Trinitario-y-Sara

Los padres de «la criaturica»

 

Nota de prensa: EL SAT DENUNCIA PÚBLICAMENTE QUE EL PRESIDENTE DE LA PATRONAL GRANADINA DE LA HOSTELERÍA OFERTA TRABAJO “A 5 € LA HORA” Y EXIGE SU DIMISIÓN.

El Sector de Hostelería del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT) denuncia públicamente que la empresa PILAR DEL TORO (restaurante sito en en la céntrica calle Hospital de Santa Ana y regentado por la familia Betoret Catalá) ha mantenido durante varios días un anuncio en la página del portal de empleo “infojobs” en el que ofertaba empleo de ayudante de cocina para “extras” a 5’00 € la hora. (ver documento adjunto).

A mediodía de hoy, y tras las llamadas de protesta de nuestro sindicato, tal oferta ha desaparecido (ver documento adjunto).

En cualquier caso, la actitud de Trinitario Betoret Catalá, presidente de la Federación Granadina de Hostelería y Turismo, a la sazón patronal de la Hostelería, es bochornosa, fomenta la ilegalidad en la contratación y es un abuso insultante para con la dignidad de los trabajadores de la Hostelería granadina, que vemos cada vez más mermados nuestros derechos y salarios a manos de empresarios sin escrúpulos como el propio Trinitario Betoret y sus padres Trinitario Betoret y Sara Catalá.

Desde el SAT queremos hacer público nuestro rechazo a estos procedimientos patronales e informar a la ciudadanía que, según el vigente convenio de Hostelería, el precio de 4 horas para un “trabajador extra” es de 52’46€ (véase artículo 91) por cuatro horas de trabajo, lo que indica que contratar trabajadores/as a 5 € la hora es un auténtico robo al bolsillo del empleado.

Desde el Sector de hostelería del SAT exigimos la inmediata dimisión de Trinitario Betoret en su puesto al frente de la patronal granadina hostelera, así como la erradicación de este tipo de prácticas por parte del empresariado granadino.

La secretaría de acción sindical entregará hoy la pertinente denuncia ante la ITSS (Inspección de Trabajo) y estudia próximas movilizaciones en la puerta de los establecimientos de la familia Betoret Catalá.

SAT Granada.

Secretaría de Prensa e Información.

(693854017 para más información)

1 TRABAJADORES EXTRAS

1.- Se entenderá por trabajadores “extras”, aquellos

que realizan un servicio extraordinario, entendido como

el realizado por el personal ajeno al establecimiento en

que se realiza.

Toda empresa vendrá obligada a contratar obligato-

riamente el personal de servicio extra tanto a través del

Servicio Andaluz de Empleo como de Empresas de Tra-

bajo Temporal.

2.- Por la prestación del servicio extra hasta 4 horas

se abonará el precio unitario establecido en la tabla

anexa de salarios. Cuando el Servicio “extra” exceda de

estas cuatro horas, se abonará por cada hora extra o

fracción de la misma, la cantidad establecida en la tabla

anexa de salarios.

Estos se entenderán por servicios unitarios y corres-

ponderá a la empresa el montaje en general, entendién-

dose lo referente a la carga y descarga del mobiliario. Y

será competencia de los trabajadores extras la puesta a

punto del servicio en lo referente a vajillas, mantelería,

cristalería y cubertería, así como el desbarate. Este úl-

timo punto, cuando el servicio no exceda de 4 horas.

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