Trabajadores de la hostelería ocupan un hotel durante más de una hora.

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Hoy jueves 30 de abril y durante más de una hora, miembros del SAT y CCOO han ocupado  el Hotel AC Palacio de Santa Paula en la Gran Vía Granadina. La ocupación se enmarca dentro de la campaña que se desarrolla en Granada en defensa del convenio colectivo y la aplicación del mismo en todos los centros de trabajo.

La ocupación comenzó poco antes de las 17’00 horas  cuando personas se dispusieron en la puerta del establecimiento hostelero mientras se ocupaban las dependencias del hall y anexas. Durante más de una hora se han coreado consignas en defensa de unas condiciones de trabajo dignas para todos los trabajadores y trabajadoras del sector y que deben concretarse en la aplicación efectiva del convenio en todas las empresas del sector en el Territorio de Granada.

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La denodada lucha que están llevando a cabo los trabajadores y trabajadoras del sector en Granada se ha concretado en alternativas tales como la Asamblea Hostelería en Lucha (que organiza rutas de denuncia cada 21 días y que la conforman la Asamblea Interprofesional y el SAT) o en la convocatoria de una gran manifestación ciudadana con el apoyo de numerosas organizaciones para el próximo 8 de abril.

En la ocupación de hoy han participado las Marchas de la Dignidad, STOP Desahucios,CSE, Izar, IU, además de los sindicatos CCOO y el Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT).

Con una fortísima y provocadora presencia policial en el hotel, la concentración – ocupación finalizó pasadas las 18’00 horas, sin detenciones y con el compromiso de la gerencia del Hotel AC Palacio de Santa Paula de efectuar ningún tipo de denuncia.

El sábado 8 de abril a las 11’30 horas nos vemos en la explanada del palacio de Congresos para participar en la gran manifestación ciudadana en defensa de las mujeres y hombres que trabajan en la hostelería granadina

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El SAT gana las elecciones sindicales en el Camping Sierra Nevada.

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El Sindicato andaluz de Trabajadores y Trabajadoras prosigue su paulatina implantación en el territorio de Granada y, en concreto, en el Sector de Hostelería y Turismo. El lunes 27 de marzo se han celebrado elecciones sindicales en el Camping Motel Sierra Nevada obteniendo el delegado del SAT la representación en la empresa.

Desde nuestro sindicato no creemos en el modelo implantado por las burocracias sindicales de “concurrir por concurrir” a las elecciones para obtener una supuesta representatividad que les valga los dineros y las prebendas de las instituciones. Es por ello, que en procesos como este que estamos refiriendo, hemos informado al conjunto de los trabajadores y celebrado asambleas para hacer conocer nuestra forma de actuar, ideario y política sindical, culminando todo este proceso con la convocatoria y concurrencia a las elecciones sindicales. De esta manera, el resultado no puede darse de otra manera: el SAT ha obtenido mayoría entre los votos emitidos para constituir la representación unitaria de todos los trabajadores y trabajadoras en la empresa.

Nuestra felicitación a todos/as los que han participado en este proceso, a la sección sindical del SAT en la empresa y al delegado sindical Ingo Moschynski.

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Es hora de defender tus derechos en Hostelería. Concentración-ruta desde el Triunfo (Granada).

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Dentro de las diversas rutas – concentraciones organizadas por la Asamblea Hostelería en Lucha, el próximo sábado 25 de marzo a las 13’00 horas para recorrer negocios del centro de la ciudad de Granada, haciendo paradas en los negocios del Sector en la zona.

Salarios miserables, contratos falsos, faltas de vacaciones y descansos son la realidad de los más de 14000 trabajadores y trabajadoras de la Hostelería y Turismo en el territorio de Granada que debemos malvivir como la precariedad precariedad e inestabilidad permanente en nuestros trabajos y contratos.

Callar, cambiar de trabajo, aceptar estas condiciones de empleo no son la solución que sólo contribuirá a remachar cada vez más los eslabones de la cadena que nos ata a la precariedad y a la miseria. Por el contrario, luchar para que el convenio colectivo se aplique en todos los centros de trabajo y para que nuestros derechos laborales y sindicales sean respetados  sí es la solución.

Desde el Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) te invitamos a que participes en la concentración, a que defiendas tus derechos.

¡Hostelería en lucha!

La lucha es el único camino.

¡Hostelería en lucha! Próximas movilizaciones en Granada

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Como ya hemos venido anunciando desde la Asamblea Hostelería en Lucha, donde está integrado el SAT, hemos convocado las siguientes movilizaciones para los próximos días.

  • 4 de marzo en Plaza Nueva.
  •  25 de marzo en el Triunfo.
  • 15 de abril en Colón.
  • 6 de mayo en el Centro Cívico del Zaidín.

Esperamos la asistencia de todos/as los interesados y gente solidaria que quiera denunciar la insostenible situación de explotación y miseria que padecemos los trabajadores de la Hostelería y el Turismo.

El sábado 4 de marzo nos concentramos en Plaza Nueva(Granada) para defender nuestros derechos.

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El próximo sábado 4 de marzo nos concentraremos a las 13 horas en Plaza Nueva para defender nuestro convenio, nuestros derechos y exigir una subida salarial que lleva pendiente 4 años. El SAT, encuadrado en la asamblea hostelería en lucha, invita a participar a todos los trabajadores del sector y entre todos recorreremos decenas de negocios que no respetan el convenio.

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«Descuelgues» de convenios colectivos, una práctica nefasta surgida de la Reforma Laboral.

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La practica de la inaplicación o «descuelgue» de los convenios colectivos es otro resultado más de la Reforma Laboral del 2012 y altamente lesiva para los intereses de los trabajadores y trabajadoras. Combatirlos y neutralizarlos debe ser una tarea prioritaria del Sector de Hostelería y Turismo del SAT.

La “inaplicación de los convenios colectivos” o lo que es lo mismo: el descuelgue del convenio, es una de las medidas más perversas de la Reforma Laboral del año 2012. Esta reforma, promulgada por el primer gobierno de Rajoy al dictado de los empresarios y, de facto, aceptada por CCOO y UGT por mucho que renieguen de ella, no pretende alcanzar otro objetivo que el de entregar, atados de pies y manos, a los trabajadores y ampliar el poder de los empresarios negando, al mismo tiempo, la Negociación Colectiva, derecho reconocido internacionalmente como herramienta indispensable de los trabajadores en la defensa de sus derechos y condiciones de vida.
En aras de la “flexiseguridad” en el mundo del trabajo -axioma en el que se pretende formular que una mayor flexibilidad en la contratación y en las relaciones laborales fomenta y contribuye a crear empleo- los sucesivos gobierno del PSOE y el PP han ido aplicando reformas y más reformas que no son otra cosa que recortes y más recortes de nuestros derechos. En el presente artículo vamos a estudiar el “descuelgue” de los convenios, tan utilizado en el Sector de Hostelería y Turismo. El objetivo de esta medida antiobrera no es otro que el de quebrar y deslegitimar la Negociación Colectiva inaplicando muchos de sus aspectos negociados en ellos para determinadas empresas y sectores.
¿ A qué materias afecta el descuelgue?

En primer lugar recalcaremos que el Estatuo de los Trabajadores (ET) regula en sus artículos del 82 al 921 todo lo relativo a los convenios y determina que el convenio es aplicable mientras esté vigente, pero es, en el Art. 82.3, donde establece la excepción del “descuelgue”.

¿Y qué pretende el descuelgue? Muy sencillo: mediante esta práctica se permite inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo fijadas en el convenio colectivo que corresponda (aplicable) tanto para sectores como para empresas. Todo esto puede hacerse cuando se den determinadas circunstancias que prevé la ley y que son un coladero absoluto.

El descuelgue del convenio no sólo afecta a las cuestiones o régimen salarial, sino que puede afectar a:

* Jornada de trabajo.

* Horario y distribución de tiempo de trabajo.

* El trabajo a turnos.

* Sistema de remuneración y cuantía salarial.

* Sistema de trabajo y rendimiento.

* Las funciones que excedan de los límites de la movilidad funcional (Art. 39 ET).

* Mejoras voluntarias en materia de Seguridad Social.
¿Qué circunstancias contempla la ley para cometer estas barrabasadas?

El Art. 82.3 del ET establece que deben concurrir una serie de causas que son las mismas que las del despido objetivo: económicas, técnicas, organizativas o de producción . ¡Un auténtico coladero donde el empresario hace de la ficción normativa la base de la desregulación!

* Causas Técnicas: Se dan cuando se producen cambios en los medios o instrumentos de producción. Por ejemplo: El empresario necesita menos mano de obra cuando se pasa de un proceso de producción manual a otro mecanizado en en una empresa.

* Causas Organizativas: Cuando se produce un cambio en la producción mediante contratas o externalizando servicios que antes se realizaban en la empresa.

* Causas Productivas: Cuando se produce una situación continuada que afecte a la demanda de productos de la empresa para adaptarla o ajustarla a los eventos del mercado. Por ejemplo: Si se cambia el objeto de la empresa lo que lleva a prescindir de determinados trabajadores. La situación que afecte a la demanda de los productos de la empresa debe ser continuada y persistente en el tiempo, no coyuntural.

* Causas Económicas: Esta es la “joya de la corona” para los empresarios y no es otra que la que se da cuando de los resultados de la empresa se produzca una situación negativa y se puedan “demostrar” pérdidas o resultados negativos actuales o previstas o a la disminución persistente de ingresos ordinarios o ventas de la empresa. Se entiende que la disminución de beneficios es “persistente” si durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos es inferior al de trimestre precedente.
¿ Cómo se realiza el descuelgue?

El descuelgue puede realizarse para unos pocos o para todos los trabajadores de la empresa y mediante acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, nunca de forma unilateral por parte del empresario. Es aplicable a un sector o a una empresa y para realizarlo es necesario un periodo previo de consultas (Art. 41 ET).

* El periodo de consultas: Si existe representación de los trabajadores el empresario negociará con ellos. (Art. 87.1 ET). Si no existe representación, los trabajadores formarán una comisión integrada por un máximo de tres trabajadores La designación de los representantes debe de realizarse en un periodo de cinco días desde el comienzo del proceso. A partir de ahí es obligatorio comunicar a los trabajadores la intención de la empresa de aplicar el ·descuelgue” y, entonces, se abrirá un periodo de consultas de 15 días. Los trabajadores pueden NO atribuir su representación a la comisión.

* Si el periodo termina con acuerdo: El acuerdo requerirá de la mayoría de miembros del Comité de Empresa o de los delegados de personal Si se negocia con una comisión el acuerdo requerido será ,igualmente, mayoritario. El acuerdo debe determinar con exactitud las nuevas condiciones de trabajo aplicables y debe ser notificado a la Comisión Paritaria del Convenio y a la Autoridad Laboral.

* Si el periodo de consultas termina sin acuerdo: Cualquiera de las partes puede someter la discrepancia a la Comisión Paritaria del Convenio que dispondrá de siete días para pronunciarse. Si no se recurre a la Comisión se debe recurrir a lo establecido en los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico (ART. 83 ET) para solventar el tema, incluido el compromiso de previo para someter las discrepancias a un arbitraje vinculante. Si el laudo arbitral se produce, tendrá la misma eficacia que los acuerdos del periodo de consultas. También caben otros arbitrajes previstos por la ley

Serán infracciones graves el realizar el “descuelgue” sin seguir el procedimiento establecido conforme al Art. 7.6 de la LISOS (RD-Legis. 5/2000) que señala: “Son infracciones graves: 8. la modificación de las condiciones sustanciales de trabajo impuestas unilateralmente por el empresario sin acudir a los procedimientos establecidos en el artículo 41 o en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores”.

Las sanciones previstas son de multa de 626 a 1250€ (mínima); de 1251 a 3125 €(media) y de 3126 6250€ (máxima) (Art. 40.1 b) LISOS.

1Art. 82.3 “Los convenios colectivos regulados por esta ley obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro su ámbito durante todo el tiempo de su vigencia”.

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Los trabajadores y trabajadoras de CEINLAM prosiguen su lucha

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Los trabajadores y trabajadoras de la Escuela de Hostelería de CEINLAM siguen reivindicando ante la Junta de Andalucía que se les acredite el periodo de formación recibido en las Escuela de Hostelería de Maracena (IFE).

Hoy se ha celebrado una nueva asamblea para diseñar las nuevas movilizaciones que se llevarán a cabo en el caso de que la Junta de Andalucía siga dándoles largas en la homologación de los títulos que se les han expedido por el periodo de formación recibido. En la misma asamblea, además de trabajadores y responsables del SAT, ha participado el diputado por Granada en el Parlamento Andaluz Jesús de Manuel, que se ha comprometido a realizar una pregunta parlamentaria en breve.

En el mismo orden de cosas, el SAT ha comunicado la inminente asignación de sala y fecha para los juicios por despidos y cantidad emprendido por los servicios jurídico- laborales del sindicato.

¡No vamos a parar hasta conseguirlo todo!¡Hostelería en lucha!

Concentración por el derecho de 143 trabajadores de Hostelería estafados por la Junta de Andalucía y CEINLAM-CEPANM.

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El martes 20 de diciembre a las 11’00 horas nos concentramos ante el Edifico Almanjáyar (Edificio del Reloj- detrás de Alcampo) para exigir a la Junta de Andalucía que dé una salida a los 143 trabajadores estafados por CENILAM-CEPANM (Ramón Fontela y su señora, Palmira)  y por la propia Junta de Andalucía.

Los trabajadores han estado contratados durante cinco meses y medio sin cobrar ni un euro por la empresa CEINLAM que los cedió ilegalmente a la ONG CEPANM (una tapadera de Ramón Fontela y esposa para defraudar y quedarse con subvenciones). La Junta de Andalucía, a través de la cual se realizaron y firmaron los contratos, no ha cumplido con su obligación de vigilar y supervisar el proceso de contratación y de formación de los trabajadores que se encontraban en situación de desempleo.

Desde el Sector de Hostelería del SAT se han cursado las pertinentes denuncias para que los trabajadores y trabajadoras cobren sus salarios, pero ahora nos toca exigir a la Junta de Andalucía que certifique los cinco meses y medio de formación y que los incluya en  otro curso para finalizar el módulo formativo comenzado e interrumpido cuando la estafa salió a la luz. Ya hemos hablado con la Secretaria Provincial de Empleo (Noelia García) que no dio ninguna solución y se negó a haber gestión alguna para deshacer una mala práctica de la que ella es responsable. Así que vamos a ir a recordarles que deben subsanar su fallo y que no vamos a parar hasta que se reconozca la formación de estos 143 alumnos-trabajadores.

Esperamos tu solidaridad y asistencia.

SAT Granada

Sector de Hostelería y Turismo.

Creación del Sector Nacional de Hostelería y Turismo del SAT.

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El viernes 16 de diciembre y desde las 18’00,  horas los afiliados del SAT estamos convocados a la asamblea donde se creará el Sector Nacional de Hostelería y Turismo.

La coordinación y cohesión de fuerzas para la defensa de los trabajadores y trabajadoras que desempeñamos nuestras funciones en uno de los sectores más importantes de la economía andaluza va a dar un paso más. Delegaciones de toda Andalucía ya han confirmado su asistencia.

La defensa de nuestros derechos sigue avanzando.

 

SAT Granada.

Sector de Hostelería y Turismo.

Comida Solidaria el sábado 17 diciembre.

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El próximo sábado 17 de diciembre organizamos una comida solidaria para despedir el año y confraternizar, comer, cantar y bailar.

Todos los afiliados, amigos, simpatizantes y gente solidaria estáis invitados a participar. Los precios son populares.

Comida Popular del SAT.

Día 17 de diciembre del 2016.

Lugar: Local de la Ribera (Calle Santa Rosalía, 17. Zaidín).

Desde las 13 horas poséis pasar por allí.