Tiempo y control de trabajo en hostelería.La Inspección de Trabajo nos da la razón.

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El tiempo de trabajo, su control efectivo, así como el  de las horas extraordinarias es una  de las áreas en las que el SAT Sector Hostelería de Granada lleva años batallando. La mayoría de empresas no se preocupan por mantener legal y verazmente el cómputo de horas trabajadas, de manera que así ocultan el exceso de horas (hasta 11 y 12 horas de trabajo diarias) que obligan a trabajar a los compañeros: es uno de los fraudes más generalizados en el sector. Por ello desde el SAT hacemos mucho hincapié en denunciar este abuso y un nuevo informe de la Inspección de Trabajo de Granada nos vuelve a dar la razón y vuelve a sancionar a otra empresa que en sus dos centros de trabajo cometía este abuso.

El control efectivo de tiempo de trabajo debe hacerse diariamente, y si te obligan a firmar partes de «entrada y salida» falsos no debes hacerlo jamás: busca cualquier excusa o, sencillamente, niégate y acude al sindicato; nosotros lo pondremos en conocimiento de la Inspección de Trabajo y, si es necesario, nos movilizaremos en la calle para denunciarlo y para defenderte. Tampoco firmes partes semanales o mensuales, deben ser diarios y veraces. Conocer y reivindicar nuestros derechos son los pasos previos y necesarios para que se hagan efectivos.

El informe de la Inspección de Granada antes referido determina que: «El registro de la jornada de trabajo resulta esencial en la regulación del tiempo de trabajo de los trabajadores y es el medio habilitado por el Estatuto de los Trabajadores para facilitar a los trabajadores la prueba de la realización de las horas efectivamente trabajadas (…) su falta no supone un mero incumplimiento de los deberes meramente formales, sino una transgresión de normas en materia de jornadas de trabajo, que priva a los trabajadores del medio habilitado(…)la ausencia de registro diario de jornada de cada trabajador de la empresa inspeccionada supone vulneración del art. 35.5 del Estatuto de los Trabajadores».

Y recuerda: la jornada máxima en hostelería es de ocho horas diarias (40 semanales), con 48 horas consecutivas de descanso y entre jornada y jornada deben transcurrir 12 horas.

No esperes a sufrir abusos. Infórmate y organízate. ¡La fuerza está en el sindicato!