formativos: prácticas tras la formación reglada, formación dual de estudios universitarios y formación profesional.

  • Nuevas jornadas de trabajo cuando haya dificultades en la actividad empresarial para hacer frente a los despidos.

  • Abordar el estudio de la jornada laboral de 32 horas o 4 días.

  • Añadir nuevos mínimos a las condiciones para la externalización de trabajo.

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BARRIL SOLIDARIO del SAT 6 de noviembre.

BARRIL SOLIDARIO del SAT  6 de noviembre.

çEl próximo 6 de Noviembre ( desde las 13’ 00 horas) celebramos un BARRIL SOLIDARIO del SAT de Granada en el que todos los afiliados y afiliadas de la Unión Territorial estáis invitados a participar.

Los barriles solidarios son unas jornadas en las que realizamos una convivencia en la que almorzamos juntos y aprovechamos para financiar a un sindicato como el nuestro que no recibe subvenciones ni regalías del Estado y los empresarios.

Barril Solidario 6 de Noviembre 2021

¿ Cómo podemos participar ?

  • Asistiendo y disfrutando de todo lo que se programa ( además de una comida a base de tapas tenemos previsto un sorteo solidario, música, tenderete, etc) y todo con unos precios populares que permiten la participación de todas y todos a la vez que financiamos el sindicato).

  • Preparando tapas que serán las que degustemos durante la jornada.

¿ Quién puede participar?

Todas y todos los que queramos: afiliados y no afiliados, simpatizantes, vuestras familias y niños, etc. TODOS SOIS BIENVENIDOS.

Todo esto desde las 13’ 00 horas en el BARETTO PARADISO ( Calle Real de Cartuja, 50), muy próximo al local del SAT de Granada.

Paradiso en Negativo

La App para móvil SAT Granada, se actualiza.

La App para móvil SAT Granada, se actualiza.

 

Esta herramienta, que pretendemos que sea de gran utilidad para todos los afiliados, militantes y simpatizantes del sindicato, ya se actualiza automáticamente cuando la abras ( te indicará que hay una nueva actualización que puedes descargar). Desde la misma se puede acceder a a contenidos relacionados con Sectores como la Hostelería, Empleadas de Hogar, Campo, Área de Mujeres, etc.

También se puede acceder a la Guía de trabajadoras y trabajadores del Campo, Guía de Elecciones Sindicales, Laboral etc y es posible realizar consultas con la asesoría laboral del sindicato, afiliarse (rellenando la ficha) y tener acceso al canal de YouTube del SAT (Acción Sindical SAT Granada), a noticias de actualidad sindical y social o a las publicaciones de Facebook, Twitter o el propio blog del SAT de Granada.

Esta que os presentamos es la tercera versión actualizada de la App que vamos a ir mejorando con nuevas versiones y actualizaciones que vayan enriqueciendo, ampliando y haciendo más completa la aplicación y aportando nuevas utilidades y servicios para todas y todos los que estáis comprometidos con el sindicalismo alternativo y de clase 100% andaluz .

¡ Vamos avanzando y construyendo sindicato y aportando herramientas autogestionadas hechas desde la clase obrera para la clase obrera!

Todo ello es gratuito: te puedes descargar la aplicación para Android en Google Play.

https://play.google.com/store/apps/details?id=app.sat.satgranada

Otro fiasco: Plan de Choque para reducir la temporalidad en el empleo público.

Otro fiasco: Plan de Choque para reducir la temporalidad en el empleo público.

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A LOS TRABAJADORES PÚBLICOS TEMPORALES

               Tal y como nos temíamos el que han denominado «Acuerdo sobre Plan de choque para reducir la temporalidad en el empleo público» firmado por CCOO, UGT Y CSIF con el ministro de función Pública Miquel Iceta que modifica el TREBEP es una cuerda al cuello de los trabajadores públicos en abuso de temporalidad, lo venden a bombo y platillo como un hito, como algo histórico. Lo mismo llevan razón.

               Hemos visto como los borradores del acuerdo pasaban en unos días de una indemnización de 33 días por año trabajado con un tope de 24 meses a 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, de cualquier manera ni una ni otra es una sanción disuasoria, tampoco se traspone correctamente la directiva 1999/70/CE y no se sanciona debidamente a las administraciones que hasta ahora han estado abusando del personal, por otro lado áreas como salud y educación deben ser secundarias, ya que retrasan hasta un año la adopción de estas medidas en los dos ámbitos….a estas horas ya hay presentadas quejas a la Comisión Europea por parte de bufetes de abogados y anunciadas movilizaciones al respecto por diversos colectivos de personal afectado.

          Este acuerdo va a tramitarse como Real Decreto por la vía de urgencia, una urgencia que no han tenido en más de 20 años en los que no se ha traspuesto a las leyes estatales la directiva europea 1999/70/CE, unas prisas inauditas que vienen curiosamente tras las aplastantes sentencias y autos europeos sobre el abuso de temporalidad y la correcta aplicación de la directiva europea 1999/70/CE. Por mucho aval o bendición de los sindicatos firmantes que tenga este Real Decreto, más conocido como el Icetazo, no va ser mas legal o justo, lo peor de todo es que además lo saben.

               En el acuerdo se reconocen las responsabilidades de las distintas Administraciones Públicas y el problema generado con la temporalidad, (antes eramos cuatro asusta viejas los que veníamos diciendo esto del abuso y hablando de directivas extrañas) además se esfuerzan en intentar demostrar que las medidas propuestas son adecuadas al ordenamiento jurídico del estado, a la directiva 1999/70/CE y a la jurisprudencia del TJUE. El acuerdo viene a modificar el TREBEP, pero el análisis que se hace de la problemática de la temporalidad y las soluciones propuestas son más de lo mismo, las medidas sancionadoras por el abuso de temporalidad son irrisorias, se reinventan los procesos de estabilización para reducir la tasa de temporalidad con el mismo error de estabilizar las plazas pero no a las personas que las vienen ocupando, y no se han parado en ningún momento a explorar ni un solo mecanismo para la estabilización real del personal en situación de abuso de temporalidad. Por otro lado como si de una medida estrella se tratara se plantea elevar la fase de méritos del concurso-oposición hasta un 40%, aunque es algo que ya viene sucediendo en los diferentes procesos selectivos de estabilización de manera mas o menos generalizada, y aun así, estos llamados procesos de estabilización no han frenado la sangría de personal en situación de abuso que se va a a la calle con lo que ello conlleva en perdida de capital humano para la administración en forma de experiencia y el drama que presupone para la persona en abuso, que con una media de edad de más de 50 años, se ve abocada a la exclusión laboral con una ridícula indemnización de 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades y dos años de desempleo. Así es como pretenden rejuvenecer la administración, terrible.

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               En el articulado del proyecto del Real decreto que se concreta en dos artículos y varias disposiciones adicionales, donde se modifica el articulo 10 del TREBEP, se añade un nuevo apartado al articulo 11 (para el personal laboral), y se establecen los futuros procesos de estabilización y regulan las situaciones de interinidad de la siguiente forma a futuro:

               Se acota la condición de funcionario interino enumerando las justificaciones para el nombramiento, dejando claro que cuando el nombramiento sea a causa de la existencia de plazas vacantes no cubiertas por funcionarios de carrera, el tiempo máximo del nombramiento será de tres años. Transcurridos tres años desde el nombramiento del personal funcionario interino, se producirá el fin de la relación de interinidad y la vacante solo podrá ser ocupada por personal funcionario de carrera, sancionando a la administración con la supresión de la plaza. Solo habrá dos excepciones a esto:

-Cuando el proceso selectivo que se haya convocado para cubrir la vacante haya quedado desierto

-Cuando se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, pero sin que su cese de lugar a compensación económica.

               La compensación económica para el personal funcionario interino que cese, se producirá cuando haya entrado en vigor esta reforma del TREBEP y sólo cuando se incumplan los plazos máximos de permanencia de un interino en una vacante, es decir los efectos de esta compensación económica no son retroactivos; el cálculo de la compensación se hará sobre el tiempo contado desde el último nombramiento que cause el incumplimiento de los plazos máximos (tres años), Así mismo no habrá derecho a compensación cuando el cese se produzca por causas disciplinarias o renuncia.

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               En lo referente a los procesos de estabilización que son supuestamente los que tienen que hacer justicia con el personal en abuso, decir de entrada que son son casi calcados a los suscritos por CCOO, UGT Y CSIF EN 2017 y 2018, es decir, se estabilizan las plazas y no a las personas que ocupan éstas, apostando de nuevo por la linea firmada en el pasado con el ex-Ministro Montoro y que se ha demostrado totalmente ineficaz en lo que a la consolidación del personal en abuso se refiere, abriendo así la puerta al despido de miles de interinos e imponiendo una vez más las llamadas tasas de reposición. Se autorizan ofertas de empleo de las plazas que quedaron fuera de los procesos de estabilización de 2017 y 2018, en un nuevo proceso con las siguientes condiciones:

-Se incluirán las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

-Las respectivas ofertas públicas de empleo (OPE) deberán publicarse en los Diarios oficiales antes del 31 de diciembre de 2021.

-Las convocatorias de los procesos selectivos deberán publicarse en los Diarios oficiales antes del 31 de diciembre de 2022.

-La resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024

-El sistema de selección será exclusivamente el concurso-oposición.

-La fase de concurso podrá alcanzar hasta un 40% de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia previa.

– Se fija una compensación económica para el personal interino o laboral temporal como consecuencia de la no superación del proceso selectivo de estabilización siempre que hubiese rebasado los tiempos máximos de permanencia. (Independientemente de lo que se establece para las compensaciones económicas anteriormente citadas, las que se deriven de los procesos de estabilización, tienen en cuenta los servicios prestados antes del cese como consecuencia de no haber superado el proceso selectivo de estabilización, es decir si serán retroactivas). 

-La compensación económica será de veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades. Las personas interinas que no participen en el proceso selectivo de estabilización no tendrán derecho a la citada indemnización.

               Todo un despropósito, una huida hacía delante, un juego de trileros para acabar cuanto antes y con los mismos viejos métodos, con un problema generado por una gestión nefasta de los sucesivos gobiernos y administraciones, y aunque se tengan que llevar por delante a las víctimas, esas miles de personas que han dado lo mejor de si durante años en la función pública, no dudan en seguir una hoja de ruta equivocada y que está condenada a terminar de nuevo en tribunales europeos.

Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas

(Pincha arriba para consultar o descargar el acuerdo)

SECCIONES SINDICALES SAT-UGR P.A.S LABORAL 639287176 – P.D.I. – P.A.S FUNCIONARIO 652580109Tlf. corporativo: 77942 Dirección electrónica: sat@ugr.es  Dirección web: https://satgranada.org/category/universidad-de-granada
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FIJOS DISCONTINUOS y ERTE.

FIJOS DISCONTINUOS y ERTE.

OBLIGATORIEDAD DE LAS EMPRESAS DE INCORPORAR EFECTIVAMENTE A LOS FIJOS DISCONTINUOS SEGÚN LA FECHA DE LLAMAMIENTO. EN CASO DE NO PODER INCORPORARLOS AL TRABAJO EFECTIVO POR LAS RESTRICCIONES Y MEDIDAS DE CONTENCIÓN SANITARIAS, DEBERÁ INCLUIRLOS EN EL EXPEDIENTE DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO QUE TENGAN VIGENTE. (D.A. 3ª. RDL- 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos)

En virtud de lo previsto en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos, LAS EMPRESAS DEBEN LLEVAR A CABO LA INCORPORACIÓN EFECTIVA DE LOS TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS Y DE AQUELLOS QUE REALIZAN TRABAJOS FIJOS Y PERIÓDICOS QUE SE REPITAN EN FECHAS CIERTAS.

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¿CUÁNDO DEBEN INCORPORARSE AL TRABAJO EFECTIVO?

EN EL PERIODO TEÓRICO DE LLAMAMIENTO, entendido como aquel correspondiente al trabajo efectivo desarrollado por cada una de ellas entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2019.



En el supuesto en que la contratación de la persona trabajadora se hubiera producido con posterioridad al 30 de septiembre de 2019, se tomará como referencia el mismo periodo teórico de llamamiento correspondiente al ejercicio 2020.

¿QUÉ DEBE HACERLA EMPRESA SI COMO CONSECUENCIA DE LAS RESTRICCIONES Y MEDIDAS DE CONTENCIÓN SANITARIA, LAS PERSONAS TRABAJADORAS REFERIDAS EN EL APARTADO ANTERIOR NO PUEDEN DESARROLLAR ACTIVIDAD EFECTIVA EN EL PERIODO DE LLAMAMIENTO INDICADO?

Si las personas referidas anteriormente ya hubieren estado afectadas por el ERTE, NO deben comunicar nada a la Autoridad Laboral.

 

En el caso de que no estuvieran incluidas anteriormente en el ERTE, las empresas disponen de un plazo de 15 días para solicitar su incorporación a la Autoridad Laboral* y para tramitar ante la entidad gestora la solicitud colectiva de prestaciones por desempleo.

*) La solicitud debe realizarse a través del sistema RedSARA poniendo en el asunto «Solicitud de incorporación FD» presentando PRESENTANDO EL DOCUMENTO QUE FIGURA AL PIE.

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 LA PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA PARA FIJOS DISCONTINUOS

El tercer punto de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos ha previsto los supuestos en los que resultará aplicable la prestación extraordinaria regulada en el artículo 9 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, que mantiene su vigencia conforme a lo previsto en el artículo 4.2 de este real decreto-ley:

      1.-Cuando el periodo teórico de llamamiento no esté comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre

      2.-Una vez finalizado el periodo teórico de llamamiento

      3.-Durante las interrupciones ordinarias de actividad en aquellos casos en que haya incorporación efectiva

     4.- En las demás situaciones no reguladas en esta disposición adicional que afectan a las personas trabajadoras a las que se refiere el citado artículo 9 del RD-L 30/2020 de 29 de septiembre.


SOLICITUD DE NUEVA INCORPORACIÓN AL EXPEDIENTE DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS CON CONTRATO FIJO-DISCONTINUO Y DE AQUELLAS QUE REALIZAN TRABAJOS FIJOS Y PERIÓDICOS QUE SE REPITAN EN FECHAS CIERTAS DURANTE EL PERIODO TEÓRICO DE LLAMAMIENTO

(Disposición Adicional Tercera del Real Decreto Ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos)

De acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto Ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos (en adelante, D.A.3ª del RDL-11/2021), las empresas disponen de un plazo de 15 días, desde el periodo teórico de llamamiento, para solicitar a la Autoridad Laboral la nueva incorporación al Expediente de Regulación Temporal de Empleo de las personas trabajadoras con contrato fijo-discontinuo y de aquellas que realizan trabajos fijos y periódicos que se repitan en ciertas fechas que NO hubieran sido incluidas anteriormente y para tramitar ante la entidad gestora la solicitud colectiva de prestaciones por desempleo.

El periodo teórico de llamamiento se entiende como aquel correspondiente al trabajo efectivo desarrollado por cada una de ellas entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2019. En el supuesto en que la contratación de la persona trabajadora se hubiera producido con posterioridad al 30 de septiembre de 2019, se tomará como referencia el mismo periodo teórico de llamamiento correspondiente al ejercicio de 2020.

Por lo anterior, en cumplimiento de la citada D.A.3ª del RDL-11/2021, la empresa ____________________con CIF__________________, SOLICITA la nueva incorporación al expediente de Regulación Temporal de Empleo identificado con el número _______________, de las personas trabajadores que a continuación se relacionan, por orden alfabético, al no poder desarrollar actividad efectiva en el periodo de llamamiento como consecuencia de las restricciones y medias de contención sanitaria.

Relación de personas trabajadoras

 

Nombre y apellidos

1

2

3

….

Lugar, fecha y firma

 

Solicitud_incorporacion_FD

Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo,BOE-A-2021-8877

#FranMoleroLibertad. CAMPAÑA DE REDES

#FranMoleroLibertad.  CAMPAÑA DE REDES

Molero

🔴📢📢¡¡¡ CAMPAÑA DE REDES !!!📢📢🔴

Este domingo día 30 de mayo y coincidiendo con los 3 años de
la entrada en prisión del compañero Francisco Molero vamos a realizar una campaña en redes desde las 12:00 hasta las 15: 00 horas, para la que os pedimos que participéis con el hashtag de #FranMoleroLibertad y compartiendo el enlace al crowdfunding solidario, para conseguir la cantidad para hacer efectiva la responsabilidad civil necesaria para que nuestro compañero Fran pueda acceder a su libertad condicional.

¡Ni un día más de restricciones a la LIBERTAD de FRAN!
8 años desde su detención por exigir derechos para todxs
1 año en el exilio
3 años en prisión

¡MÁXIMA DIFUSIÓN!
Aporta y comparte con tus contactos , whattsapp, Facebook,
Instagram,Telegram,Twiter, etc…

Enlace crownfounding solidario
👇👇👇h
https://www.gofundme.com/f/apoyo-a-fran-molero-para-…/donate

¡SI NOS TOCAN A UNA, NOS TOCAN A TODAS!

1º de Mayo: Resumen de la jornada.

1º de Mayo: Resumen de la jornada.

Foto: Víctor Mercury
1 º de Mayo 2021 Granada. Foto de Víctor Mercury

Este primero de mayo volvimos a concurrir a la cita de la manifestación del 1º de Mayo, día internacional de la Clase Trabajadora en Motril y en Granada.

La clase trabajadora andaluza se enfrenta a unas horas aciagas en cuanto a lo que se refiere a su condiciones laborales y a un futuro, cada vez más negro, que afrontamos las mujeres y hombres andaluces que cada mañana nos levantamos acosados por la incertidumbre, la amenaza real del desempleo sufrido o por sufrir, la precariedad, los salarios miserables, etc y todo lo que esto lleva aparejado. Por si fuera poco, con la excusa de hacer frente a la actual pandemia y la crisis económica de turno que nos ha traído con ella, se nos vuelve a pedir a trabajadores trabajadoras más sacrifico y resignación.

Todas estas miserias económicas y organizativas que sufrimos los y las trabajadoras se dan en nuestra tierra, Andalucía, siempre a la cola de todo lo socialmente bueno y a la cabeza en cuanto desigualdades, pobreza e injusticias. Una tierra que es nuestra madre y que vive presa de gobiernos ajenos a los intereses reales de sus hijas e hijos y de un sistema económico neo-liberal que nos arrebata nuestras riquezas para ponerlas en manos de una élite conformada por aquellos que pretenden manejar los designios del mundo.

1 de Mayo en Motril. Foto SAT Motril

https://fb.watch/5eaTWY1FLQ/

Los jóvenes no tiene acceso al empleo o, si lo hacen es en unas condiciones que les impide emanciparse de los hogares familiares que, en muchos casos, siguen siendo la única célula sobre la que se sustenta la supervivencia de sus miembros. Andalucía ve enajenado su campo y sus recursos naturales a manos de empresas que utilizan nuestro territorio como punto de salida para sus actividades especulativas de toda índole y donde nunca retornan los multimillonarios beneficios que desde aquí se obtienen. La industria ni la hemos visto nunca ni se le espera.

Las mujeres ocupan los empleos peor pagados, sufren diariamente la discriminación de género y, en muchas ocasiones, son víctimas de la violencia y el asesinato.

   

Por todo lo expresado anteriormente y que sólo es un sucinto resumen de nuestras realidades, desde el SAT de Granada ante este Primero de Mayo, día internacional de la Clase Trabajadora, se llamó a la movilización y a la organización. Es imprescindible una clase trabajadora fuerte, organizada y sin miedo. No vamos “ a comprar” el discurso de que “ante la crisis todos estamos juntos”, mientras somos la mayoría quienes perdemos y unos pocos los que se benefician. Es urgente imponer mediante la movilización un programa de urgencia social que responda a las necesidades de los y las trabajadoras y de la juventud. Las políticas de los gobiernos actuales no van en ese sentido y sin partidos y sindicatos genuinamente andaluces y que pongan fin a los desmanes que cada día se cometen sobre los campos ,las ciudades y los y las trabajadoras andaluzas, no tendremos futuro.

Tanto en Motril, como en Granada participaron compañeras y compañeros de los diversos sectores en lucha: limpiadoras, trabajadoras de Ayuda a Domicilio, de la Universidad de Granada, Hostelería y Turismo, etc.

Mención especial merece el cortejo en la manifestación de Granada de las y los trabajadores del plan INFOCA comunicado infoca(Agencia del Medio Ambiente y Agua – AMAYA ) que, también intervinieron al final de la manifestación y de los empleados públicos en lucha por la «fijeza» en sus puestos de trabajo.

En el seno de la manifestación unitaria de Granada y tras la pancarta de cabeza, marchaban los compañeros de la sección sindical del INFOCA y un numeroso grupo de bomberos forestales presos y presas de la interinidad permanente y de la competencia desleal por parte de los militares de la UME . A continuación la, ya tradicional, pancarta de Hostelería desde donde atronaron los gritos al paso frente al Hotel ABBA cuya plantilla en su totalidad se haya presa de un despido colectivo (ERE) comunicado hace unos días.

La lucha no debe circunscribirse a un día en concreto. El 1 de Mayo de este 2021 debe ser el punto de arranque ante una movilización permanente que nos lleve a recuperar nuestros derechos, reducir la jornada laboral, exigir trabajo justo y estable y unificar luchas y conflictos.

Ante nosotros tenemos varias movilizaciones como son la demanda de un funcionamiento correcto y justo de los Juzgados de lo Social (20 de mayo), la huelga general de los trabajadores públicos por su fijeza en el puesto de trabajo (28 de mayo) o la movilización estatal de las Plataformas de pensionistas (29 de mayo).

¡ Salgamos, pues, a las calles!

¡Defendamos nuestros derechos!

Foto: Víctor Mercury